El 20 de septiembre de 2012, el Procurador General Jorge Amílcar Luciano García presentó el requerimiento de instrucción formal con el pedido de apertura de una causa penal contra el cura Justo José Ilarraz «por el delito de promoción a la corrupción de menores agravada por ser encargado de la educación», que se convirtió en la piedra de toque que desnudó el escándalo de la pedofilia en la Iglesia y cómo el sistema de encubrimiento logró silenciar esos delitos por años .
De ese modo, se inició el mayor proceso penal que enfrenta a la Iglesia Católica a un proceso penal que este lunes tendrá un punto de inflexión: la apertura del juicio oral al cura Ilarraz, en la que declararán como testigos los tres últimos arzobispos de Paraná: Estanislao Esteban Karlic, sucesor de Adolfo Servando Tortolo, que gobernó la Iglesia entre 1983 y 2003; Mario Luis Bautista Maulión, que asumió el 9 de julio de 2003 y se mantuvo en el cargo hasta que alcanzó la edad límite para el servicio activo, los 75 años. El 4 de noviembre de 2010 el papa Benedicto XVI aceptó su dimisión, y designó en su reemplazo al entonces obispo de Mar del Plata, Juan Alberto Puiggari, que tomó posesión de su nueva función el 7 de marzo de 2011.
También está citado como testigo el obispo de Concepción, Tucumán, José María Rossi, y un total de 26 sacerdotes y 4 exsacerdotes.
El proceso se iniciará este lunes 16, a las 9, en la sala N° 1 del edificio de Tribunales.
En el banquillo estará sentado el cura Ilarraz, asistido por su abogado, el tucumano Jorge Muñoz. Del otro lado, los siete querellantes de la causa Ilarraz: Victoria y Santiago Halle, Lisandro Amavet, Marcos Rodríguez Allende, Walter Rolandelli, Milton Urrutia y su socia, María Alejandra Pérez.
Por el Ministerio Público Fiscal, la acusación estará a cargo de los fiscales Álvaro Piérola y Juan Francisco Ramírez Montrull.
Ilarraz tiene siete denuncias por abuso y corrupción de menores. Entre 1985 y 1993, ejerció el rol de prefecto de disciplina en el Seminario Arquidiocesano Nuestra Señora del Cenáculo, y tenía a su cuidado a chicos que cursaban el ciclo básico de una escuela secundaria orientada al sacerdocio. Sus víctimas, alumnos del interior, que vivían en el internado del Seminario.
Los abusos de Ilarraz fueron primero investigados por la Iglesia. En 1995, el entonces arzobispo Estanislao Karlic le encomendó al abogado sacerdote Silvio Fariña llevar adelante una instrucción interna.
El 9 de julio de 1995, a las 5 de la tarde, DC fue a la residencia episcopal de la Costanera Alta y declaró ante Fariña y el propio Karlic. Le preguntaron «cuándo empezaron los problemas». Y DC contestó: «Empezaron cuando yo estaba en segundo año, en el campamento de verano. Allí empecé a ser su amigo; yo le dije que no andaba bien en la oración. Más adelante, me dijo que le gustaría que fuéramos íntimos amigos, y que primero tenía que ganar mi cuerpo y después ganar mi interior para llegar a la amistad. Me dijo también que no le dijera a nadie, pues no iban a entender. A mí no me gustaba, pero confiaba en él. Y así lo hacía. Lo que hacíamos juntos era que me llevaba a la cama, nunca me penetró, pero nos bañábamos juntos, nos acariciábamos en las zonas genitales».
El 30 de agosto de 1996, el exrector del Seminario, el sacerdote Eduardo Jacob entregó una carta manuscrita a los instructores de la investigación eclesiástica sobre Ilarraz y contó que «durante un tiempo, por iniciativa del padre (Ilarraz) mantuve con él una relación cercana. Sucedió durante la misma que el padre Justo tuvo ciertas conductas que me resultaban extrañas, como por ejemplo el hecho de que en más de una oportunidad, estando ya el resto de mis compañeros estaban dormidos, se acercaba a mi cama para conversar, pero además, yo era objetivo por parte de él de carias no sólo en el rostro sino también sobre mi pecho. Este hecho no me dejaba tranquilo y cuando le puse alguna objeción, él respondió que creía que yo era un tanto escrupuloso».
La investigación había sido ordenada por Karlic el 5 de julio, con la recomendación que debía llevarse adelante «con el mayor sigilo», y que «una vez terminada y resuelto cómo actuar, según prescribe le canon 1.718 (del Código de Derecho Canónico, NdelR), se guarda en el archivo secreto de la curia».
La tarea concluyó el 18 de diciembre de 1996, cuando Karlic dispuso «prohibir» a Ilarraz «venir y permanecer en el territorio de la Arquidiócesis de Paraná así como mantener comunicación de cualquier tipo con los seminaristas mientras el Tribunal del Vicariato de Roma sustencie el proceso y decida en el juicio que se le sigue a raíz de esta conducta».
«Notificar al interesado (Ilarraz) de esta resolución e informarle que la desobediencia de la misma será sancionada con pena que no excluye la suspensión», resolvió Karlic.
