La fiscal Patricia Yedro rechazó hoy el planteo defensivo de que en la investigación contra el exgobernador Sergio Urribarri -condenado a 8 años de cárcel por delitos contra la Administración Pública- y otras personas de su entorno hubo una «injerencia del Poder Ejecutivo Nacional», que en el período 2015 y 2019 estuvo a cargo de Mauricio Macri. Lo dijo en la continuación de la audiencia en la que los defensores piden que se revoquen las condenas dictadas el 7 de abril de 2022 por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná.

La representante del Ministerio Público Fiscal abordó una de las causas que integraron el megajuicio, la denominada “causa de las vacas” o también conocido como «de las Imprentas», en referencia a las empresas Tep SRL y Next SRL, que se adjudican a Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri.

En la audiencia del 17 de marzo, el abogado Miguel Ángel Cullen, defensor del empresario Emiliano Giacopuzzi, señalado como “prestanombre” de Aguilera, y la contadora Corina Cargnel, sostuvo que en la investigación se violó el principio del juez natural, ya que la Policía Federal intervino para llevar adelante el allanamiento ordenado el 1º de agosto de 2016 en las instalaciones de las empresas Tep SRL y Next SRL, donde se encontró un disco rígido arrojado a una casa vecina, y que fue considerada por Fiscalía como “la caja negra de la corrupción”.

En ese procedimiento se apartó a la Policía de Entre Ríos con el argumento de que en ese momento el jefe político, a cargo del Ministerio de Gobierno, estaba el hijo del exgobernador, Mauro Urribarri. En vez de la fuerza provincial, se apeló a una fuerza federal que entonces estaban bajo el mando de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, calificada por Cullen como “enemiga declarada” del kirchnerismo y del urribarrismo.

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Hoy, la fiscal Yedro desestimó de plano esa hipótesis y la calificó de “descabellada”. “El juez sentenciante rechazó de plano este planteo, considerando que no había afectación al principio del juez natural. Determinó que la Policía Federal actuó a modo de policía judicial o administrativa. Es insólito que se pretenda utilizar esta garantía para cuestionar la intervención de la Policía. La Policía no tiene funciones de juzgamiento”, arrancó en su alegato ante ante la Cámara de Casación Penal, integrada por las juezas Marcela Davite, Marcela Badano y María Evangelina Bruzzo.

En esa línea, agregó: “No podemos soslayar que esta pretensión es inadmisible. No deja de llamar la atención que el cuestionamiento se hace sobre aquel allanamiento de calle Racedo 415, donde estaba la imprenta, y sobre el secuestro del dispositivo realizado en la casa de la señora Brambilla (NdelaR: se refiere al disco rígido hallado en la casa lindera a la empresa). Este argumento no tiene más que insistir con la exclusión de elementos de prueba llevados a juicio”.

Enseguida, explicó por qué decidieron excluir a la Policía provincial del procedimiento: “Se investigaban graves hechos de corrupción enquistados en el Poder Ejecutivo, con muchos actores ocupando aún altos puestos gubernamentales. Con una Policía que dependía del Ministerio de Gobierno. Sin ánimo de ofender a nuestra Policía provincial, que tanto colabora con nosotros a diario, pero era un caso no común y tomamos esta decisión porque algunos de los imputados están familiarmente vinculados con quienes están en las fuerzas policiales”.

Yedro puntualizó luego que no hubo una injerencia del macrismo en la investigación, cuestión planteada por la defensa. “Rechazamos que se sostenga que hubo una injerencia del Ejecutivo Nacional, supuestamente para perseguir a quienes hoy están condenados. Rechazamos esos argumentos porque están alejados de la realidad. ¿Qué prueba hay de una injerencia del Ejecutivo Nacional en una investigación provincial?», preguntó de cara a los abogados defensores.

Luego pasó revista a todo el procedimiento llevado a cabo en la empresa donde se encontró el disco rígido con información valiosa para la investigación. Resaltó que el secuestro de elementos y la confección de actas de testigos se realizó correctamente.

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Asimismo, destacó las pruebas que recopilaron para probar que las imprentas pertenecían, en realidad, a Aguilera. Señaló que ello era conocido por políticos, empleados de Casa de Gobierno y que no lo desconocían Urribarri y su ministro de Comunicación Pedro Báez.

“Aguilera era dueño de las empresas y era conocido por particulares, los empleados del Ministerio de Cultura y por Urribarri y Báez. También demostramos que Tep había sido favorecida porque era una empresa a la que se derivaba desde el ministerio de Cultura todo lo que sea de acciones de gobierno y campañas”, manifestó Yedro.

“Urribarri no podía desconocer que las imprentas eran de su cuñado, fundamentalmente porque mostramos correos y mails de personal del Ministerio de Cultura y era frecuente que Aguilera participara de reuniones con el gobernador y donde asumía la responsabilidad de imprimir volantes”, señaló.

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Más adelante refirió que en la investigación acreditaron que “en la empresa de Aguilera se pagaba el seguro de un auto del hijo del gobernador”, entre otras irregularidades, principalmente relacionadas al acceso a contrataciones oficiales.

“Mostramos que los controles de contratación eran laxos e inexistentes, que había ausencia de justificación de contrataciones, que había propuestas fechadas con posterioridad a la orden de publicidad, falta de certificación, certificación sin firma de funcionario responsable, renovación de campaña por período de cuatro a seis meses sin justificación. Estas faltas no podían considerarse de errores administrativos”, concluyó.

La audiencia continuará mañana, a las 9, con la réplica de abogados defensores.

 

El fiscal Ramírez Montrull pidió al tribunal la confirmación de las condenas.

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.