La realización o no del megajuicio al exgobernador y actual embajador argentino en Israel, Sergio Daniel Urribarri, volvió a quedar en dudas: este viernes, luego del cuarto intermedio abierto el jueves, y de las exposiciones de todas las partes, el tribunal conformado por los jueces José María Chemez, María Carolina Castagno y Elvio Osir Garzón decidió prorrogar hasta el próximo miércoles 22, a las 12, para dar una definición. «Decidiremos si prosperan o no los pedidos de las defensas», anunció Chemez.

En el arranque de la audiencia de este viernes -continuidad de la que se realizó ayer jueves-, Marcos Rodríguez Allende, defensor de Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, interpeló al ingeniero Mario Benavento, quien diseñó el protocolo sanitario para la realización de las audiencias. El intercambio de preguntas y respuestas fue en los siguientes términos:

-Usted habla de un aforo del 70%: ¿de dónde lo toma?

-Eso sale del decretoN°  2.141, que fija que en lugar cerrado la capacidad es del 70% .

-Usted habla que la capacidad máxima del salón de audiencias es de 47 personas. ¿Por qué concluye en ese dato? ¿Qué medidas toma para concluir que son 47personas  la capacidad máxima para este salón?

-Para eso me baso en el decreto N° 2.141, que fija distanciamiento de 2 metros. En función de ese distanciamiento y las dimensiones del salón, concluyo que puede almacenar el número que dije.

-Teniendo en cuenta el aforo del 70%, estamos haciendo referencia de 33 personas como máximo. ¿Es correcto?

-Sí, es correcto.

-Usted describe la distribución de los abogados en este salón, de esas 33 personas que podrían integrar la capacidad  máxima,  dice que 5 personas se ubiquen en el balcón (el salón tiene un espacio superior, NdelR).

-Sí, siempre respetando el distanciamiento de 2 metros.

-¿Por qué razón, en el informe de hoy, describe la posibilidad de distanciamiento de 1,5 metros. Tanto el decreto nacional, al que adhiere el decreto 2.141, siempre habla de 2 metros de distanciamiento. Nunca nadie habla de 1,5 metros.

-Al respecto, le digo que el informe del COES, en el párrafo donde habla de distanciamiento, dice que la distancia entre personas es de 1,5 metros a 2 metros. Pedimos explicación al COES de dónde había tomado esa distancia de 1,5 metros, porque el decreto 2.141 cita que es de 2 metros. COES   no nos dice en base a qué lo hace. En su respuesta, vuelve a decir que la distancia aconsejada es de 1,5 metros y 2 metros. Por eso, en el último informe, agrego que, producto de lo informado por el COES, si cambia el distanciamiento de personas el salón permitiría más gente, con aforo del 70%.

Decreto 2141 by Entre Ríos Ahora

 

-Es un cambio sustancial. ¿Usted, como ingeniero, qué dice respecto a lo que indica la norma?

-2 metros.

-Cuando elaboran este protocolo lo hicieron en base a la dinámica del juicio por jurados o tuvieron en cuenta la dinámica de un juicio oral y público como este, que se desarrollará a lo largo de muchas horas y 45 días aproximadamente. ¿Se tuvo en cuenta?

-Lo que hacemos con cada protocolo, antes de elaborarlos, es consultar al organismo que realiza el juicio. Tenemos entrevista para conocer cómo se desarrolla el juicio. La mayoría han sido para juicio  por jurados. Y particularmente cuando nos tocó este caso especial, le solicitamos a OGA (Oficina de Gestión de Audiencias) que nos explicara esta forma de interrelación. Nos contestó por escrito la cantidad de personas,  el tiempo de duración, la cantidad de testigos, pero no nos explicó la dinámica en sí. Por lo tanto, nosotros nos basamos en  el cumplimiento del distanciamiento y en cumplir la normativa.

-¿La dinámica del debate no se tuvo en cuenta?

-No.

-En un informe de COES dice que se aconseja que todos aquellos eventos que implique interacción entre gran número de personas en espacio cerrado y que no pueda garantizar el cumplimiento de protocolo, debería diferirse. ¿Comparte eso?

-Pedimos al COES que nos aclarara el concepto. Le solicité explicitar el número y el tiempo de duración de las  audiencias. Y no tuvimos respuesta.

-Son 150 testigos, más de 30 profesionales en este salón, 45 días, dos meses y medio mínimo. ¿ Usted qué opina.

