“Ahora estoy en mi casa porque.me han impuesto esta medida. Es como una suerte de medida preventiva, mientras dure el enjuiciamiento al que me han sometido. No puedo ejercer mi cargo”.
De ese modo, la Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción Cecilia Andrea Goyeneche explicó su situación tras la decisión del Jurado de Enjuiciamiento del 30 de noviembre último que resolvió, por mayoría -6 votos a 1- ordenar la formación tras la denuncia presentada en su contra por supuesto mal desempeño en su función por parte de los abogados Carlos Reggiardo, primero, y Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet, después.
A Goyeneche le reprochan su actuación como coordinadora de la investigación en torno a los contratos truchos en la Legislatura, una causa de largo aliento que salpica el corazón del financiamiento de la política entrerriana. La Fiscal Anticorrupción mantuvo una relación comercial con uno de los imputados, Pedro Opromolla. «Una de las personas imputadas era amigo de mi esposo (Sebastián Orlando Bertozzi), y esto llevó a que desde el momento que se inició una causa, me empezaron a atribuir un vínculo y que debía apartarme de esa causa. El análisis que realizamos que no era causal de apartamiento porque la situación del fiscal no es la misma del juez», explicó en una entrevista con el programa De acá en más, de la periodista María O´Donnel, de FM Urbana.
Goyeneche negó que en la causa de los contratos truchos se haya cumplido aquel aserto que sostiene que quien es amigo de un funcionario judicial va a ser beneficiado en la investigación que lo involucra. «No ocurrió. Investigamos con absoluta honestidad», afirmó, y prueba de ello, agregó, es que en el escrito de remisión a juicio que presentó el Ministerio Público Fiscal, el imputado Opromolla tiene un pedido de pena de 6 años de prisión.
No lo entendió así el Jurado de Enjuiciamiento, que decidió abrirle causa y suspenderla en su función. Así votaron 6 de los 7 integrantes: los vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Martín Carbonell, Claudia Mizawak y Daniel Carubia; la abogada Sonia Rondoni, del Colegio de la Abogacía; y el senador Armando Gay y el diputado Gustavo Zavallo, ambos del Frente Creer. El único que propició el rechazo in límine de la denuncia fue el abogado Luis María Campos.
De igual modo, la Procuradora Adjunta, que desde el 27 de septiembre estuvo, hasta que fue suspendida, al frente de la acusación en el megajuicio a Urribarri y que coordinó la causa de los contratos truchos en la Legislatura hasta que se excusó, denunció que con la maniobra del jury procuran correrla a un lado. «No me cabe ninguna duda de que me quieren correr de estas causas», planteó.
Abren causa a Goyeneche y la suspenden en el cargo: cómo votaron
La acusación
A Goyeneche se le reprocha su actuación en la causa de los contratos truchos en la Legislatura, una investigación penal que se abrió en la primavera de 2018 y que busca desentrañar si realmente existió una «asociación ilícita» que distrajo millonarias sumas de dinero de las arcas de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, mediante la celebración de contratos laborales con monotributistas que recibían una ínfima parte de lo pactado: el grueso tenía un destino que la pesquisa judicial de momento no pudo determinar. Uno de los investigados, Pedro Eduardo Opromolla, tuvo relación comercial con la Procuradora Adjunta.
Goyeneche estuvo coordinando la investigación de la causa de los contratos truchos desde el inicio , en la primavera de 2018, y hasta el 29 de mayo de 2019, cuando se apartó de la causa. «Los planteos de recusación, que se apalancaban en las ´noticias´ publicadas en base a la información que construía y hacía circular la propia organización investigada, eran articulados sosteniendo que la suscripta mantenía un vínculos comerciales o de sociedad con el imputado Pedro Eduardo Opromolla, lo que, con el pasar del tiempo, fue mutando para pasar a sostenerse en esos artículos de prensa, que mi esposo era socio del estudio contable Integral Asesoría (el que fue allanado el 3/10/18 y sus integrantes -Gustavo Falco, Pedro Opromolla y Guido Krapp, y también el Licenciado en Sistemas Nicolás Beber y el corredor Inmobiliario Renato Mansilla- acusados por el MPF)».
