El Consejo General de Educación (CGE) estableció que ninguna autoridad educativa extenderá constancia de “certificación negativa” ante requerimientos de obras sociales que brinden la prestación de maestros integradores a sus afiliados. La ´certificación negativa´ es un modo de que Educación confirme que no se hace cargo del costo de la incorporación de los maestros integradores en el aula para acompañar la trayectoria de alumnos con discapacidad.

A través de la circular N° 11, dictada el último jueves 5 de marzo, el CGE estableció: “Teniendo en cuenta situaciones suscitadas en lo que respecta a los requerimientos de distintas obras sociales con afiliaciones en la Provincia para brindar la cobertura de Maestro de Apoyo a alumnos con discapacidad, dentro de los cuales se solicita ´certificación negativa´ de cualquier autoridad educativa en la cual se exprese que el CGE no se hará cargo de la prestación. Respecto de esta solicitud se deja aclarado que el personal dependiente del Consejo General de Educación (de cualquier grado en la carrera docente o jerarquía funcional) no se encuentra facultado para emitir Certificaciones Negativas en nombre de este Organismo. Dicha tarea no se encuentra indicada en ninguna normativa aprobatoria de roles y funciones”.

La cobertura por parte de la mayor prestadora de salud de la provincia, el Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper), estuvo a punto de naufragar en 2019 tras la declaración de la emergencia prestacional.

La discusión giró en torno a si el acompañamiento de los maestros integradores a alumnos con discapacidad es una prestación de salud o una cuestión estrictamente educativa.

¿En qué se basa el pedido de incorporación de un maestro orientador integrador al aula?  Por un lado, la Ley N° 24.901, que regula el sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad; por otro lado, la resolución 1328/2006 del Ministerio de Salud de la Nación.

Desde 2016, y a través de la resolución N° 702, Iosper autoriza la prestación del servicio de maestro de apoyo “a los afiliados que lo soliciten para niños y jóvenes con certificado único de discapacidad e incluidos en la educación común en los niveles inicial, primario y secundario con planes de trabajo y con los aranceles que establece el Ministerio de Salud de la Nación”.

Pero tres años después de vigencia de ese sistema, Iosper decidió reverlo y entendió que se trata de una prestación “esencialmente educativa y se realiza preponderantemente en los establecimientos educativos donde concurren nuestros afiliados con discapacidad en función de la integración escolar propiciada”. En esencia, se está, explicó a través de la resolución N° 2044, que dictó el martes 22 de octubre de 2019, de “una dificultad para aprehender los contenidos curriculares por parte el alumno integrado” y que “los médicos no pueden evaluar la necesidad de un apoyo escolar”.

Aunque finalmente, a principios de noviembre, la medida quedó sin efecto.

Iosper decidió dar marcha atrás con la decisión de no seguir brindando la cobertura de maestros integradores para alumnos con discapacidad, y acordó con la Provincia que a partir de 2020 habrá un mecanismo de compensación financiera para sostener el servicio.

La decisión se materializó a través de la resolución N° 2.131, dictada este lunes 4 de noviembre, a través de la cual la obra social provincia dispuso “derogar” la norma N° 2.044, tras cuya publicación, que ocurrió el 22 de octubre último, admitió Iosper, “se han apersonado ante las delegaciones de Iosper padres de niños con discapacidad manifestando su preocupación en relación al ingreso, desarrollo, permanencia y egreso de los mismos en los establecimientos educativos”.

En el año 2019 en Iosper fueron aprobados 467 pagos a maestros integradores, lo que representó una erogación de $6.200.000 mensuales para la obra social.

Pero en 2018 fue la obra social la que acudió a la Justicia para denunciar una serie de irregularidades con la prestación de ese servicio.

Primero denunció a Rosana Mariela Juarez, docente y afiliada al Iosper, dependiente de la Dirección Departamental de Educación de Gualeguay, aunque su domicilio declarado es en Villaguay.

Tiene el cargo de directora de la Escuela de Educación Integral N° 1 de Concordia, y también el de maestra de sección, aunque con licencia sin goce de sueldo. Además, acumula 12 horas cátedra en el nivel secundario.  A esa tarea, le agrega una función extra: se registró como prestadora de un servicio de imposible cumplimiento, maestra integradora orientadora (MOI) para dar asistencia a los afiliados al Iosper que así lo requieran.

El Iosper la denunció en la Justicia por acumular cargos de imposible cumplimiento, y porque estaría en imposibilidad de cumplir con los compromisos asumidos.

Según la denuncia que formuló en la Justicia la obra social provincial, la docente Juarez “no solo que brinda sus servicios de maestra orientadora integradora durante la mañana y la tarde; es directora de una institución escolar y profesora de otra escuela, sino que también y a su vez, recibe prestaciones de salud de la obra social por padecer de obesidad mórbida en razón de lo cual presuntamente estaría recibiendo tratamiento de rehabilitación pagado por la obra social”.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.