Cuando todavía no concluyó la votación de los siete jurados, ya hay cinco votos que se inclinan por abrir causa a la Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción Cecilia Goyeneche, según pudo saber Entre Ríos Ahora. Esa decisión se da en el marco del pedido de jury en su contra planteado, primero, por el abogado Carlos Reggiardo, y, luego, por los letrados Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet, estos últimos también involucraron en su denuncia al Procurador General Jorge Amílcar Luciano García.
El Jurado de Enjuiciamiento está integrado por 7 miembros: el presidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Martín Carbonell, los vocales del STJ Daniel Carubia, y Claudia Mizawak: los tres votaron por abrir causa a Goyeneche; también lo hizo el senador Armando Gay (Frente Crer); en cuanto a los miembros del Colegio de la Abogacía, Luis María Campos rechazó la denuncia, mientas que su colega Sonia Rondoni votó por dar curso favorable la presentación de los abogados. Todavía resta el voto del diputado Gustavo Zavallo (Frente Creer). De ese modo, ya hay cinco votos que se inclinan por someter a jury a la Procuradora Adjunta.

Jueces: Mizawak, Campos, Zavallo, Gay, Carbonell, Carubia y Rondoni.
Después de que se resuelva la votación -y que luego de eso se defina si Goyeneche es suspendida de su cargo mientras se tramita el jury, un punto muy discutido y sobre lo que no hay acuerdo-, el Jurado de Enjuiciamiento tratará, por separado, el caso del Procurador: lo que debe resolver es si es competente para juzgar el desempeño de García o su caso debería ser tratado en un proceso de juicio político. Precisamente, esa duda fue planteada por el Procurador en su descargo, en el que afirmó que hay una «laguna jurídica» al respecto.
El 30 de julio último se conoció la presentación de Pagliotto y Mulet ante el Jurado de Enjuiciamiento con sendos pedidos de jury -con la accesoria de apartamiento temporal de sus funciones mientras dure la investigación- del Procurador General de la Provincia, Jorge Amílcar Luciano García, y de la Procuradora Adjunta, Cecilia Andrea Goyeneche.
Para entonces, Goyeneche ya tenía una denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento formulada por el abogado Carlos Reggiardo, que ya intentó, sin éxito, remover al Procurador.
En un texto de 100 páginas, Pagliotto y Mulet desarrollan sus cargos contra el Procurador y la Procuradora Adjunta, a quienes reprochan mal desempeño, incumplimiento de deberes funcionales y graves desórdenes de conducta, lo que también podría llegar a constituir, eventualmente, conductas tipificadas en el Código Penal, lo cual abriría la posibilidad de iniciar una Investigación Penal Preparatoria a ambos altos funcionarios.
A Goyeneche le endilgan su participación en la causa Contratos en la Legislatura, siendo a la vez socia de uno de los investigados. «Concretamente se acusa a la Dra. Cecilia Andrea Goyeneche por las causales previstas en el art. 15º inc. 6 y 9 de la Ley Nº 9283 y al Dr. Jorge Amílcar Luciano García de estar encuadrado en la causal del art. 15º inc. 4° y 9° de la citada ley -falta de vigilancia del movimiento general de la causa a cargo de su subalterna, y de no ejercer los inexcusables deberes a su cargo al no apartarla para que continuara con la investigación» de la causa Contratos, expediente «del cual objetivamente surgía que tenía intereses y como se desarrolla más abajo en este memorial, comportamiento omisivo que también encuadra en mal desempeño en sus funciones, a tenor del inc. 9 del art. 15º de la ley de enjuiciamiento».
La acusación dice: «En fecha 7/12/2018, en ocasión de llevarse a cabo ante la jueza María Carolina Castagno la audiencia pública y videograbada para tratar el recurso de apelación deducido por las defensas técnicas de los ciudadanos imputados Gustavo Pérez y Ariel Faure con motivo de haberse dictado la prisión preventiva de ambos por parte de la jueza de Garantías Marina E. Barbagelata, la Procuradora Adjunta Cecilia A. Goyeneche, fungiendo a unísono de Fiscal Anticorrupción (designada por el propio Procurador General, obviando la clara manda constitucional local del art. 208º), enfáticamente niega, a la vista y oídos de todos, tener vínculos comerciales o societarios de ninguna naturaleza con el imputado en esa causa, Cr. Pedro Eduardo Opromolla, a raíz de una nota publicada en fecha 05/12/2018 en el matutino El Diario de Paraná (escrita por el periodista Néstor Bellini) en la que se daba cuenta de que el aludido encartado y la referida Procuradora Adjunta, eran condóminos o copropietarios de un inmueble (departamento) sito en calle 9 de Julio Nº 165 de la ciudad de Paraná, lo que la Dra. Goyeneche atribuyó enfáticamente a una furibunda campaña de desprestigio montada contra los investigadores de este caso por parte de las defensas y ciertos medios de prensa, habiendo usado en la ocasión la estridente frase: ´Es falso su señoría´, discurso que es de público y notorio conocimiento y que se acompaña como prueba con este memorial de promoción de Jury».