-Creo que si se respetan las normativas -ventilación, los elementos que solicitamos- se podría llegar a realizar. Siempre respetando,  para mi entender, la normativa de 2 metros de  distanciamiento,  se podría llevar a cabo.

-¿Cómo sería la ventilación en este salón?

-Lo primero que aclaré que este salón no tiene ventilación en forma directa. Lo que sí puede generar es una ventilación cruzada indirecta, a través de las puertas que tiene una ventana abierta, dejando las puertas abiertas en forma permanente.

-¿Qué dice la norma?

-Que se debe hacer con ventilación cruzada. Pero hablamos de ventilación cruzada indirecta.

 

Protocolo Juicio Urribarri by Entre Ríos Ahora

 

Argumentaciones

Los defensores reiteraron sus resquemores con la realización del megajuicio por cuanto, aseveraron, no está garantizado el correcto ejercicio del derecho de defensa por las restricciones que impone el protocolo sanitario para evitar el contagio por Covid-19.

“No está garantizado el derecho de defensa. Está absolutamente limitado y causa perjuicio de imposible reparación”, aseguró Miguel Cullen. Una persona, para ser sometida a juicio, debe tener todas las garantías. No me voy a prestar a un simulacro de juicio”, apuntó Emilio Fouces. Ignacio Díaz habló del “bicho” por la variante Delta, y mencionó cuáles son, a su criterio, los imponderables que impiden la realización del debate. “Voy a pedir la suspensión de este debate”, anunció e hizo reserva del caso federal.

Marcos Rodríguez Allende planteó que desde hace un mes hay un debate respecto de si es posible hacer el juicio con la aplicación de un protocolo sanitario. La capacidad máxima del salón del STJ, dijo, es de 47, pero por aplicación del aforo del 70%, sólo podrán ingresar 33 personas. Al respecto, resaltó que entre todas las personas que participarán de los debates superarán ese número. “Entonces, pediremos a dos fiscales que no asistan, pediremos a los defensores que no asistan, que lo hagan por zoom, y que 5 abogados se suban al balcón y que con un Handy le preguntemos a los testigos. No es viable. No es posible”, señaló.

“No nos cuenta nada diferir el debate hasta después de octubre. ¿Tanto nos puede costar?”, preguntó Rodríguez Allende. “No cuesta nada”, aseguró.

La Procuradora Adjunta Cecilia Goyeneche respondió los cuestionamientos. “No hay protocolo. Existen recomendaciones, que este tribunal lo convertiría en protocolo si lo aprueba. Pero no hay protocolo de audiencias”, observó. Recordó una acordada del Superior Tribunal de Justicia (STJ), del 3 de agosto último, que autorizó la realización de audiencias en juicios orales, respetando las normas sanitarias.

Luego, relativizó las exigencias de cuidados en las audiencias por cuanto los índices de contagio y la vacunación cambian el escenario. «Solicito que se rechace la pretensión de las defensas de suspender este debate, que se nos informe fecha de inicio del juicio, y qué tiempos se va a dedicar qué tiempos se va a dedicar a las cuestiones previas para definir la citación a testigos», planteó.

La exposición de Goyeneche mereció la airada reacción del defensor Miguel Cullen, que se sintió tocado en su «honorabilidad», en un cruce que reeditó la discusión que ya mantuvieron ambos en una audiencia por la causa de los contratos en la Legislatura.

 

 

La unificación

El 13 de agosto de 2020, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná integrado por los jueces José María Chemez, María Carolina Castagno y Elvio Osir Garzón -el posible, luego de una catarata de inhibiciones de excusaciones de otros magistrados para intervenir en el caso- resolvió que no habría tres juicios en contra del exgobernador y actual embajador argentino en Israel, Sergio Daniel Urribarri, sino uno solo.

De ese modo, la Justicia llevó a Urribarri al banquillo con tres grandes causas unificadas en un único expediente: el megajuicio incluye  tres causas de corrupción acumulados, y de ahí el nombre: N° 11.808, caratulado “Urribarri, Sergio Daniel; Báez, Pedro Ángel; Tórtul, Gustavo Javier; Céspedes, Hugo Félix; Aguilera, Juan Pablo; Cargnel, Corina Elizabeth; Marsó, Hugo José María; Caruso, Gerardo Daniel. S/Peculado y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”; N° 4.385, caratulado “Urribarri, Sergio Daniel; Báez, Pedro Ángel; Aguilera, Juan Pablo; Cargnel, Corina Elizabeht; Montañana, Hugo; Tamay, Gustavo; Almada, Luciana; Giacopuzzi, Emiliano; Almada, Alejandro; Sena, Maximiliano. S/Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y defraudación a la Administración Pública”; y  N° 6.399, caratulado “Urribarri, Sergio Daniel; Báez, Pedro Ángel; Buffa, Germán Esteban. S/Negociaciones incompatibles en el ejercicio de la función pública”.

