La cuestión es el «aspecto».

Una visión castrense de la educación en una escuela pública que no permite nada que sea distinto a los cánones impuestos por la moral y las buenas costumbres, que siempre son la moral y las buenas costumbres de unos pocos en una pretensión de adocenamiento.

En la Escuela de Comercio Justo José de Urquiza, de Chajarí, no permiten piercing, ni tatuajes, ni peinados «raros», ni pelos coloreados, ni que se hable de lo que no se quiere que hable, de cuestiones de género, de la despenalización del aborto.

Los derechos, al parecer, se aplican de un modo retaceado.

Eso denunció en su muro de Facebook el docente César Pibernus, secretario de organización de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), y lo que generó fue lo previsible: un vendaval de comentarios.

Muchísmos a favor, algunos en contra.

Lo hizo a partir de mensajes urgentes que recibió de tres docentes de la escuela. Y decidió hacer pública la situación.

«En el marco de la Asamblea Anual Ordinaria para actualizar los Acuerdos de Convivencia, parte del equipo directivo de la Escuela Secundaria N°4 Justo José de Urquiza de Chajarí empezó a aplicar una serie de vergonzosas restricciones a alumnos y docentes respecto al uso de accesorios como aros, piercings, a la visibilidad de tatuajes, al peinado y a posiciones personales respecto al temas como la igualdad de género o el aborto», escribió Pibernus.

Los acuerdos de convivencia vinieron a reemplazar los antiguos códigos de disciplina, y en teoría, son documentos que se redactan con participación de toda la comunidad educativa, una discusión horizontal que incluye a directivos, docentes, alumnos.

A veces, claro, ocurre que esos acuerdos de convivencia vienen preimpresos, y sólo cabe aceptar las imposiciones.

«¿Cómo puede ser que un directivo siente a un docente o a un alumno y le pida que se saque piercings y cambie su color de pelo y nadie diga nada?», se pregunta Pibernus.

En marzo, cada año, ocurre la discusión hacia el interior de las escuelas para redefinir los acuerdos de convivencia. «Los Acuerdos Escolares de Convivencia son una herramienta de gestión educativa que permite mediante una instancia democrática de interconsulta llegar a ciertos acuerdos institucionales. Dichos acuerdos regularán la vida escolar durante todo el año», publicó la página web del Consejo General de Educación (CGE).

Esos acuerdos están regulados por la resolución N° 1.692, del año 2009, y vinieron a reemplazar el sistema punitivo de las amonestaciones.

«Es necesario establecer diferencias entre los Acuerdos Escolares de Convivencia y los reglamentos de disciplina. Los primeros proponen valores y conductas deseadas asociadas a ellos, no invaden el campo de la privacidad, las creencias o el ámbito familiar, y por lo tanto no emiten juicios de valor sobre los sujetos. Los segundos se limitan a efectuar una prescripción de límites, una casuística detallada y particular, que muchas veces impide la toma de decisiones o favorece el análisis parcial y subjetivo de los episodios», dice la resolución N° 1.692.

 

Esos nuevos paradigmas no llegan a todas las escuelas, y la Escuela de Comercio de Chajarí no sería la excepción.

Respecto de lo que ocurrió en esa escuela, Pibernus escribió que la escuela empezó «a aplicar este mamarracho sin cerrar institucionalmente el proceso de reforma del Acuerdo, menos aún con el aval formal de la Supervisión que la normativa exige. Son acciones absolutamente inaceptables y autoritarias que, además, contradicen toda normativa actual. Y es más grave aún que intenten enmarcar estas restricciones en un mecanismo de participación y construcción democrática de normas como lo es el Acuerdos de Convivencia. Son los mismos que le hacen los deberes a Bordet persiguiendo a los docentes huelguistas a través de planillas en la sala de profesores».

«Además de las innumerables violaciones a la normativa -amplió-, estas decisiones constituyen un retroceso irreparable desde lo social, que pretenden retrotraer la vida escolar a los tiempos de la dictadura. Por otro lado, simbólicamente son una afrenta a nuestra memoria como pueblo, sobre todo a tan pocas horas de un nuevo 24 de marzo».

Después, lo plantea así: «¿El Acuerdo de Convivencia fija criterios respecto a la vestimenta, uso de accesorios, color de pelo? ¿Es excluyente en términos de uniforme? Si es así el Acuerdo de Convivencia, estamos en problemas».

Y cierra: «Quienes impulsan semejantes prácticas son militantes de la ´libertad con fijador´ y, en vez de conmemorarlo, están festejando el 24 de marzo».

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.