El exgobernador Sergio Urribarri fue condenado hoy a la pena de 8 años de cárcel -la Fiscalía había pedido 12 años- al hallarlo culpable de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública en el marco del megajuicio que investigó tres grandes causas de corrupción de su gobierno.
De los 13 imputados que llegaron al megajuicio, fueron absueltos 5 imputados: el exministro de Turismo, Hugo Marsó; los exfuncionarios de la Unidad Operativa Mercosur Hugo Céspedes -fallecido durante el proceso- y Gustavo Tórtul; Alejandro Almada y Maximiliano Sena.
El adelanto de veredicto se conoció al cabo de una extensísima audiencia, de 13 horas de duración: se inició a las 8,31 y concluyó cerca de las 21,30.
Las penas y las absoluciones
Al exgobernador Sergio Urribarri, por la comisión en su calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, en 5 hechos, solicitaron la pena de 12 años de cárcel. Además, la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal lo condenó a 8 años de cárcel.
A Pedro Ángel Báez, exministro de Cultura y Comunicación, exdiputado provincial del PJ, por la comisión en calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, 4 hechos, le pidieron la pena de 10 años de cárcel, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La condena fue de 6 años y 6 meses de prisión.
A Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, funcionario del Senado de Entre Ríos, como partícipe necesario de los delitos de peculado ynegociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, en dos hechos, le fue solicitada una pena de 10 años de prisión. Además, la accesoria de la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue condenado a 6 años y 6 meses de cárcel.
A Corina Elizabeth Cargnel, contadora de las empresas Next SRL y Tep SRL, que se adjudican al cuñado Aguilera, se la acusa como partícipe necesaria de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública en 2 hechos. Por esos hechos, la Fiscalía pidió para Cargnel 8 años de cárcel, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal consideró excesiva la pena pedida por Fiscalía y le aplicó 3 años de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua.
Al empresario Gerardo Daniel “Foia” Caruso el Ministerio Público Fiscal lo imputa como partícipe necesario en la comisión del delito de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública, en concurso ideal. Y pide la pena de 5 años de prisión y la inhabilitación absoluta perpetua. El tribunal le aplicó la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional.
Al exministro de Turismo de Urribarri, Hugo José María Marsó, acusado como autor del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, le pidieron la condena a 5 años de prisión más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue absuelto de culpa y cargo.
A Emiliano Oscar Giacopuzzi, acusado por Fiscalía de ser “testaferro” de Aguilera, se le imputa como partícipe secundario del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal y se pidió para él la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La pena aplicada por el tribunal es de 2 años y 6 meses de ejecución condicioanl.
A Gustavo Rubén Tamay, en carácter de partícipe necesario de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, Fiscalía pide la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Le aplicaron 3 años de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua, más pago de multa de $90 mil.
A Luciana Belén Almada, esposa de Aguilera, también acusada de ser “testaferro”, le achacan en carácter de partícipe secundaria el delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal y piden la pena de 3 años de prisión de carácter condicional, y la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La pena aplicada 2 años y 6 meses de ejecución condicional.
A Alejandro Luis José Almada, cuñado de Aguilera, Fiscalía le achacó ser partícipe secundario en el delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal, y le pidió la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional. También, la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal decidió absolverlo. Almada actualmente es funcionario de la Cámara de Diputados. Fue absuelto de culpa y cargo.
A Maximiliano Romeo Sena, otro “prestanombre”, según Fiscalía, fue acusado por Fiscalía como partícipe secundario del delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal, pidieron 2 años y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal lo absolvió.
A Germán Esteban Buffa, el empresario suertudo que obtuvo una pauta publicitario del Estado antes de que pudiera constituir su empresa, Global Menas, y que fue parte del gerenciamiento de El Diario, de Paraná, como partícipe necesario en el delito de negociaciones incompatibles con la función pública, Fiscalía pide una pena de 3 años de ejecución condicional y la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal le aplicó la pena de 1 año y 2 meses de prisión condicional.
A Gustavo Javier Tórtul, funcionario del Estado provincial, como partícipe necesario del delito de peculado y de negociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, la Fiscalía solicitó la pena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal entendió que no tuvo participación en los delitos reprochados, y lo absolvió. También absolvió al ya fallecido Hugo Céspedes.
El proceso contra Urribarri se inició el 27 de septiembre de 2021, y luego de una larga discusión en torno a las condiciones sanitarias por la pandemia de coronavirus. Se apeló, incluso, a un informe del Comité de Organización de la Emergencia Sanitaria (COES), que respondió sin pasión que ellos nada tenían que ver con los bretes del Poder Judicial. «Es competencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) analizar, adaptar y establecer los protocolos adecuados de acuerdo a la infraestructura y a las estrategias que puedan adoptarse para la ejecución de las actividades que le correspondan», dijeron.
El 22 de septiembre, el presidente del tribunal, José María Chemez, dio por cerrada la discusión. «Descartamos que haya afectación de defensa en juicio2, dijo el juez Chemez al leer la resolución, y al informar, además, que se permitirá la asistencia del 100% de los participantes de las audiencias en forma presencial, y no con un aforo del 70%. «Carece de sentido mantener el aforo del 70%», concluyó al resaltar las últimas medidas de flexibilización de las restricciones por la pandemia anunciadas por el Gobierno nacional en ese momento. «La suspensión resulta inadmisible, porque ya hubo 4 suspensiones de este juicio, y acceder a una nueva suspensión dejaría el proceso abierto sine die -sin plazo, sin fecha, en latín-, lo que resulta incompatible con las normas esenciales de seguridad jurídica», entendió el tribunal, que conforman además María Carolina Castagno y Elvio Osir Garzón.