Durante los años 2010/2016 mi esposo Sr. Luis Sebastián Orlando Bertozzi se desempeñó laboralmente en el estudio de arquitectura de Gastón Grand y José L. Churruarín, en donde se realizaron algunos proyectos de construcción, con la estructura de fideicomisos. Esto condujo a que resolviéramos realizar inversiones en esos proyectos, sobre lo que acompaño documental, no sin antes aclarar que en la maledicente denuncia, se insiste en afirmar -falsamente- que documental vinculada a estos aspectos habría sido secuestrada casualmente en los allanamientos realizados en el estudio contable ´Integral Asesoría´ el día 3/10/18 (queriendo brindarle a sus elucubraciones, un sentido de ´descubrimiento´ de una verdad ocultada). Nada de ello es cierto pues ninguna documental vinculada con estos aspectos fue secuestrada en ningún allanamiento», dice más adelante.
Respecto a ese punto, señala que adquirió mediante un fideicomiso»el 50% indiviso de la Unidad Funcional sometida al régimen de propiedad horizontal que forma parte del edificio con domicilio parcelario en calle La Paz Nº 236, Unidad Funcional Nº 32, planta 11vo. Piso, superficie exclusiva: 39,83 m2. y Unidad Complementaria Nº III -baulera-, propiedad exclusiva 3,10 m2. El inmueble fue adjudicado por Escritura pública del 14/12/2016 (copia acompañada como prueba 1A)». Luego, agrega: «Posteriormente, en fecha 09/03/2017, adquirí el 50% indiviso restante a al CPN Pedro E. Opromolla, operación realizada por boleto de compraventa, con firma certificada por Escribano Público (Libro de Registros e intervenciones Nº XXX Acta Nº 158, Folio Nº 158 del escribano Humberto Gracia – se acompaña copia como prueba 1B).- La autenticidad y fecha cierta del instrumento se infiere no solo de la certificación notarial sino también de la constancia de pago del sellado correspondiente a dicho contrato, emitida por la oficina fiscal respectiva (ATER). A su vez, la titularidad del inmueble de referencia fue oportunamente denunciada en la respectiva declaración jurada de Bienes Personales (prueba 2C) y la presentada en el Poder Judicial».
El primer pedido de jury a Goyeneche fue planteado el martes 13 de julio último por el abogado Carlos Reggiardo por su actuación en la causa de los contratos truchos en la Legislatura.
Además de su remoción, el letrado solicitó que Goyeneche sea suspendida mientras se tramita la causa por presunta falta de idoneidad moral, mal desempeño de sus funciones, e incumplimiento de los deberes a su cargo.
El abogado oriundo de Victoria enumeró una serie de hechos, que respaldó con publicaciones periodísticas. En primer lugar, calificó de grave la actuación de la fiscal en una causa en la que se descubrió que tenía una relación comercial con Pedro Opromolla, uno de los imputados e integrante del estudio contable Integral Asesoría.
En 2019, el Jurado de Enjuiciamiento había resuelto rechazar un primer pedido de enjuiciamiento de Reggiardo contra el Procurador General Jorge García.
El Jurado de Enjuiciamiento se declaró competente y desestimó denuncia contra el Procurador General de la Provincia, Jorge García, que había sido denunciado por mal desempeño el 21 de noviembre de 2018 por el abogado Carlos Reggiardo.
El Jurado de Enjuiciamiento resolvió por mayoría declararse competente para entender en la causa originada a partir de la denuncia del abogado Carlos Guillermo Reggiardo contra el Procurador General de la provincia de Entre Ríos, Jorge Amilcar Luciano García.