Pagliotto y Mulet sostienen en su escrito que “se pudo acreditar que la mendaz y negadora Procuradora Adjunta, no será socia, copropietaria o condómina en una sino en dos propiedades, con lo cual, al inmueble de calle 9 de Julio Nº 165 se le sumaba un departamento del fideicomiso Baucis, emplazado en calle La Paz, lo que quedó palmaria y apodícticamente demostrado con prueba instrumental e informativa, suministrada por el propio Registro de la Propiedad Inmueble al responder un pedido de inhibición o embargo promovido por Fiscalía. Concretamente y sin entrar en largos y complejos detalles, pues todo lo que estamos afirmando surge prístino e incontrastablemente de las piezas del propio legajo y las evidencias allí producidas, en cambio sí es preciso destacar para no extraviarnos por arcanos andariveles de lo anecdótico, perdiendo de vista lo sustancial, que la Procuradora Adjunta, a la par de desempeñarse nada más y nada menos que como Fiscal Anticorrupción (o a cargo de ella), sabiendo y conociendo perfectamente de que compartía en condominio o sociedad dos (2) propiedades con el Sr. Pedro Eduardo Opromolla, imputado en la causa, lo negó rotundamente, incluso luego de haber concurrido a la inmobiliaria de otro de los imputados, Sr. Renato Mansilla, donde en el carácter de locadores (Goyeneche y Opromolla), suscribieron a favor de un tercero un contrato de Locación de uno de los inmuebles (el ubicado en calle 9 de julio), con lo cual no podría jamás desconocer y menos aun siendo abogada de fuste, la existencia de ese vínculo comercial con uno de los imputados y de la flagrante incompatibilidad que ello le generaba para seguir estando en el principal lugar de pesquisa, lo que mantuvo en bochornoso y desleal secreto y bajo estridentes negativas desde el mismo día en que se imputó en la causa al Cr. Pedro Opromolla, no sólo su socio comercial y amigo, sino que amigo íntimo y socio también en el Estudio Contable de su esposo, Cr. Luis Sebastián Orlando Bertozzi, emplazado en calle Misiones Nº 276 de esta ciudad, lo que está absolutamente probado por testimonios, prueba documental y otras evidencias en el propio legajo de la IPP, que se solicitará sea remitido íntegramente fotocopiado y certificado por quien funja de actuario/a”.
En el escrito, piden «la remoción contra la Dra. Cecilia Andrea Goyeneche y el Procurador General Dr. Jorge Amílcar Luciano García, solicitando se le dé trámite y dada la relación de dependencia funcional y jerárquica, además de haber sido designados por fiscales en actividad por el Dr. García, se los excluya de actuar como Procurador General subrogante y se proceda a requerir al Superior Tribunal de Justica que designe un Procurador General para asumir el cargo y actuar en el trámite de esta causa en el Jurado de Enjuiciamiento, el que se deberá sortear de la lista de abogados de la provincia, de modo público y ante notario, a fines de aventar cualquier sospecha de parcialidad hacia determinada abogada o abogado del foro».
En su descargo, Goyeneche pidió rechazar el planteo de Pagliotto y Mulet.
Según pudo reconstruir Entre Ríos Ahora, la funcionaria judicial planteó que la denuncia está plagada de datos falsos e inexactitudes, y que el fin de la presentación es intimidar a los integrantes del Poder Judicial que investigan delitos de corrupción. Se trata de uno de los argumentos que también esgrimió el 5 de agosto el Procurador García durante un acto de jura de fiscales.
Además, sostuvo que nunca tuvo una relación comercial con el imputado en la causa de los contratos en la Legislatura Pedro Opromolla y que éste tuvo un vínculo de amistad con Luis Sebastián Orlando Bertozzi, su esposo, a fines de los noventa. También explicó que participó de dos fideicomisos de construcción en los que estaba el contador Opromolla, pero que no se trató de una relación comercial.
Por otro lado, negó haber tenido un trato diferencial entre Opromolla y otros acusados de la causa Contratos y recordó que los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry piden 6 años de cárcel para el contador en el escrito de remisión de la causa a juicio. Asimismo, rechazó la acusación de que amenazó al abogado Miguel Ángel Cullen (defensor de Gustavo Pérez, exadministrador del Senado, imputado en la causa Contratos) durante una audiencia celebrada el 7 de diciembre de 2018.
En tanto, el Procurador General calificó de «falacia» la denuncia por mal desempeño que formularon en su contra los abogados Rubén Pagliotto y Guillermo Mulet ante el Jurado de Enjuiciamiento.
Lo hizo en su descargo ante el órgano que se encarga de evaluar el desempeño de funcionarios judiciales, según pudo reconstruir Entre Ríos Ahora a través de fuentes tribunalicias. En el extenso escrito, de más de 70 páginas, el Procurador se explayó sobre cuestiones jurídicas y también incluyó una chicana, cuando consideró que los denunciantes añoran un juez que saque a los imputados en pijama de sus casas, como le sucedió al exvicepresidente Amado Boudou.
En su respuesta a las acusaciones, García planteó dos cuestiones: en primer lugar, sostuvo que no es competencia del Jurado remover al Procurador, sino que el procedimiento adecuado es el Juicio Político a través de la Cámara de Senadores y Diputados; en segundo término, solicitó se rechace in limine (sin siquiera analizar) la denuncia, por no contener argumento serios y estar plagada de inexactitudes.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora