Dos delegados gremiales fueron despedidos por una administración municipal e iniciaron, cada uno por su lado, sendas demandas para ser reincorporados. En ambos procesos se exige el respeto por la Ley de Asociaciones Sindicales Nº 23.551, que establece una protección especial a quienes ocupan cargos electivos o representativos en las entidades gremiales. En tanto, el municipio apeló al respeto a la Ley de Responsabilidad Fiscal.

El primer pleito judicial lo inició Sergio Fabián Fritzler, delegado de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN); y el segundo, lo formuló Valeria Soledad Soto, delegada gremial del Sindicato de Empleados de la Administración Pública de la Provincia de Entre Ríos (Sedapper). Ambas denuncias son contra el intendente de Piedras Blancas, Fabricio «Gino» Mesquida, del PJ.

Sorpresivamente, en ambos casos, ningunos de los gremios mencionados han hablado públicamente del asunto que tiene a dos delegados batallando en la Justicia.

El primer caso arrancó el 27 de junio de 2019, cuando el entonces intendente César Weisheim (Juntos por el Cambio) firmó un decreto por el cual  designó a Fritzler en planta permanente, categoría 4. No obstante, el 23 de diciembre de ese año, a poco de asumir la intendencia, Mesquida firmó el decreto Nº 085 y dejó sin efecto el pase a planta.

Así, el abogado del sindicalista presentó un amparo sindical en la Justicia para que se revoque el decreto puesto que al momento de tomarse la medida Fritzler se encontraba con mandato vigente como delegado, situación que lo colocaría «dentro de la Tutela Sindical contenida por el artículo 48 de la Ley de Asociaciones Sindicales».

El intendente Fabricio Mesquida rechazó las designaciones de los gremialistas y el municipio fue demandado.

Por su parte, el municipio solicitó el rechazo del recurso por entender que la designación del dirigente en planta permanente “contraría las obligaciones asumidas por la Municipalidad de Piedras Blancas relacionadas con la Ley Nacional Nº 25.917 de Responsabilidad Fiscal a la que la Municipalidad adhirió mediante Ordenanza Nº 110/2017, en el marco de la Ley Provincial Nº 10480″.

Además, el municipio afirmó que Fritzler no contaba con la antigüedad anual en su relación para ser designado delegado gremial.

El 20 de marzo de 2020, el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de La Paz dispuso hacer lugar parcialmente la medida cautelar de reinstalación laboral de Fritzler como agente del municipio.

Sin embargo, poco después, el 12 de mayo de 2020, el juez Civil, Comercial y Laboral de La Paz declaró la incompetencia para analizar el caso en profundidad y mandó el expediente a la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Paraná, que el 5 de noviembre también rechazó analizar el tema.

Finalmente, el 4 de diciembre de 2021, la Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió el conflicto y dispuso que sea el juzgado de La Paz el organismo judicial que debe entender en el expediente.

El último movimiento en la causa se dio el 21 de diciembre del año pasado, cuando la Cámara de Apelaciones del Trabajo, Sala I, de Paraná, le rechazó otro recurso a la Municipalidad de Piedras Blancas. El fallo fue firmado por Gabriela López Arango, Fabiola Bogado Ibarra y Santiago Morande (en disidencia).

Fritzler contra el municipi… by Entre Ríos Ahora

En esta última acción, el municipio apeló la decisión del juez paceño que en 2020 había dispuesto la reincorporación del gremialista. El magistrado concedió el planteo y elevó las actuaciones a la Cámara paranaense, que concluyó que la apelación fue mal concedida.

El caso Soto

Por su parte, la gremialista Valeria Soto, delegada de Sedapper, interpuso una acción de tutela sindical exigiendo se deje sin efecto lo dispuesto por el decreto Nº 84, mediante el cual dejó sin efecto su designación en planta permanente, categoría 3. Al igual que en el caso de Fritzler, Soto fue nombrada en planta por el intendente anterior, de Cambiemos. Lo hizo César Weisheim el 27 de junio de 2019, seis meses antes de que asuma Mesquida.

En oposición al planteo, el área legal del municipio sostuvo que “los decretos dictados por autoridades que finalizaban su mandato que implicaran ingresos de personal tanto transitorios como permanentes, así como ascensos fueron contrarios a derecho por la sencilla razón que implicaron un ‘gasto corriente de carácter permanente’ ya que implican gastos que se prolongan por más de seis (6) meses y no se encuentran fundados en situación de emergencia de tipo social o desastre natural”.

Para el municipio, la designación fue violatoria de las obligaciones asumidas relacionadas a la Ley Nacional N° 25.917 de Responsabilidad Fiscal a la que la Municipalidad adhirió por Ordenanza N° 110/2017, Ley Provincial N° 10.480.

También puso en duda la representación gremial de Soto. “La actora al momento de su supuesta elección como delegado sindical en septiembre de 2019 no cumplía con un año de antigüedad de afiliación sindical exigido por el artículo 41 de la ley 23.551”, manifestó el letrado del municipio, Roberto Gastón Rosenberg Jantzon.

Valeria Sotelo contra la Mu… by Entre Ríos Ahora

Según supo Entre Ríos Ahora, el 27 de octubre de 2021, el juez de La Paz, Diego Rodríguez, ordenó al municipio a reinstalar a la dirigente, abonándole os salarios caídos que no hayan sido liquidados y abonados desde la sanción del Decreto Nº084/2019.

En su fallo, el magistrado sostuvo que la postura del municipio afectaba el derecho de libertad sindical, protegidos por el artículo 14 bis de la Constitución nacional, la Ley de Asociaciones Sindicales y los convenios 87 y 98 con la Organización Internacional del Trabajo, que garantiza a los trabajadores a elegir sus representantes.

“Lo expresado en cuanto a un eventual incumplimiento del denominado Pacto Fiscal dispuesto por Ley Nacional N° 25.917 de Responsabilidad Fiscal, no constituye un argumento válido para afectar los derechos de los trabajadores a contar con sus adecuados representantes, de Sedapper de ejercer sus funciones de representación colectiva o de la actora en su carácter de representante gremial”, completó.

Sin embargo, la historia está lejos de cerrarse, puesto que el municipio apeló la sentencia y el expediente espera una resolución desde el 15 de diciembre de 2021 en la Cámara del Trabajo de Paraná, Sala II.

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.