El fallo judicial que condenó a la Municipalidad de Diamante a pagarle 11 años de salarios a una exjueza de Faltas que fue echada sin sumario previo en 2010 generó una dura polémica. El caso tiene sentencia firme en Entre Ríos, al punto que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó el recurso extraordinario federal, y a la administración del intendente Juan Carlos Darrichon (PJ) le quedó allanado sólo el recurso de queja para llegar a los tribunales federales.

Eso es lo que hizo el Municipio, según admitió el secretario de Gobierno, el abogado Nelson Schlotahuer. En caso de que la Corte confirme el fallo condenatorio contra la Municipalidad de Diamante, las arcas del Estado municipal deberán enfrentar un pago millonario en concepto de sueldos caídos a la ex jueza. «Si queda firme (detalle no menor) se tiene que tomar cada sueldo que se dejó de percibir por el periodo que corresponda (que no es 11 años). En 2010 eran 5 mil y actualmente, 150 mil. Pero decir un montó es temerario y sería adelantar una estrategia legal», señaló.

Un municipio debe pagar 11 años de sueldos a exjueza que echó sin sumario previo

 

La historia involucra a Norma Adriana Paravano, quien fue jueza de Faltas de Diamante hasta el 9 de marzo de 2010, cuando el entonces intendente Juan Carlos Darrichón (quien hoy está en el mismo cargo), firmó el decreto Nº 89 que la dejó cesante sin sumario previo, es decir, sin la instancia donde la afectada haya podido ejercer su defensa.

Ante esa decisión, la empleada accionó judicialmente a través de un proceso Contenciosos Administrativo por medio de sus abogados Rodolfo Miguel Parente, Gregorio Coronel y Pilar Soldini (quien luego renunció para seguir en el caso).

Parente, diputado provincial por la UCR en los períodos 1985/1989 y 1989/1993, fue quien divulgó primero el tema a través de las redes sociales, con este título: «¿Quién pagará el pato de la boda?». DIjo el exlegislador provincial: En el año 2010 (Decreto 89), del 9 de marzo de 2010, la por entonces Jueza de Faltas de Diamante, fue dejada cesante de su cargo, sin sumario previo, designándose otro en su lugar. Once años después, el 23 de septiembre de 2021, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, rechazó la concesión del recurso extraordinario federal interpuesto por la parte demandada (Municipalidad de Diamante), siendo consecuente con la sentencia condenatoria dictada en su momento por la Cámara en lo Contencioso Administrativo y el propio Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos al rechazar el recurso de inaplicabilidad de ley contra esa decisión».

 

Le contestó el Consejo Departamental del Partido Justicialista de Diamante, también en rede sociales, con este título: «¿Qué festeja Parente?».

«Si hacemos historia, recordaremos que la Dra. Paravano, defendida por el Estudio Parente – Soldini, era socia de la firma, hasta que el entonces Intendente Humberto Ré, hoy condenado por robo al Estado provincial, la designó como Jueza de Faltas. La citada trabajó en dicho Juzgado un par de años y comenzó con el uso reiterado de licencias, con y sin goce de sueldos, por más de 5 años, igual que en el su cargo en Educación. En dicho lapso intentó jubilarse por incapacidad, lo que fue denegado por la Caja provincial, debiendo volver la Dra. Paravano a la escuela con tareas pasivas. En el Municipio, intento similar maniobra, no existiendo la posibilidad de que sea designada en tareas pasivas en el cargo de Jueza».

Y agrega: «Parente intenta pegarle a Juan Carlos Darrichón, con fines totalmente políticos, por la situación que se suscita hoy, pero no vemos preocupación y/o nada dice de la plata que debió abonar el Municipio en los juicios por negligencia del radicalismo en el caso Vittor, piloto accidentado en una prueba sin seguro ni aprobación de la federación correspondiente lo que costó 13 millones y podría sumar otros más. También hubo negligencia de funcionarios radicales en el caso contra un frigorífico local, que en vez de cobrar una deuda millonaria en Tasas, por su ineficiencia se debió pagar el costo de un juicio perdido».

El PJ de Diamante reprochó que con «sentencias absurdas y contradictorias se obliga al Estado municipal al pago de salarios y costas en favor de la agente que solo trabajo en el Municipio un par de años».

