El presidente del Jurado de Enjuiciamiento, Daniel Carubia, vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), salió a contestar las advertencias surgidas desde la Cámara de Diputados, y en particular los anuncios de juicio político a los integrantes del organismo, en caso de continuar aceptando recusaciones en el proceso abierto por mal desempeño contra el juez de Ejecución de Penas de Gualeguaychú, Carlos Alfredo Rossi.
Hay ocho presentaciones contra el magistrado.
El Jurado ya tiene siete miembros recusados por los abogados defensores de Rossi, Guillermo Vartorelli y Miguel Cullen, entre ellos, el presidente del organismo, el diputado provincial Lucio Lara (FPV), y a raíz de esa recusación la presidencia fue ocupada por Carubia. Las objeciones a la integración del organismo han demorado cualquier definición en torno al comportamiento del magistrado al otorgar la libertad condicional a Sebastián Wagner, principal acusado del femicidio de la estudiante Micaela García.
El asesinato de Micaela García se produjo el sábado 1° de abril aunque su cuerpo recien fue hallado el sábado 8 de abril. El caso abrió una fuerte repulsa hacia el juez Rossi, quien en 2016 había puesto en libertad a Wagner, con dos casos de violación en su haber. Entones, se abrió una andanada de críticas al jueza, y la presentación de 8 pedidos de enjuiciamiento. Pero ninguna de esas presentaciones han podido ser evaluadas por el Jurado de Enjuiciamiento. Sólo se reunió dos veces —el 18 de abril y el 8 de mayo— y ni siquiera ha podido analizar las recusaciones.
Primero, la defensa de Rossi recusó a cinco miembros del Jurado de Enjuiciamiento: Ángel Giano, miembro titular por la Cámara de Senadores de Entre Ríos; Roque Ferrari, miembro suplente por la Cámara de Senadores; Diego Lara, miembro titular por la Cámara de Diputados, Rosario Romero, miembro suplente por la Cámara de Diputados y al vocal del STJ, Emilio Castrillón. Para la defensa del magistrado, todos habían adelantado una opinión en contra del magistrado. Es decir, que no eran imparciales.
Los abogados Vartorelli y Cullen plantearon las recusaciones por cuanto los miembros del Jurado, entendieron, habían tomado posturas públicas en torno al caso Micaela García, y así también sobre el juezz Rossi. Primero la recusación alcanzó a cinco miembros del Jurado: Ángel Giano, miembro titular por la Cámara de Senadores de Entre Ríos; Roque Ferrari, miembro suplente por la Cámara de Senadores; Diego Lara, miembro titular por la Cámara de Diputados, Rosario Romero, miembro suplente por la Cámara de Diputados y al vocal del STJ, Emilio Castrillón.
El Senado nombró como reemplazantes a Lucas Larrarte (FPV) y Daniel Olano (FPV); el STJ, a Susana Medina de Rizzo; y Diputados, a Daniel Koch (Frente Renovador) y a Esteban Vitor (Cambiemos). Pero estos dos últimos fueron recusados. Diputados volvió a elegir a sus miembros: ahora, serán Jorge Monge (Cambiemos) y Gustavo Zavallo (Frente Renovador), pero todavía no han podido asumir: deberán primero prestar juramento en el Senado, y ello ocurría recién el miércoles.
Durante la votación en Diputados, el jefe de la bancada de Cambiemos, Sergio Kneeteman, cargó contra el Poder Judicial. Hace 20 días, desde la presidencia del Jurado Desde la Justicia, dijeron que el Jurado “aún no ha comenzado a tratar las denuncias formuladas contra el Juez de Ejecución de Penas de Gualeguaychú, Carlos Rossi, debido a que aún no ha sido debidamente integrado para tratar las recusaciones contra algunos de sus integrantes, planteadas por el magistrado denunciado. En este momento, el Honorable Jurado se encuentra a la espera de la designación de dos representantes de la Cámara de Diputados”.
El guante lo recogió Kneeteman. Señaló que su bloque solicitó la suspensión del magistrado pero, en cambio, el STJ no avanzó en ese sentido. Finalmente advirtió que si se sigue prolongando el proceso, “vamos a pedir analizar la posibilidad de presentar un juicio político a los miembros del Superior Tribunal que están aceptando indefinidamente las recusaciones del abogado del juez Rossi”. El dardo fue dirigido a Carubia y a la segunda representante de la Justicia, Susana Medina de Rizzo.
“El Honorable Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia de Entre Ríos, considera necesario aclarar que, en el régimen institucional del sistema republicano que garantiza la división de poderes, constituye un órgano de la Constitución que, aunque integrado por representantes de distintos estamentos -actualmente: Superior Tribunal de Justicia, Poder Legislativo y Colegio de Abogados de Entre Ríos- mantiene autonomía e independencia de todos ellos y su proceder se rige por las disposiciones de la Constitución de Entre Ríos (arts. 218 a 228) y la normativa de la Ley Nº 9283, debiendo expedirse con absoluta imparcialidad e independencia de criterio en los asuntos en que deba intervenir, no aceptando presiones, directivas ni intromisiones de ningún otro órgano o funcionario del Estado, actuando estrictamente con sujeción a la ley y a la Constitución, tal como juraron desempeñar el cargo cada uno de sus miembros, y no de acuerdo al interés ni a la voluntad de distintos sectores, debiendo asegurar la legalidad del debido proceso y el ejercicio del derecho de defensa en juicio», dice el pronunciamiento del Jurado de Enjuiciamiento, que fue difundido a través de la oficina de Prensa del Poder Judicial.
Y dijo que «se han producido diversos planteos recusatorios contra algunos de los integrantes titulares y suplentes de este Cuerpo y, hasta la fecha, ninguna de esas recusaciones ha sido aceptada por el Jurado, el cual no ha logrado aún terminar de integrarse de acuerdo a lo dispuesto por el art. 221 de la Constitución de Entre Ríos que remite a la forma que prescriba la ley respectiva y, por su parte, el art. 9 de la Ley Nº 9283 remite expresamente a las normas pertinentes del Código Procesal Penal que, respecto del trámite a seguir, requiere la debida integración previa del tribunal para decidir sobre el punto (cftr.: art. 42, 2do. párr., Cód. Proc. Penal), trámite que actualmente se está siguiendo con arreglo a la ley y sin dilación alguna».
«Por lo demás, las recusaciones no pueden ser aceptadas ni rechazadas por el Presidente del Jurado, salvo aquellas que por su extemporaneidad o manifiesta absurdidad permitan su liminar desestimación, y la eventual suspensión del magistrado denunciado, competencia exclusiva y excluyente el Jurado de Enjuiciamiento (cfme.: art. 20, inc. 2, Ley Nº 9283), podrá ser decidida cuando se haya resuelto la formación de causa, lo cual podrá ocurrir después de decididas las recusaciones pendientes y con el Jurado debidamente integrado (cfme.: art. 24, Ley Nº 9283).”
La conformación de la nueva integración del Jurado de Enjuiciamiento es, de momento, una incógnita. Y todavía no ha asumido de modo formal.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.