El Día D será este lunes 21, a las 12,30. Ese día a esa hora el Tribunal de Juicios y Apelaciones que integran los camaristas Alicia Vivian, Carolina Castagno y Gustavo Pimentel dará a conocer el adelanto del veredicto en el juicio que se sustanció, entre el 16 de abril y el 10 de mayo, al cura Justo José Ilarraz por los abusos en el Seminario Arquidiocesano Nuestra Señora del Cenáculo, de Paraná.
Los jueces deberán resolver entre dos extremos: el pedido de reclusión de 25 años para el cura Ilarraz formulado por los fiscales Álvaro Piérola y Juan Francisco Ramírez Montrull, y los siete querellantes, o el planteo de absolución planteado por el defensor del cura, Jorge Muñoz.
La acusación se basó en el testimonio de siete víctimas, el aporte de numerosos testigos, los contundentes informes de los peritos y en un testigo de cargo imprescindible: el cardenal Estanislao Karlic. En su declaración por escrito -la primera, en 2014; la última, aportada al juicio el miércoles 9 de mayo- confirmó que Ilarraz aceptó haber cometido los abusos, y que por eso le pidió perdón de dos modos: ante Karlic, en forma personal, en varias oportunidades; y a través de una carta pública, que el cura escribió en Roma, en 1997.
El pedido de condena, de ser receptado por el tribunal, ubicaría a Ilarraz en la lista que ya integra otro sacerdote,Juan Diego Escobar Gaviria, condenado en 2017 a la pena de 25 años de prisión.
Ilarraz fue prefecto de disciplina en el Seminario entre 1985 y 1993: llegó a esa función designado por el entonces arzobispo Estanislao Karlic, que fue el primero que supo oficialmente de los abusos, en 1995, y el que ordenó que se abriera una investigación canónica sobre esos graves hechos. El proceso concluyó en 1996 con la sanción del destierro para Ilarraz, y la reserva de las actuaciones en el archivo secreto de la curia. Nadie, ni la jerarquía católica ni los sacerdotes que instruyeron el proceso, pusieron al tanto a la Justicia.
Por instrucción del Procurador General Jorge García, la causa Nº 5.471, caratulada “Ilarraz Justo José s/corrupción agravada por ser encargado de educación» recién llegó a los Tribunales en septiembre de 2012.
El 17 de agosto de 2016, el juez de Transición Pablo Zoff –el tercer magistrado que tuvo en sus manos la causa Ilarraz—dispuso la elevación a juicio. Después de varios cambios, el tribunal que lo juzgo recién quedó integrado en 2018.
Desde que se inició la causa, en 2012, la defensa del cura -antes a cargo de Juan Ángel Fornerón, que renunció para postularse a un cargo de juez en Federación, ahora en manos del tucumano Jorge Muñoz- entabló un reclamo en torno a la prescripción -esto es, que ya la Justicia no puede perseguir el castigo de un delito por el paso del tiempo-, que en septiembre de 2015 llegó a la Corte, trámite que antes habilitó la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos.
El recurso había sido planteado por el defensor de Ilarraz, Juan Ángel Fornerón, luego del fallo de la Sala Penal del STJ del 27 de abril de 2015, que decidió rechazar la impugnación extraordinaria contra la sentencia dictada por la Cámara de Casación Penal. Esa Sala rechazó, en un fallo dividido, el camino de la prescripción, y señaló que los delitos imputados al cura son “imprescriptibles”.
El primer juez que tuvo en sus manos el expediente “Ilarraz Justo José s/Promoción a la corrupción agravada”, Alejandro Grippo rechazó la vía de la prescripción por cuanto, entendió, se estaba frente a hechos que constituían “graves violaciones a los derechos humanos”.
La defensa de Ilarraz apeló y a principios de agosto de 2013 la Sala I de la Cámara del Crimen, con el voto de los vocales Daniel Perotti y Miguel Ángel Giorgio, revocó el fallo de Grippo, y sentenció que la causa estaba prescripta y dictó el sobreseimiento del cura. Pero esa resolución fue apelada por la Procuración, y el STJ entonces anuló ese fallo, y ordenó que el caso vuelva a la Cámara del Crimen, que con otra conformación, rechazó el planteo de la defensa.
Entonces, el expediente Ilarraz desembocó en la Cámara de Casación Penal, que confirmó el rechazo a la prescripción, y así el trámite llegó a la Sala Penal del STJ, que afirmó que el delito no está prescripto.
En septiembre de 2015 el caso llegó a la Corte.
Según el abogado Fornerón, “los hechos imputados a mi defendido (Ilarraz) fueron ubicados temporalmente de forma expresa e indubitable antes del año 1992”, y por lo tanto, están prescriptos. “Se observa claramente cómo los hechos que se investigan en estas actuaciones habrían ocurrido más de veinte años antes de promoverse las denuncias, habiendo largamente expirado el plazo de prescripción de la acción penal dispuesta por nuestro ordenamiento”, dice el escrito
En su presentación, Fornerón entiende que el fallo de la Sala Penal del STJ “creó” una “nueva categoría de delitos imprescriptibles”, y sostiene que la sentencia en mayoría firmada por los vocales Chiara Díaz y Mizawak “obstaculiza la aplicación del instituto de la prescripción de la acción penal” y, “más grave aún resulta la creación de un nuevo paradigma jurisprudencial en mérito al cual cualquier juez puede considerar imprescriptibles cualquier tipo de delito con sólo estimar que en el caso concreto existe una grave violación a los derechos humanos”.