Al final, fue preciso un segundo informe del ingeniero Mario Benavento, coordinador responsable en Higiene y Seguridad en el Trabajo del STJ, y del médico Pablo Marcelo Taleb, médico del Trabajo afectado a Salud Ocupacional del Poder Judicial de Entre Ríos, que fijaron los parámetros a cumplir por las partes en el megajuicio a Urribarri. Nadie se contagió de Covid en el amplísimo salón de audiencias del STJ en el que se desarrollaron las audiencias que sentaron en el banquillo a 13 imputados, el exgobernador, dos de sus exministros, su cuñado, y un lote de empresarios, parientes y amigos. Cinco meses después, llegó el adelanto de sentencia.
Al megajuicio -agrupó tres megacausas- se llegó luego de la decisión que adoptó el 13 de agosto de 2020 la Justicia: se dispuso la acumulación de las tres causas judiciales que cargaba Urribarri sobre sus espaldas: el primer caso es el otorgamiento de una pauta publicitaria del Estado a la empresa Global Means, del empresario Germán Buffa, antes de que esa firma tuviera existencia real; el segundo expediente, la “causa de la vaca” o “de las imprentas”, que investigó de qué modo dos empresas, Tep SRL y Next SRL, que se adjudican al cuñado de Urribarri, Juan Pablo Agueilra, se quedó durante 5 años con la torta del negocio de la pauta publicitaria oficial en cartelería en vía pública; y el tercer caso, la megacausa del Sueño Entrerriano, que involucra la publicación de una solicitada contra los fondos buitre; la instalación de un parador playero en Mar del Plata que costó $14 millones; y el pago a la productora Nelly Entertainment de $28 millones para difundir tres spots en apariencia para difundir la Cumbre del Mercosur de 2014.
El 6 de septiembre de 2019, el juez de Garantías Ricardo Bonazzola había resuelto elevar a juicio la megacausa del Sueño Entrerriano, que debía realizarse entre agosto y septiembre de 2020. El 27 de abril de 2020, en medio de la pandemia y del aislamiento estricto, estaba programado que se inicie el juicio por la «causa de la vaca», con audiencias programadas hasta el 27 de mayo. No se concretó: fue el primero de los juicios a Urribarri que se aplazó, en este caso por la delicada situación sanitaria por el coronavirus.
Para octubre de 2020 se había programado el juicio por la causa Global Means, que finalmente quedó sin efecto por cuanto antes, en agosto de ese año, se había resuelto la unificación de las tres causas en un único juicio.
En el alegato de apertura del megajuicio, el 27 de septiembre de 2021, la hoy suspendida Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción Cecilia Goyeneche -ahora sometida a un proceso de jury- hizo un recorrido por las distintas causas y fue dolarizando el supuesto perjuicio económico al Estado provincial que habrían generado aquellas maniobras reprochadas como delitos. Dijo que la sumatoria daría una cifra que impacta: u$s 8.660.600, según la matemática del Ministerio Público Fiscal. Ese monto, a valores históricos -aún dolarizado- es el perjuicio total de las maniobras que le reprochan a Urribarri, sus parientes, sus exfuncionarios y los empresarios ligados a su gobierno.
En el alegato de clausura, los fiscales Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull pidieron las penas para cada uno de los 13 imputados, según el siguiente detalle:
Al exgobernador Urribarri, por la comisión en su calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, en 5 hechos, solicitaron la pena de 12 años de cárcel. Además, la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
A Pedro Ángel Báez, exministro de Cultura y Comunicación, exdiputado provincial del PJ, por la comisión en calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, 4 hechos, le pidieron la pena de 10 años de cárcel, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
A Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, funcionario del Senado de Entre Ríos, como partícipe necesario de los delitos de peculado ynegociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, en dos hechos, le fue solicitada una pena de 10 años de prisión. Además, la accesoria de la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
A Corina Elizabeth Cargnel, contadora de las empresas Next SRL y Tep SRL, que se adjudican al cuñado Aguilera, se la acusa como partícipe necesaria de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública en 2 hechos. Por esos hechos, la Fiscalía pidió para Cargnel 8 años de cárcel, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
Al empresario Gerardo Daniel “Foia” Caruso el Ministerio Público Fiscal lo imputa como partícipe necesario en la comisión del delito de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública, en concurso ideal. Y pide la pena de 5 años de prisión y la inhabilitación absoluta perpetua.
Al exministro de Turismo de Urribarri, Hugo José María Marsó, acusado como autor del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, le pidieron la condena a 5 años de prisión más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
A Emiliano Oscar Giacopuzzi, acusado por Fiscalía de ser “testaferro” de Aguilera, se le imputa como partícipe secundario del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal y se pidió para él la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
A Gustavo Rubén Tamay, en carácter de partícipe necesario de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, Fiscalía pide la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
A Luciana Belén Almada, esposa de Aguilera, también acusada de ser “testaferro”, le achacan en carácter de partícipe secundaria el delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal y piden la pena de 3 años de prisión de carácter condicional, y la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
A Alejandro Luis José Almada, cuñado de Aguilera, Fiscalía le achaca como partícipe secundario el delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal, y le pide la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional. También, la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Actualmente, es funcionario de la Cámara de Diputados.
A Maximiliano Romeo Sena, , otro “prestanombre”, según Fiscalía, como partícipe secundario del delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal, pidieron 2 años y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
A Germán Esteban Buffa, el empresario suertudo que obtuvo una pauta publicitario del Estado antes de que pudiera constituir su empresa, Global Menas, y que fue parte del gerenciamiento de El Diario, de Paraná, como partícipe necesario en el delito de negociaciones incompatibles con la función pública, Fiscalía pide una pena de 3 años de ejecución condicional y la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.
A Gustavo Javier Tórtul, funcionario del Estado provincial, como partícipe necesario del delito de peculado y de negociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, la pena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora