La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) desestimó el recurso interpuesto por la defensa del cura Justo José Ilarraz por medio del cual se solicitaba el sobreseimiento al entender que la acción penal se había extinguido por prescripción.
Este jueves, los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, firmaron la resolución que rechazó la pretensión del cura. Así, según dio a conocer el Centro de Informaciòon Judicial (CIJ), allanó el camino para que continúen las instancias judiciales correspondientes, ya que entendió que no existía obstáculo alguno para la prosecución del proceso seguido contra el sacerdote.
El cura fue condenado recientemente por la justicia provincial a la pena de 25 años de prisión al hallarlo penalmente responsable de cinco hechos de corrupción de menores y dos hechos de abuso deshonesto en su rol de prefecto de disciplina a cargo de los adolescentes que cursaban la secundaria en el Seminario Arquidiocesano Nuestra Señora del Cenáculo, entre 1985 y 1993.
El tribunal, conformado por Alicia Vivian, Carolina Castagno y Gustavo Pimentel, le impuso además la prisión preventiva, bajo la modalidad de arresto domiciliario, hasta que la sentencia quede firme. El cura cumple el arresto en un departamento en calle Corrientes 328, 6° A, de Paraná.