Pero un primer dictamen de la Procuración General de la Nación aconsejó rechazar el recurso de Fornerón, y es ahora la Corte, que ya empezó a tratar el expediente, la que debe resolver si finalmente sigue o no esa tesitura.
En cualquier caso, Ilarraz sigue sumando dictámenes contrarios, y esta semana se sumó la decisión de la Iglesia de abrirle una causa canónica por los abusos cometidos en el Seminario.
Ahora, se aguarda el fallo definitivo de la Corte.
Mientras, lo que ha hecho la Iglesia no servido sino para «encubrir» a Ilarraz y posibilitar que el caso saliera a la luz recién de casi dos décadas, según opinó el fiscal Álvaro Piérola en su alegato de acusación, el jueves 10 de mayo último.
En la Iglesia
En Roma tomaron nota de la causa Ilarraz por primera vez en 1995, cuando Karlic comunicó al Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe que tenía denuncias contra un sacerdote bajo la especie de “crimine pessimo”, la traducción al latín de la pedofilia.
El 6 de septiembre de 1995, el por entonces prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe y exsecretario de Estado del Vaticano, Tarcisio Bertone, acusó recibo de toda la documentación, y le avisó a Karlic que todo había sido derivado a la Congregación para el Clero.
Desde allí le piden a Karlic el 30 de septiembre de 1995 que continúe con la investigación y “procediera en todo conforme al Derecho Canónico vigente”. La última carta enviada por Karlic está fechada el 20 de septiembre de 2002. Recién el 20 de abril de 2012, Puiggari volvió a comunicarse con Roma, y el 18 de mayo el secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe, monseñor Luis Ladaria, respondió que había recibido la carta. El arzobispo de Paraná volvió a escribirle el 12 de julio, y le contó todo lo que, en teoría, Roma ya sabía.
Pero nunca hubo avance concreto en la causa.
En 2013, los entonces querellantes de una víctima de Ilarraz, los abogados Marcelo Baridón y Álvaro Piérola, iniciaron una causa en la Iglesia. Baridón y Piérola pidieron que se abriera una causa contra Ilarraz por violación al sexto mandamiento del decálogo de los católicos, aquel que refiere a “no cometerás actos impuros”. El caso ingresó al tribunal interdiocesano de Santa Fe, que no produjo ningún avance, y ahora está tramitándose en el tribunal interdiocesano de Buenos Aires.
En la causa, estaban citados los tres últimos jefes de la Iglesia de Paraná: Estanislao Karlic (1983 a 2003); Mario Maulión (2003 a 2010); y Juan Alberto Puiggari (2011 a la actualidad). Maulión fue relevado por su delicado estado de salud. La declaración de Karlic y Puiggari los dejó en seria posición, según la mirada de los fiscales.
Cada uno de ellos, a su tiempo, al igual que el resto de la jerarquía católica, estuvo al corriente de los abusos de Ilarraz. ¿Por qué no actuaron?
Cuando ocurrieron los hechos, Puiggari era prefecto de disciplina del Menor-Mayor, los últimos dos años del colegio secundario con internado que funcionó en el Seminario; Ilarraz, a su vez, era prefecto de disciplina del Menor-Menor, de primero a tercer años, el ciclo básico. Precisamente, los alumnos del Menor-Menor fueron quienes denunciaron los abusos.
Maulión supo de todo aquello a partir del testimonio de las víctimas, en sucesivos encuentros que mantuvo, y en esas reuniones confesó que nada sabía por boca de miembros de la curia. De todos modos, fue Maulión quien firmó, en febrero de 2004, a poco de asumir la conducción de la diócesis, la autorización para que Ilarraz se radicara en Monteros, Tucumán.
La estructura funcional del Seminario, entonces, estaba conformada así: el rector, cabeza máxima y superior del cura Ilarraz, era Luis Alberto Jacob; por debajo, y como directores espirituales, estaban el ya fallecido cura Andrés Emilio Senger, y el ahora arzobispo Puiggari; y como prefecto de estudios, el ahora canciller de la curia, Hernán Quijano Guesalaga.
En una escala inferior, y como responsable de Teología, César Raúl Molaro, sacerdote agregado de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz del Opus Dei; y como prefecto de disciplina del curso propedéutico, Silvio Fariña Vaccarezza, también designado oficial de justicia, y encargado de llevar adelante, en 1995, la investigación diocesana que encomendó Karlic después de escuchar a las víctimas de los abusos.
De acuerdo a lo que se sabe, el caso estalló cuando una de las víctimas, que ya declaró en la Justicia, le comentó los pormenores de los abusos del cura Ilarraz a un bedel de ese momento, el actual sacerdote Pedro Barzán, ahora residente en Italia a partir de un permiso que le otorgaron en 2008. Barzán se lo comunica a su inmediato, Puiggari, y éste toma la decisión de poner en alerta al arzobispo Karlic.
Foto: Clarín.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.