El juez Daniel Julián Antonio Malatesta, integrante del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, adoptó esa decisión y de ese modo rechazó los argumentos de la defensa, y además no hizo lugar a un planteo de excepción de falta de acción, que no había tenido eco favorable ante el juez de Garantías José Eduardo Ruhl, decisión que fue apelada. Los defensores técnicos plantearon que esas órdenes de publicidad fueron aprobadas, sin observaciones, por la Tesorería, la Contaduría y el Tribunal de Cuentas, y que por tanto es “cosa juzgada” y no se puede investigar delito alguno.
La causa en la que Báez y Urribarri -presidente de la Cámara de Diputados, uno; legislador oficialista, el otro- están embargados ya tiene pedido de elevación a juicio por parte del Ministerio Público Fiscal. El jueves 1° de febrero, los fiscales a cargo ahora de la causa penal, Alejandro Cánepa y Patricia Yedro pidieron la elevación a juicio de la causa, y también los embargos. Primero se hizo lugar a los embargos; pero todavía no se convocó a audiencia de remisión a juicio porque antes debían resolverse los planteos de la defensa.
La petición de los fiscales incluyó otros dos elementos relevantes: el pedido de desafuero para los diputados Urribarri y Baéz ; y un adelanto de la solicitud que harán durante el debate en juicio, la pena de 8 años de prisión, de cumplimiento efectivo, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos para Urribarri, Báez y Aguilera.
Los delitos investigados consistieron en el direccionamiento de órdenes de publicidad durante los años 2010 a 2015 por un monto total de $24.204.918,69 a lo largo del gobierno de Urribarri y su ministro Báez “en contrataciones de campañas publicitarias en vía pública a empresas vinculadas a Juan Pablo Aguilera, quien era funcionario público provincial y familiar del exgobernador”, según se desprende de la información oficial que distribuyó el Poder Judicial. Para los fiscales, esas firmas que se adjudican al Cuñado, Tep SRL y Next SRL, “absorbieron la casi totalidad de la publicidad en vía pública del Estado Provincial, la que se otorgaba desde el Ministerio de Comunicación a cargo de Báez de manera directa y por vía de procedimientos de excepción”.
En forma provisoria, los fiscales adelantaron que pedirán ocho años de cárcel para Urribarri, Báez y Aguilera; para Corina Elizabeth Cargnel, Jesús José María Bustamanbte y Hugo Fernando Montañana, seis años de prisión de cumplimiento efectivo; igual pena para Gustavo Rubén Tamay, con la accesoria de la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos; y cuatro años para Luciana Belén Almada, Emiliano Oscar Giacopuzzi, Alejandro Luis José Almada y Maximiliano Romero Sena.
La última vez que la Cámara de Diputados de Entre Ríos analizó un pedido de desafuero fue en septiembre de 2016, cuando la mayoría oficialista salvó al presidente de la Cámara y exgobernador Sergio Urribarri, y al exintendente de Diamante, Juan Carlos Darrichón.
Ambos tenían pedidos de desafuero. El desafuero para Urribarri fue solicitado por el juez de Garantías Nº 2 , Eduardo Ruhl, en el marco de la causa por calumnias e injurias que le inició el abogado Guillermo Mulet.
El desafuero para el diputado Darrichón fue firmado por la jueza de Garantías y Transiciones, Ana Quinteros Fagetti, en el marco de la causa por la retención indebida de aportes de los trabajadores municipales destinados a la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones, en tiempos en que fue intendente de Diamante. La causa está abierta desde 2009, y tuvo varias idas y vueltas en la justicia.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.