La Justicia rechazó la pretensión del exsubsecretario de Planeamiento de la Municipalidad de Paraná, Eduardo López Segur, quien a principios de noviembre había sido dejado cesante en su cargo de «asesor» de la Municipalidad de Paraná por el exintendente Sergio Varisco, y de ese modo se quedó sin conseguir su pretensión: que el Estado le pague salario sin que se haya comprobado que efectivamente haya trabajado.

López Segura fue dejado cesante por Varisco junto a una treintena de exfuncionarios por aplicación del decreto N° 2.516, del 6 de noviembre último. El diseñador de la bicisenda que nunca funcionó en bulevard Maciá accionó contra la Municipalidad de Paraná «a fin de que se proceda al inmediato pago de los servicios prestados, haberes correspondientes al mes de noviembre de 2019 por su desempeño como Asesor Técnico de la Presidencia de la Municipalidad de Paraná con rango de subsecretario». En su demanda, expresó que su presentación «reviste carácter alimentario, y que la falta de pago íntegro de sus haberes implica una omisión por parte de la Municipalidad de Paraná que debe reputarse manifiestamente antijurídica».

Argumentó que su cargo era político, y que su función debió haber cesado el 10 de diciembre, junto con el resto del funcionariado, y no antes.

Lopez Segura Amparo by Entre Ríos Ahora on Scribd

Pero el abogado Emiliano Izaguirre, en representación de la administración del actual intendente Adán Bahl, rechazó el planteó de López Segura con un argumento que aparece como enfático: no está probado que el exfuncionario haya prestado efectiamente los servicios que dice haber cumplido. En buen romance, que nunca trabajó. En el escrito de respuesta a la demanda, Izaguirre señaló que López Segura «jamás prestó ningún servicio para el municipio, no hay constancia alguna de registro de asistencia en ningún parte, ni que exista documental alguna que se lo haya eximido al mismo de suscribir el registro de asistencia, ni constancia de intervención en labor alguna».

No sólo eso. Además, pidió que el decreto de designación de López Segura como asesor sea declarado nulo por cuando se lo nombró con retroactividad.

Al respecto, plantea que fue designado mediante decreto N°249, de febrero de 2018, como «Asesor Técnico de la Presidencia Municipal» con rango de subsecretario, a partir del 1° de enero de 2018. Y subraya que dicho acto administrativo «es nulo y está viciado. por cuanto se está en presencia de una manifiesta y prohibida irretroactividad: ´a partir del 1° de enero de 2018´, cuando el acto administrativo decreto N°249 está fechado el 19 de febrero de 2018. Es evidente que el único objetivo de esa designación era equipararlo a un subsecretario para que se le liquide lo que cobra un Subsecretario Municipal. Solicita sea declarado nulo el decreto N°249 por el cual ha cobrado y pretende se le abone el mes de noviembre, fundando ello en que estamos en presencia de un reclamo de índole alimentaria».

López Segura es ubicado en la categoría de «ñoqui» según la respuesta oficial de la Municipalidad a la demanda judicial. El escrito de respuesta señala que «a) no obra en esta dependencia, constancia alguna de asistencia del señor Lopez Segura Eduardo Horacio; b) no obra normativa ni disposición del Presidente Municipal saliente o de cualquier dependiente de él, por medio de la cual se eximiera al mencionado agente de suscribir registro de asistencia o de que se registre su asistencia en el parte de la dependencia,y lo mismo se informa desde la Subdirección Ficheros y Antecedentes, es decir, que no hay registros que en el mes de Noviembre haya prestado servicios, ni que haya registro de su asistencia en el ámbito de la Secretaría Privada» del Departamento Ejecutivo Municipal.

Puesto a resolver el entuerto, el camarista Virgilio Alejandro Galanti, integrante de la Sala III de la Cámara Segunda Civil y Comerial, concluyó en la imposibilidad de dilucidar «si efectivamente el arquitecto López Segura ha prestado o no su débito laboral y mediante qué forma lo ha hecho en relación al mes de noviembre cuya ejecución viene a reclamar. Tampoco puedo afirmar que lo señalado por los representantes del Municipio -con sustento en actuaciones administrativas que acompaña- sea falso. Y es evidente entonces que esclarecer este asunto, a los efectos de determinar la ilegitimidad manifiesta de la omisión de pago, requiere un ámbito de debate y prueba que excede largamente el de esta acción, y que el accionante podría eventualmente intentar por otra vía que así lo permita. Así las cosas, no encuentro posibilidad de admitir la demanda y condenar al Municipio a cumplir un supuesto deber omitido que en este marco no se encuentra claro ni probado».

Y resolvió en ese sentido: rechazó la demanda de López Segura. Una resolución distinta a la que consiguió otro exasesor de Varisco, Juan Meglio, que consiguió un fallo favorable en la Justicia.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.