La frase no deja de ser contundente, aún cuando ha sido escuchada y escrita varias veces. La destituida Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción de Entre Ríos, Cecilia Andrea Goyeneche, está convencida de que el Poder Judicial de la Provincia le pone zancadillas y le impide llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación con su reclamo para que sea respuesta en el cargo. «No quieren que llegue a la corte», dice Goyeneche, en diálogo con Entre Ríos Ahora.
Sortear lo que imagina como el tortuoso sendero de las distintas instancias del Poder Judicial de Entre Ríos la llevó a presentar un «per saltum» ante la Corte a principios de junio último, apenas destituida por el Jurado de Enjuiciamiento. El denominado recurso extraordinario por salto de instancia (REPSI), presentado el jueves 9 de junio, pidió que la Corte «declare admisible» su planteo, «disponga la suspensión de la sentencia recurrida» y «revoque» lo resuelto por el Jurado de Enjuiciamiento, que el 24 de mayo último la destituyó del cargo de Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, acusada de pérdida de objetividad en la investigación de la causa de los contratos truchos en la Legislatura, al haber tenido una relación personal y comercial con uno de los imputados, el contador Pedro Opromolla.
Esa vía, sin embargo, no prosperó.
Per Saltum: Goyeneche le pide a la Corte que la restituya al cargo
Como en el juego de la oca, vuelta a los primeros casilleros.
Tiene dos planteos a nivel provincial: uno, contra lo resuelto por el Jurado de Enjuiciamiento, que debe atravesar la instancia del Superior Tribunal de Justicia (STJ), y después llegar a la Corte, ora con un recurso extraordinario federal, ora con un recurso de queja; y otro, por el amparo que inició a finales de diciembre de 2021 contra la decisión del Jurado de haberle abierto un proceso de jury.
En el caso del amparo que Goyeneche interpuso contra el Poder Ejecutivo, el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, ya se expidió y pidió que «sea declarado inadmisible» por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) el recurso extraordinario federal que presentó Goyeneche.
El amparo de Goyeneche fue presentado en diciembre contra el Poder Ejecutivo, por lo cual desde entonces Fiscalía de Estado es parte en el proceso. «Luego de una atenta lectura del escrito recursivo presentado por la parte actora (a través del cual se alza contra la sentencia dictada el 18.05.22), se vislumbra de manera cristalina la falta de cuestión federal que habilite la instancia extraordinaria, obstando a la concesión de la impugnación en examen, lo que así deberá ser decretado sin más trámite por el Tribunal», dice el escrito presentado por la Fiscalía de Estado.
El domingo 29 de mayo, Goyeneche presentó un recuso extraordinario federal para llegar a la Corte luego de que el STJ le rechazara amparo en una resolución que adoptó el 18 de ese mes con una conformación ad hoc.
El 30 de noviembre de 2021 el Jurado de Enjuiciamiento votó, por mayoría, abrirle un proceso a Goyeneche por supuesto mal desempeño en la causa de los contratos truchos en la Legislatura, la suspendió en el cargo por seis meses y apartó a todo el Ministerio Público Fiscal de su función acusadora, y en su lugar nombró a un fiscal ad hoc, que al final resultó el abogado de Gualeguay Gastón Justet. Contra esa decisión, Goyeneche inició distintas acciones. Una de esas medidas fue la presentación de un amparo contra el Poder Ejecutivo provincial.
El 25 de enero de 2022, la jueza Elena Beatriz Albornoz hizo lugar parcialmente a ese amparo y entendió que apartar al Ministerio Público Fiscal de su función de órgano acusador en el proceso de jury supone afectar «de manera nítida y grave el derecho al debido proceso de la amparista , al establecer órganos encargados para su juzgamiento que no sean los designados legalmente y constitucionalmente previsto, no subsanar este vicio originaria la invalidez de las decisiones que se adopten».
La Fiscalía de Estado apeló ese fallo ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ), que el 8 de febrero, con el voto de los vocales Germán Carlomagno, Miguel Giorgio y Juan Ramón Smaldone, declaró «inadmisible» el amparo.
La Fiscal Anticorrupción intentó entonces llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación con un recurso extraordinario federal, pero el 4 de abril el STJ -con los votos de los vocales Germán Reynaldo Carlomagno, Miguel Ángel Giorgio y Fabiola María Livia Bogado Ibarra -integra la Sala III de la Cámara Laboral y se sumó como vocal ad hoc- y el voto en disidencia del vocal Bernardo Salduna, denegó ese camino. Por eso, al final Goyeneche planteó llegar a la Corte con un recurso de queja.