Los entonces jueces Emilio Castrillon, Daniel Carubia, Germán Carlomagno, Roberto Beherán y Jorge Campos entendieron que el organismo que integran era competente para tratar el tema, en tanto los jurados Diego Lara y Ángel Giano consideraron que debía tramitarse “el juicio político” ante la Legislatura provincial.
Asimismo se resolvió, por unanimidad, desestimar 12 de los 13 cargos denunciados por Reggiardo contra el Procurador García, entendiendo que no tenían entidad suficiente para formar causa.
En tanto, por mayoría, Lara, Giano, Carubia, Carlomagno y Beherán desestimaron el cargo denunciado contra García por no haber acusado al juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú, Carlos Rossi (art. 27. Ley 9283), quien fue sometido al Jurado de Enjuiciamiento, mientras que Castrillon y Campos entendieron que por este motivo debió declararse admisible la denuncia y disponer la formación de causa (art. 20 y 24 leyes 9283/9513).
Lo que resolvieron los jurados fue la admisibilidad del planteo contra el jefe de los fiscales. Y lo que resolvieron fue rechazar la acusación que había formulado el abogado Carlos Reggiardo, el mismo que había motorizado el juicio político al exvocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Carlos Chiara Díaz, proceso que devino abstracto tras la renuncia del magistrado.
El pedido de jury al Procurador fue presentado el 21 noviembre de 2018. En el escrito, el abogado Reggiardo pidió “la apertura del procedimiento de remoción del fiscal denunciado, ordenando la suspensión y oportunamente la destitución” del jefe de los fiscales, y fundó esa petición en una serie de planteos, como “falta de idoneidad”, “incumplimiento del deber de acusar” en el jury al juez Carlos Rossi, sometido a investigación por su actuación en la liberación del femicida de Micaela García, Sebastián Wagner; también por “denegatoria del derecho de acceso a la información”; por la designación de fiscales auxiliares sin dar intervención al Consejo de la Magistratura; por “tráfico y abuso de influencias”; y, entre otros reproches, por “operaciones de prensa”.
Ahora, mientras el Jurado de Enjuiciamiento tramitaba la denuncia de Reggiardo contra Goyeneche, hubo una segunda presentación: los abogados Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet presentaron ante el Jurado de Enjuiciamiento sendos pedidos de jury -con la accesoria de apartamiento temporal de sus funciones mientras dure la investigación- del Procurador General de la Provincia, Jorge Amílcar Luciano García, y de la Procuradora Adjunta, Cecilia Andrea Goyeneche.
En un texto de 100 páginas, Pagliotto y Mulet desarrollan sus cargos contra el Procurador y la Procuradora Adjunta, a quienes reprochan mal desempeño, incumplimiento de deberes funcionales y graves desórdenes de conducta, lo que también podría llegar a constituir, eventualmente, conductas tipificadas en el Código Penal, lo cual abriría la posibilidad de iniciar una Investigación Penal Preparatoria a ambos altos funcionarios.
A Goyeneche le endilgan su participación en la causa Contratos en la Legislatura, siendo a la vez socia de uno de los investigados. «Concretamente se acusa a la Dra. Cecilia Andrea Goyeneche por las causales previstas en el art. 15º inc. 6 y 9 de la Ley Nº 9283 y al Dr. Jorge Amílcar Luciano García de estar encuadrado en la causal del art. 15º inc. 4° y 9° de la citada ley -falta de vigilancia del movimiento general de la causa a cargo de su subalterna, y de no ejercer los inexcusables deberes a su cargo al no apartarla para que continuara con la investigación» de la causa Contratos, expediente «del cual objetivamente surgía que tenía intereses y como se desarrolla más abajo en este memorial, comportamiento omisivo que también encuadra en mal desempeño en sus funciones, a tenor del inc. 9 del art. 15º de la ley de enjuiciamiento».
Foto: Gentileza Análisis Digital
De la Redacción de Entre Ríos Ahora