La Ley N° 10.930, sancionada el 27 de octubre de 2021 por la Legislatura, estableció el marco normativo para la carrera de enfermería en el sistema sanitario, y que determina «el vínculo laboral entre el Estado Provincial y los trabajadores y trabajadoras de enfermería regulando su ingreso, permanencia, promoción y egreso, estando su naturaleza comprendida dentro de las relaciones del empleo público provincial».
Un aspecto clave está contenido en el artículo 13° que habla, precisamente, del avance en la carrear. Dice: «Dentro de su mismo tramo, los enfermeros serán promovidos cada 3 años, hasta completar las 10 categorías de cada tramo, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
a) Contar con un promedio de calificación, que conforme al sistema que se adopte, resulte apto para la
promoción;
b) No poseer sumarios administrativos;
El cambio de tramo en la carrera provincial de enfermería se realizará de forma automática presentando: título
habilitante y matrícula Profesional extendida por el Ministerio de Salud de la Provincia, siempre que este cambio
garantice una remuneración superior a la percibida. Lo dispuesto en el presente artículo será sujeto a las disponibilidades presupuestarias».
La Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), gremio que impulsó la sanción de la norma, viene participando de la comisión de asesoramiento para la reglamentación de la ley. Durante la última reunión, el viernes, se profundizó el análisis de la propuesta relativa al artículo 13° de la referida norma que legisla sobre el sistema de promoción del personal. En el próximo encuentro, se prevé comenzar a tratar el régimen de concursos.
Al respecto, la secretaria gremial de UPCN, Carina Domínguez, dijo que, de acuerdo al avance registrado en la comisión, dentro de su mismo tramo los enfermeros serán promovidos cada tres años siempre que cuenten con un promedio de calificación que resulte apto para la promoción. Al respecto, dijo quela reglamentación del referido artículo debe incluir criterios de evaluación, causales que impedirían acceder a la recategorización, quiénes tendrán a cargo la evaluación y la nota de las calificaciones que posibilitarían la promoción, entre otros aspectos.
La dirigente dijo que desde UPCN se hizo especial hincapié en definir e incorporar los criterios básicos a tener en cuenta en la evaluación, más allá de que con posterioridad, el Ministerio emita una resolución al respecto. “Las directrices centrales de la evaluación tienen que formar parte de la reglamentación de la Ley 10.930”, sostuvo la, Además, planteó la necesidad de establecer claramente el plazo que tendrá el personal de Enfermería para realizar el descargo en el caso que el resultado de la evaluación sea desfavorable. “El objetivo es garantizar que el enfermero/a sea debidamente notificado para que pueda proceder en consecuencia”, fundamentó Domínguez.
Por otra parte, trasmitió que “la evaluación se realizaría anualmente y cada tres años, la calificación obtenida habilitaría el acceso a la promoción”.
La próxima reunión tendrá lugar el 25 de este mes. “Se va a comenzar a tratar el régimen de concursos”, adelantó Domínguez.
Ley de Enfermeria by Entre Ríos Ahora
De la Redacción de Entre Ríos Ahora