El exdiputado Parente siguió la discusión y le contestó al Justicialismo:  «Cuando un equipo va perdiendo 3 a 0 un partido de fútbol (Sentencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, Sentencia del Superior Tribunal de Justicia rechazando el recurso de Inaplicabilidad de ley y rechazo del recurso extraordinario ) mal hace enojarse con el árbitro o calificar como, se hace, de ”confusa y contradictoria “ una sentencia que condena al Municipio; sino que debería analizar alguna salida razonable; pero cuando prima la soberbia, es difícil…»

 

Intendente Juan Carlos Darrichón (PJ); exdiputado Rodolfo Parente (UCR).

 

El caso

 

El 11 de abril de 2018, la Cámara Contencioso Administrativa Nº 1 de Paraná condenó al municipio a “reincorporar a la actora a su cargo de Jueza de Faltas, con todos los derechos y obligaciones que la investidura supone, como asimismo con todos los efectos respecto al automatismo del vínculo en orden a la antigüedad y contribuciones y abonar una indemnización de daños y perjuicios, los que se determinan en un ochenta por ciento (80%) de los salarios que, con los correspondientes descuentos de ley, hubiere percibido aquella de continuar en actividad, computados desde la fecha del acto que dispuso su baja y hasta el día de su reincorporación, con más los intereses hasta su efectivo pago, calculados conforme la tasa activa que aplica el Banco Nación Argentina en sus operaciones de descuento ordinarias”.

Sin embargo, el municipio apeló la sentencia invocando la violación de la autonomía municipal hasta llegar al Superior Tribunal de Justicia, que puso fin a la discusión a favor de la exjueza de Faltas: primero rechazó un recurso de inaplicabilidad de Ley que interpuso el municipio de Diamante y, más recientemente, el 23 de septiembre, rechazó un recurso extraordinario federal (para ir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación). El fallo fue

firmado por los vocales Daniel Omar Carubia, Juan Ramón Smaldone, Gustavo Pimentel, Elvio Garzón y Marcela Davite.

Caso Norma Paravano: Senten… by Entre Ríos Ahora

El voto del vocal Carubia fue el que encabezó el rechazo al recurso del municipio: “Se evidencia en la quejosa un mero estado de disconformidad con la decisión a que arriba la sentencia, lo cual no es suficiente para justificar la apertura de este remedio federal extraordinario, el que, cabe recordar, no tiene por objeto corregir resolutorios que se reputen equivocados, sino que tiende a subsanar casos excepcionales en los que las deficiencias lógicas del razonamiento son evidentes o existe una total ausencia de fundamento legal, que impiden considerar al fallo cuestionado como una ‘sentencia fundada en ley’ de acuerdo a los artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional”.

Al respecto, a través de su Facebook, el abogado Rodolfo Parente, expresó: «Hace honor a la Justicia entrerriana que se haya reparado una situación de notoria injusticia que provocó notorios daños materiales y morales a una funcionaria, y constituye un resguardo que erige una barrera frente a la injusticia y el abuso de poder”.

En diálogo con Entre Ríos Ahora, Parente resumió la historia del caso: “La doctora Paravano era jueza de Faltas de Diamante y estaba con unos problemas de salud. Hubo una licencia por enfermedad y luego pide tareas pasivas. Entonces el municipio, a cargo del intendente Darrichón y el secretario Nelsón Schlotthauer, decidieron cesantearla sin previo sumario, sin derecho a defensa, sin ser oída”.

“Hicimos un demanda contenciosa administrativa que tuvo un trámite lento. Primero la Cámara Contencioso Administrativa resolvió a favor de la doctora Paravano y esa sentencia fue apelada por el municipio ante el Superior Tribunal. Finalmente este rechazó dos recursos y confirmó todo lo que había acontecido”, explicó.

Consultado si la sentencia debe comenzar a cumplirse, respondió: “Esperemos la Municipalidad no ensaye otro recurso. Puede hacer un recurso de queja ante la Corte, pero es difícil que el Superior Tribunal lo conceda después de dos fallos adversos”.

Parente remarcó que a la exjueza de Faltas “la cesantearon sin darle ninguna posibilidad de hacer un descargo. No se entiende que en un país civilizado y en una sociedad democrática se realicen estos procedimientos inconstitucionales”.

Finalmente, preguntado sobre el monto que deberá abonar el municipio a la exjueza de Faltas, señaló: “N me arriesgaría a hacer un cálculo. Hay que hacer la cuenta: fue cesanteada en 2010, y son 11 años. A razón de una indemnización de un sueldo de juez de Faltas por mes, más las costas, la cifra va a ser claramente millonaria. Lo tendrá que pagar el pueblo de Diamante o sino que la Nación, la Provincia y el Municipio, que pertenecen al mismo signo político, pueden conseguir que le den un Aporte del Tesoro Nacional para paliar el fallo”.

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.