Por José Dumoulin (*)
El tema de los últimos días ha sido la pensión otorgada por el sistema provisional entrerriano a la concubina de un sacerdote (Carlos Barón, fallecido en junio de 2014).
Hay que distinguir dos ámbitos: el que todos compartimos por el sólo hecho de ser ciudadanos por el que estamos bajo un régimen de legislación común y sin ningún tipo de distinción. Y bajo este régimen es que se le concedió el beneficio de la pensión, cosa que no se puede discutir porque es lo que corresponde.
El segundo punto en cuestión es lo eclesial, que tiene un ordenamiento jurídico, que es regido por el Código de Derecho Canónico. Y bajo este régimen –y de acuerdo a toda la normativa actual de la Iglesia– es que se puede decir que el cura en cuestión no obró en consecuencia.
Este hecho que hoy ocupa varias publicaciones periodísticas fue ampliamente conocido por las autoridades de la Iglesia paranaense.
Se desconoce cuáles han sido, si las hubo, las intervenciones o llamados de atención o sanciones que se le debieron aplicar: esto quedará en la conciencia de ellos.
Lo que sí se evidencia, una vez más, es el modo de operar que desplegó la Iglesia con el caso Barón.
Se lo envió a estudiar a Europa, luego se lo confinó a un hospital geriátrico, el Fidanza, de Colonia Ensayo.
Aunque lo que siempre llamó la atención en torno a Barón que le hecho de que, a pesar del conocimiento que se tenía de su situación, se le siguió permitiendo ejercer el ministerio sacerdotal.
Esa decisión de la Iglesia de Paraná llamó la atención por cuanto el Código de Derecho Canónico es muy contundente al momento de intervenir en una situación de este tipo.
¿Mirar para otro lado? ¿Temor?
No se sabe por qué no se actuó de acuerdo a la norma eclesial.
Uno se pregunta: ¿será que esto es una práctica de muchos? ¿Habrá operado algún tipo de presión sobre las autoridades? ¿O, de alguna manera, se tolera porque es algo natural?
Sin dudas que al tolerar esta actitud, que parece no ser la única, ¿se estará abriendo la posibilidad a un blanqueo y sinceramiento de que el celibato no debe ser la única opción para ejercer el ministerio?
Son las conclusiones a las que se arriba.
Por otro lado, está a las claras que el padre Barón ejerció el ministerio sacerdotal con un sentido pastoral muy cercano a la gente. Entonces ¿por qué condenarlo?
Tal vez es hora de hacer un replanteo serio en el seno de la Iglesia sobre el celibato porque si en todos los casos se procederá haciendo oídos sordos a la normativa eclesial, ¿qué sentido tiene decir algo y obrar de manera diferente?
Eso es hipocresía.
(*) Sacerdote ahora en uso de licencia. Hasta diciembre fue párroco de Santa Rosa de Lima, en Villaguay.