Seis años después de la primera condena a 25 años de cárcel por abusos a menores que dictó la Justicia al cura Juan Diego Escobar Gaviria, la Iglesia de Paraná anunció que concluyó el proceso canónico seguido en contra del otrora máximo referente de la Cruzada del Espíritu Santo en Entre Ríos, la orden religiosa del sacerdote Ignacio Peries, y que se le aplicó una sanción: «la prohibición total en el ejercicio del ministerio público de la orden sacerdotal».
De todos modos, es una sanción simbólica y no modifica en mucho lo que ocurría hasta ahora: Escobar Gaviría tenía desde 2016, cuando se abrió la causa penal, la prohibición de oficiar misas en público. El Vaticano evitó acudir a la sanción más severa: la reducción al estado laical, lo que supondría expulsarlo de las filas de la Iglesia.
El defensor de Escobar Gaviria, Milton Urrutia, resaltó ese punto: «No perdió. Nosotros ganamos ese juicio canónico que se hizo en Buenos Aires. Se lo juzgó en silencio. El proceso diocesano que se hizo fue en absoluto silencio. Gaviria fue condenado por abuso, pero la Iglesia no lo condena; solamente lo sanciona. Y eso fue consecuencia de la defensa canónica que hicimos».
En una notificación que firma el arzobispo de Paraná, Juan Alberto Puiggari, remitida a las familias de las víctimas se señala que “se ha acreditado con la certeza suficiente la comisión del delito de abuso de un menor de edad en la persona” de RDR, uno de los denunciantes del sacerdote.

Puiggari comunicó a las víctimas el resultado del juicio canónico.
En total, fueron cinco los menores denunciantes; en cuatro casos se lo condenó a Escobar Gaviria; en uno, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), lo absolvió.
“El proceso ha terminado con la imposición de una persona canónica al mencionado clérigo, la cual habiendo transcurrido todos los plazos de apelación previstos en el Derecho Canónico y habiendo sido confirmada la sanción por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, se encuentra firme”, dice la notificación.
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El texto agrega: “Esta sanción consisten en la prohibición total en el ejercicio del ministerio público de la orden sacerdotal por el mismo plazo de la condena que se le ha dictado en el fuero penal secular. Asimismo, se ha dispuesto que, de producirse alguna modificación en su situación carcelaria por disposición de la autoridad judicial, quede éste sujeto a nuevas disposiciones canónicas”.
“Quisiera expresarle mi dolor personal por lo que ha vivido toda su familia con motivo de esta causa. Sé también que ello no es suficiente al lado de la gravedad de la situación por la que han atravesado. Sólo me queda asegurarme mi oración y cercanía y un renovado pedido de perdón en Ud a todas las víctimas”, señala Puiggari.
Escobar Gaviria fue sometido a dos juicios.
En junio de 2022, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay fijó en 23 años la prisión efectiva para el cura Juan Diego Escobar Gaviria, condenado en 2017 por corrupción de menores, hechos cometidos mientras estuvo destinado en Lucas González, en el departamento Nogoyá, entre 2005 y octubre de 2016. El sacerdote cumple la pena en la Unidad Penal de Victoria.
El Tribunal que emitió la resolución estuvo integrado por los camaristas María Carolina Castagno, Mariano Caprarulo y Fernando Martinez Uncal.
Se trata de una reducción de dos años de la pena impuesta el 6 de septiembre 2017 por el mismo Tribunal -con otra integración de jueces-. Entonces, el cura había sido condenado a 25 años de cárcel por haber abusado a cuatro menores. En tres casos se lo acusó de promoción de la corrupción de menores reiterada, agravada por su condición de guardador; y en uno por abuso sexual simple agravado por ser cometido por ministro de culto.
Sin embargo, en octubre de 2020 la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) hizo lugar a un recurso extraordinario presentado por los defensores del cura y revocó parcialmente el fallo.
El máximo tribunal provincial dispuso «absolver» al sacerdote por uno de los cuatro hechos por los que fue condenado, un abuso sexual simple, por cuanto la víctima no declaró en el juicio -estaba bajo tratamiento médico durante el tiempo en que se desarrolló el debate- y ordenó devolver el expediente al Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay para que emita una nueva condena.
El caso
Escobar Gaviria fue llevado a juicio en 2017 por cuatro hechos: tres de corrupción de menores agravada y uno por abuso sexual simple agravado. La investigación penal se abrió a finales de octubre de 2016, tras una presentación espontánea de las monjas de la congregación Hermanas Terciarias Misioneras Franciscanas, que dirigen el Colegio Castro Barros San José, de Lucas González.
Hasta el momento de la denuncia penal, Escobar Gaviria cumplió el rol de párroco de San Lucas Evangelista, adonde había llegado en 2005, como parte de la Cruzada del Espíritu Santo, la orden religiosa que preside el cura Ignacio Peries, de Rosario. Pero no bien las monjas se presentaron ante el defensor oficial Oscar Rossi, y dieron cuenta del caso de un nene de 11 años que dijo haber sido abusado por el cura, el arzobispo de Paraná, Juan Alberto Puiggari, ordenó su separación de la función de párroco y le ordenó buscar refugio en una casa religiosa.
La condena a 25 años de cárcel a Escobar Gaviria -que cumple prisión preventiva en la Unidad Penal de Victoria desde abril de 2017- dictada por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay fue confirmada por la Cámara de Casación Penal. Aunque la Sala Penal del STJ tuvo una mirada distinta y revocó parcialmente el fallo.
Concluyó que la cuarta víctima de Escobar Gaviria no testimonió en el juicio, y por eso hizo lugar parcialmente a la impugnación extraordinaria de los defensores Milton Urrutia y María Alejandra Pérez; revocó «parcialmente» la sentencia de Casación y la sentencia del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay.
Más tarde, en noviembre de 2020, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay volvió a juzgar a Escobar Gaviria por un quinto caso, y entonces le aplicaron 11 años de cárcel.
En marzo de 2023, la Cámara de Casación Penal de Concordia confirmó esa segunda condena al sacerdote Escobar Gaviria.
De igual modo, la causa sigue en la Justicia. La fijación de la pena a 23 años por el primer juicio que se dictó en Gualeguay fue confirmada por la Casación de Paraná, y ahora está recurrida ante la Sala Penal del STJ. También está en esa instancia la condena a 11 años de cárcel impuesta en el segundo juicio.
En tanto, el otro sacerdote involucrado en los escándalos de los abusos sexuales, Justo José Ilarraz, continúa con prisión domiciliaria en un departamento de calle Corrientes al 300, en Paraná, a la espera de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva el recurso de prescripción presentado por su defensa.
El 21 de mayo de 2018, el cura Justo José Ilarraz fue condenado a 25 años de prisión al encontrarlo la Justicia responsable de cinco casos de corrupción de menores agravada y dos casos de abuso deshonesto.
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Las víctimas pidieron al Vaticano una sanción, pero nunca tuvieron respuesta.
Sanción Canónica a Escobar … by Entre Ríos Ahora
De la Redacción de Entre Ríos Ahora