“Creemos que el Tribunal de la Sala Penal no debe excusarse”.

Lo dijo en la semana el fiscal de Estado Adjunto, Sebastián Trinadori, cuando anunció que el Gobierno provincial apeló el fallo del juez Civil y Comercial Andrés Marfil, que declaró parcialmente inconstitucional el decreto N° 4.407 del gobernador Gustavo Bordet, que acotó las distancias de fumigación en zonas de escuelas rurales.

Sin embargo, los jueces de la Sala de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Justicia, a donde llegó la apelación, se excusaron de tratar el asunto ya que intervinieron en otro momento en el litigio que entabló el Foro Ecologista y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer).

Entonces, no serán los jueces Daniel Omar Carubia, Claudia Mizawak y Miguel Ángel Giorgio quienes traten la apelación del Gobierno. Todos se inhibieron de actuar puesto que el 29 de octubre de 2018 firmaron el fallo que dejó firme la decisión del camarista Oscar Benedetto, que el 1° prohibió “la fumigación terrestre con agrotóxicos en un radio de 1.000 metros alrededor de todas las escuelas rurales de la Provincia de Entre Ríos, y la fumigación aérea con iguales pesticidas en un radio de tres 3.000 metros”. Aquella resolución fue dos a uno: Carubia y Giorgio votaron por confirmar el fallo de primera instancia; mientras que Mizawak se inclinó por la revocatoria.

Según dio a conocer el Foro Ecologista, el Tribunal ad hoc –provisional- que analizará la apelación del Gobierno de Bordet quedó compuesto por los vocales Martín Carbonell; de la Sala Civil y Comercial del STJ; Germán Carlomagno, de la Sala Laboral del STJ; y Emilio Aroldo Castrillón, presidente del STJ e integrante de la Sala Civil y Comercial.

Desde las redes sociales, el Foro Ecologista expresó su preocupación por la conformación del nuevo Tribunal. “La causal invocada en la excusación de la Sala de Procedimientos Constitucionales del STJ no encuentra fundamentos en la Ley de Procedimientos Constitucionales ni en ley alguna. Expresamos nuestra intranquilidad por el apartamiento de los jueces naturales y por la extraña conformación de este nuevo Tribunal que no proviene de ninguna Sala de reemplazo como está previsto en la Ley Orgánica de Tribunales”, expresaron y compartieron una noticia donde el presidente del STJ recibió a integrantes de la Mesa de Enlace, que defienden la legalidad del decreto de Bordet.

Cabe recordar que el jueves pasado, el juez Civil y Comercial Andrés Marfil admitió parcialmente la demanda interpuesta por el Foro Ecologista de Paraná y la Asociación Gremial del Maigsterio de Entre Ríos (Agmer) y dispuso la nulidad parcial del decreto N° 4.407, dictado el 14 de diciembre de 2018, por el Poder Ejecutivo entrerriano por ser “inconstitucional por violación de la cosa juzgada al no ajustarse al estándar normativo del fallo dictado” en octubre del año pasado por el camarista Benedetto, ratificado luego por un fallo de la Sala Penal del STJ.

En el fallo de Benedetto se habían impuesto zonas de exclusión amplísimas, de 1.000 metros alrededor de las escuelas para las fumigaciones terrestres, y de 3.000 metros para las aéreas. En cambio, el Poder Ejecutivo bajó esas distancias a 100 y 500 metros, respectivamente. Por eso, el juez Marfil decretó la nulidad precisamente del artículo 1° del decreto N° 4.407, que fija las distancias para las pulverizaciones.

Esta semana, en una entrevista en el programa Puro Cuento, por Radio Costa Paraná 88.1, Sebastián Trinadori, Fiscal de Estado adjunto consideró que los vocales originales de la Sala Penal del STJ no debían excusarse de tratar la apelación.

Además, planteó que en la discusión del asunto no debería haber intervenido un juez Civil y Comercial –por Marfil- sino que la vía de acción debía haber sido a través de una acción de inconstitucionalidad o por la vía contencioso administrativa.

“No es que estamos a favor que se fumiguen arriba de las secuelas. Estamos defendiendo la legitimidad de un decreto que si bien reduce las distancias precautorios, consideramos que el gobernador es la autoridad competente para establecerlo, junto con la intervención de la secretaria de Ambiente, de Salud y de Producción”, dijo el Fiscal de Estado adjunto.

Una explicación desde la UNLP


Gustavo Arballo es profesor de Derecho en la Universidad de La Pampa. Desde Twitter suele opinar sobre diferentes fallos relevantes en el país. El pasado 5 de abril, explicó por la red del pajarito su parecer al respecto del fallo de la Sala Penal del STJ que dejó firme la resolución del juez Benedetto, el primero en fallar en contra de la Provincia y disponer distancias precautorias de importancia para fumigar en zonas donde haya escuelas rurales.

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.