La suspendida Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, Cecilia Andrea Goyeneche, efectuó una presentación ante el Jurado de Enjuiciamiento, que el 30 de noviembre de 2021 le abrió un jury y la sometió a un proceso de juzgamiento cuyas audiencias concluyeron el viernes  7 del actual, y los anotició del fallo que dictó este martes la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El máximo tribunal federal hizo lugar al recurso de queja que planteó Goyeneche luego de que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) declarara «inadmisible» un amparo que presentó contra lo resuelto por el Jurado de Enjuiciamiento.

La Corte, con el voto de sus cuatro miembros -Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti- falló este martes último a favor del planteo de  Goyeneche contra lo resuelto, el 30 de noviembre de 2021, por el Jurado de Enjuiciamiento, que decidió suspenderla en su cargo, abrirle un proceso de jury por supuesto mal desempeño en la causa de los contratos truchos en la Legislatura, y, además, apartar a todo el Ministerio Público Fiscal como órgano acusador.

La defensa de Goyeneche analiza los pasos tras el fallo de la Corte

El 25 de enero último, la jueza de feria Elena Albornoz había hecho lugar parcialmente a un amparo que presentó Goyeneche contra lo resuelto por el Jurado de Enjuiciamiento. En su fallo, la jueza Albornoz tildó de «ilegítimo» el accionar del Jurado de Enjuiciamiento al haber apartado al Ministerio Público Fiscal de su función acusadora, y convocar en su lugar a fiscales ad hoc. La magistrada, que sucedió en el tratamiento del recurso de amparo de Goyeneche luego de que en primera instancia interviniera el juez laboral José Antonio Reviriego, dispuso que «el órgano acusador  ante el jury dispuesto a la amparista Cecilia Andrea Goyeneche  sea el Ministerio Público Fiscal  representado por el Procurador General en los términos establecidos por el articulo 11 de la ley 9.283.

Sorpresa en el Gobierno por el amparo de Goyeneche

El caso llegó en apelación al Superior Tribunal de Justicia (STJ), que el 9 de febrero,  con el voto de los vocales Germán Carlomagno, Miguel Ángel Giorgio y Juan Ramón Smaldone, revocó el fallo dictado por la jueza Elena Albornoz, y declaró el amparo como “inadmisible” para cuestionar el apartamiento del Ministerio Público Fiscal como órgano acusador en el marco del proceso que se le sigue ante el Jurado de Enjuiciamiento, por existir otro proceso judicial pendiente de resolución. Goyeneche recurrió esa resolución y pidió ir a la Corte con un recurso extraordinario federal, pero se lo rechazaron. Entonces, debió apelar a un recurso de queja para llegar a la máxima instancia federal.

Presentación Goyeneche Jura… by Entre Ríos Ahora

 

En ese marco, la Corte resolvió este martes que «de conformidad en lo pertinente con lo dictaminado por el señor Procurador General de la Nación interino, se hace lugar a la queja interpuesta, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada». Y devolvió el caso al STJ «a fin de que, por quien corresponda, se dicte una nueva sentencia con arreglo a lo expresado en este pronunciamiento».

Revés para Goyeneche: el STJ le niega el camino de la Corte

«Presentamos un escrito ante el Jurado de Enjuiciamiento, anoticiándolos del fallo de la Corte -explicó Goyeneche-, haciéndoles saber que cualquier sentencia que dicten en estas condiciones va a ser nula debido a que está con virgor en este momento el fallo de la jueza Albornoz. Y con ese fallo, la integración del jury con un fiscal ad hoc equivale a conformar una comisión especial y viola mi derecho a ser juzgada por los jueces naturales. Estamos esperando una respuesta a eso. El Jurado tendrá que decidir qué hacer».

Los plazos para que el Jurado de Enjuiciamiento dicte el fallo de remoción o absolución están corriendo, y vencen el 30 de este mes.

 

 

 

Foto: Análisis

De la Redacción de Entre Ríos Ahora