Desde el 1° de este mes el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (Iafas) empezó a implementar las notificaciones electrónicas a su personal y también en las comunicaciones con terceros, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 10.809 y el decreto reglamentario N° 1.732.
El organismo fijó que todas las comunicaciones cursadas en forma electrónica “tendrán validez y eficacia, siempre y cuando se cumplan las normas” dispuestas en la resolución N° 1.052, dictada el 28 de octubre último y publicada en el Boletín Oficial el 5 del actual.
“El domicilio laboral electrónico de los empleados del Instituto quedará constituido en el correo electrónico institucional que cada uno tiene asignado. A partir de la entrada en vigencia de la presente, todas las notificaciones que se cursen al domicilio laboral electrónico se considerarán válidas y gozarán de plena eficacia jurídica y valor probatorio”, plantea el artículo 2° de esa norma.
Para eso, los trabajadores del Iafas en toda la Provincia “deberán denunciar dentro del plazo de10 días de dictada la presente resolución un correo electrónico particular que funcionará como domicilio particular electrónico al que se enviarán copia de todas las notificaciones que se cursen al domicilio laboral electrónico”.
“Es responsabilidad de los agentes mantener activo y vigente dicho domicilio particular y revisar periódicamente el mismo, no admitiéndose ningún reclamo de notificaciones que se hayan cursado al mismo y no hayan sido ´vistas´ por los agentes”, señala la disposición
Y agrega que todas las notificaciones que “deban practicarse a cualquier persona que sea parte o tuviera un interés en los trámites administrativos, serán realizadas en el domicilio electrónico denunciado en las actuaciones administrativas de las que sean parte, el que tendrá prioridad sobre cualquier otro medio de notificación”.
La nueva disposición establece que cuando se utilicen las notificaciones electrónicas, el Iafas “comunicará el acto completo que se deba notificar, no solamente la parte resolutoria”. Y establece que desde la vigencia de la nueva normativa –que se aplica desde el 1° del actual- “todas las notificaciones que deban cursarse a los agentes del Instituto en sus relaciones con el Iafas se harán en formato electrónico a la casilla de correo oficial de cada agente -Domicilio Laboral Electrónico- y a su Domicilio Particular Electrónico; ya sean de actos particulares o generales. El domicilio laboral electrónico será accesible desde cualquier computadora con servicio de internet accediendo con las credenciales habilitadas por el Instituto a la plataforma de Correo Oficial del Iafas”.
Al final, el nuevo ordenamiento que entró en vigencia en Iafas ordena que al momento de iniciar las actuaciones “o en la primera presentación que se realice ante el Iafas, se deberá denunciar y/o constituir un domicilio electrónico. La falta de constitución de domicilio electrónico paralizará el trámite hasta tanto se cumplimente el mismo. La autoridad interviniente podrá intimar su constitución a través de cualquiera de los medios previstos por la Ley de Procedimientos Administrativos, en el domicilio real denunciado, para que en un plazo de 5 días hábiles constituya debidamente el domicilio electrónico, bajo apercibimiento de tener por no presentada la solicitud. El domicilio constituido, se reputará subsistente mientras no se designe otro. En los trámites que ya se encuentren iniciados, los interesados deberán constituir domicilio electrónico en su próxima presentación o podrá ser requerido por la autoridad en cualquier momento”
De la Redacción de Entre Ríos Ahora