Cuando ocurrieron los abusos, Puiggari era prefecto de disciplina del Menor-Mayor, los últimos dos años del colegio secundario con internado que funciona en el Seminario; Ilarraz, a su vez, era prefecto de disciplina del Menor-Menor, de primero a tercer años, el ciclo básico. Precisamente, los alumnos del Menor-Menor fueron quienes denunciaron los abusos.
Maulión supo de todo aquello a partir del testimonio de las víctimas, en sucesivos encuentros que mantuvo, y en esas reuniones confesó que nada sabía por boca de miembros de la Curia. De todos modos, fue Maulión quien firmó, en febrero de 2004, a poco de asumir la conducción de la diócesis, la autorización para que Ilarraz se radicara en Monteros, Tucumán. Además, en 2010 Maulión recibió una carta, firmada por un grupo de sacerdotes, que lo instaban a denunciar a Ilarraz en la Justicia
La estructura funcional del Seminario, entonces, estaba conformada así: el rector, cabeza máxima y superior del cura Ilarraz, era Luis Alberto Jacob; por debajo, y como directores espirituales, estaban el ya fallecido cura Andrés Emilio Senger, y el arzobispo Puiggari; y como prefecto de estudios, el ahora canciller de la Curia, Hernán Quijano Guesalaga.
En una escala inferior, y como responsable de Teología, César Raúl Molaro, sacerdote agregado de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz del Opus Dei; y como prefecto de disciplina del curso propedéutico, Silvio Fariña Vaccarezza, también designado oficial de justicia, y encargado de llevar adelante, en 1995, la investigación diocesana que encomendó Karlic después de escuchar a las víctimas de los abusos.
De acuerdo a lo que se sabe, el caso estalló cuando una de las víctimas, que ya declaró en la Justicia, le comentó los pormenores de los abusos del cura Ilarraz a un bedel de ese momento, el actual sacerdote Pedro Barzán, ahora residente en Italia a partir de un permiso que le otorgaron en 2008. Barzán se lo comunica a su inmediato, Puiggari, y éste toma la decisión de poner en alerta al arzobispo Karlic.
La Justicia empezó a investigar de oficio los abusos después que el caso fuera revelado por la revista «Análisis», en 2012.
En la instrucción intervinieron tres jueces -Alejandro Grippo, Paola Firpo y Pablo Zoff- y hasta se necesitó un fallo del Superior Tribunal de Justicia (STJ) para echar por tierra con los planteos de la defensa de Ilarraz, que desde el vamos sostuvo que el delito estaba prescripto.
La Sala Penal del STJ resolvió, el 10 de septiembre de 2015, conceder el recurso extraordinario federal planteado por la defensa.
La resolución del tribunal fue con voto dividido: el entonces vocal Carlos Chiara Díaz opinó que debía rechazarse el planteo, aunque sus pares Daniel Carubia y Claudia Mizawak resolvieron darle cabida.
El recurso había sido planteado por la defensa, luego del fallo de la Sala Penal del STJ del 27 de abril de 2015 que decidió rechazar impugnación extraordinaria contra la sentencia dictada por la Cámara de Casación Penal. La defensa del cura Ilarraz planteó un recurso extraordinario federal ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) con la pretensión de llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La Sala Penal del STJ rechazó, en un fallo dividido, el 27 de abril de 2015, el camino de la prescripción, y señaló que los delitos imputados al cura son “imprescriptibles”. De ese modo se expresaron los vocales Carlos Chiara Díaz y Claudia Mizawak, con la disidencia de su par Daniel Carubia.
Frente a esa sentencia, el abogado de Ilarraz, Juan Ángel Fornerón, presentó un recurso extraordinario federal, e insistió con el argumento de que “los hechos imputados a mi defendido fueron ubicados temporalmente de forma expresa e indubitable antes del año 1992”, y por lo tanto, están prescriptos. “Se observa claramente cómo los hechos que se investigan en estas actuaciones habrían ocurrido más de veinte años antes de promoverse las denuncias, habiendo largamente expirado el plazo de prescripción de la acción penal dispuesta por nuestro ordenamiento”, dice el escrito.
En su presentación, Fornerón entiendió que el fallo de la Sala Penal del STJ “creó” una “nueva categoría de delitos imprescriptibles”, y sostiene que la sentencia en mayoría firmada por los vocales Chiara Díaz y Mizawak “obstaculiza la aplicación del instituto de la prescripción de la acción penal” y, “más grave aún resulta la creación de un nuevo paradigma jurisprudencial en mérito al cual cualquier juez puede considerar imprescriptibles cualquier tipo de delito con sólo estimar que en el caso concreto existe una grave violación a los derechos humanos”.
El recurso de prescripción está a resolución de la Corte desde 2015.
Mientras, en la Justicia entrerriana la causa de fondo avanzó. Tras una compleja investigación judicial, el 10 de julio de 2015 la jueza Firpo dictó el procesamiento de Ilarraz, y el 17 de agosto de 2016, el último juez de la causa, Pablo Zoff, resolvió elevar a juicio el caso.
Ese juicio comienza este lunes 16.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.