El máximo tribunal federal, con el voto de sus cuatro miembros -Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti-, falló el martes 10 de mayo a favor del planteo de Goyeneche por lo cual dictaminó que «se hace lugar a la queja interpuesta, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada». Y devolvió el caso al STJ «a fin de que, por quien corresponda, se dicte una nueva sentencia con arreglo a lo expresado en este pronunciamiento».
El sábado 14 de mayo se constituyó el tribunal que trató el planteo de fondo en el amparo que presentó Goyeneche. El Superior Tribunal de Justicia (STJ), con una integración distinta – Guillermo Federik, de la Sala Segunda de la Cámara Tercera Laboral; Emilio Luján Matorras, de la Sala Segunda de la Cámara Tercera Laboral (en disidencia parcial); María Gabriela López Arango, de la Sala Primera de la Cámara Tercera Laboral; y Pablo Andrés Vírgala, del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná- resolvió aceptar la excusación del vocal Germán Carlomagno, y rechazar las excusaciones de la vocal Fabiola María Livia Bogado Ibarra, presidenta de la Sala Primera de la Cámara Laboral, y de Bernardo Salduna, vocal del STJ.
De ese modo, se dejó integrado el tribunal que debía resolver la acción de amparo de Goyeneche con los siguientes magistrados: Bernardo Salduna, Fabiola María Livia Bogado Ibarra, Guillermo Leopoldo Federik, Emilio Luján Matorras, María Gabriela López Arango, Pablo Andrés Vírgala, Gervasio Pablo Labriola, Alejandro Diego Grippo (los tres últimos del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná) y la presidenta del STJ, Susana Medina.
Efectivamente, el miércoles 18 de mayo -feriado por el censo nacional de población y vivienda- ese tribunal se expidió por el rechazo del amparo de Goyeneche, aunque el único miembro del STJ que integró ese tribunal, Bernardo Salduna, votó en disidencia, con fuertes cuestionamientos hacia lo resuelto por el Jurado de Enjuiciamiento en el jury a la Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción.
Con ese dictamen, entonces, Goyeneche inició la vía del recurso extraordinario federal, aunque primero el STJ debe decidir si le concede o no esa vía. Como ya informó Entre Ríos Ahora, la Procuradora Adjunta en materia de Género, Mónica Elizabeth Carmona, emitió dictamen por la Procuración y avaló el planteo de la funcionaria destituida. Pero la Fiscalía de Estado, parte en el proceso, opinó lo contrario. Pero el fiscal de Estado hizo un planteo diametralmente opuesto: pidió que sea declarado inadmisible.
La resolución de ese planteo está freezado, en la visión de Goyeneche.
«Espero que en algún momento lo traten -asegura-. Lo último que resolvieron, a fines de junio, es que en el amparo desplazaron a López Arango y a Guillermo Federik porque estaban en Europa. Luego, quedó la causa en espera de qué se les ocurra resolver».
El otro planteo de la destituida funcionaria judicial, el recurso de inconstitucionalidad contra la resolución del Jurado de Enjuiciamiento del 18 de mayo pasado, también está en espera.
La presentación la efectuó el lunes 6 de junio. Fue contra la resolución del Jurado de Enjuiciamiento del 24 de mayo último que, al cabo de un proceso de jury, la desplazó de su cargo por una mayoría de 5 votos a 2. El planteo judicial apunta a reprochar la resolución del Jurado y lograr que la última instancia provincial, el Superior Tribunal de Justicia (STJ), ordene su restitución al cargo.
Goyeneche apeló a esa figura legal extraordinaria por cuanto la Ley de Jurado de Enjuiciamiento N° 9.283 no prevé mecanismo recursivo contra los dictámenes del Jurado de Enjuiciamiento. «La señalada limitación recursiva contradice la garantía de la doble instancia expresamente receptada en la carga magna provincial (…) y además vulnera derechos fundamentales de nuestra parte, (…), de la Convención Americana sobre Derechos Humanos – Pacto de San José de Costa Rica -constitucionalizado según la directiva del art. 75, inciso 22, CN- que reconoce el ´derecho a recurrir del fallo ante el juez o tribunal superior´, así como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que reconoce el derecho a toda persona condenada a reclamar ante un tribunal superior la revisión de la sentencia», dice el escrito.
El máximo tribunal de justicia de la Provincia no se expedido al respecto. En el recurso extraordinario de inconstitucionalidad sobre la destitución, la presidenta del STJ, Susana Medina, quedó como primer voto. «Lo hizo dictaminar al fiscal trucho (por Gastón Justet. En eso quedaron», explica Goyeneche.
De modo pues que nada está resuelto y todo está por decidirse en el caso Goyeneche. No hay, de momento, última palabra en este caso.
Foto: Uno
De la Redacción de Entre Ríos Ahora