La decisión se adoptó cuatro días antes del inicio, el 17 de marzo del año último, del juicio por la causa del Sueño Entrerriano.

Entonces, como ahora -que estaba previsto que el megajuicio se iniciara este jueves 16 de septiembre y no pudo ser-, la piedra de toque que derivó en el aplazamiento del proceso a Urribarri -el segundo que se suspendió en 2020- fue a propósito de un planteo de los defensores, que argumentaron riesgos sanitarios por la pandemia de coronavirus y la imposibilidad de llevar adelante un proceso que involucra a personas con factores de riesgo. Pero además argumentaron la «conexidad subjetiva»: esto es que se tramitan tres causas en juicio oral con el mismo imputado y los mismos delitos. La primera, la «causa de la vaca», que se iba a concretar en 2020 pero se suspendió; «el Sueño Entrerriano», y  el proceso que tiene fecha para octubre, en el que se investiga la distribución amañada de publicidad oficial, que también se suspendió.

Cada una de esas causas se tramitaron en forma separada y, durante 2020, se fijaron los días de juicio. Pero en forma sucesiva fueron suspendiéndose. El jueves 13 de agosto, el tribunal que finalmente quedó para juzgar a Urribarri, conformado por los jueces José María Chemez, María Carolina Castagno y Elvio Osir Garzón –se habían excusado Alejandro Grippo, Gustavo Pimentel y Rafael Cotorruelo, primero; y Pablo Andrés Vírgala y Gervasio Pablo Labriola, después- decidió suspender, por razones sanitarias, el inicio del juicio, el “Sueño Entrerriano”, y resolvió la unificación: la primera, la «causa de la vaca», que se iba a concretar ese año pero se suspendió; «el Sueño Entrerriano», también suspendido; y  el proceso que tenía fecha para octubre del año pasado, en el que se investiga la distribución amañada de publicidad oficial, que también se suspendió.

El 6 de septiembre de 2019, el juez de Garantías Ricardo Bonazzola decidió elevar a juicio la megacausa del Sueño Entrerriano, en la que están imputados por los supuestos delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública el exgobernador Sergio Urribarri, los ex ministros de Cultura, Pedro Báez, y de Turismo, Hugo Marsó, y el cuñado del exprimer mandatario, Juan Pablo Aguilera.

La megacausa del Sueño Entrerriano incluye tres expedientes: la investigación por la instalación de un parador playero en Mar del Plata, que le costó a la provincia $14 millones; la contratación de la productora del empresario farandulero Jorge “Corcho” Rodríguez, Nelly Entertainment SA, para difundir tres spots de promoción de la Cumbre de Presidentes del Mercosur, que se realizó en Paraná en 2014, por un monto de $27 millones; y la contratación con distintos medios gráficos de la publicación de una solicitada contra los fondos buitres que le supuso a las arcas del Estado entrerriano el gasto de unos $4 millones. La tesis de la Fiscalía es que dichos fondos públicos se utilizaron para financiar la fallida campaña presidencial de Urribarri, cuyo slogan distintivo fue el “Sueño Entrerriano

Las audiencias del juicio se habían fijado para los días 18, 19, 20, 25, 26 y 27 de agosto y 1, 2, 3, 8, 9, 10, 15, 16, 17 22, 23, 29 y 30 de septiembre de 2020.

Pero no hubo juicio por el Sueño Entrerriano. Fue, como se dijo, el segundo juicio que se suspende a Urribarri. El primero que se iba a sustanciar contra el hoy embajador en Israel, el que se denomina mediáticamente como «Causa de la Vaca», ya lleva tras aplazamientos.

En abril de 2020, la Justicia suspendió el primero de los tres juicios que iba a sentar en el banquillo a Urribarri. Se trata la denominada «Causa de la vaca», con fecha de inicio de las audiencias previstas para 27 de abril del año pasado y que se extenderían por un mes: hasta el 27 de mayo.

Aquella vez, la suspensión se fundamentó en la situación de emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.


El juicio debió comenzar el 20 de noviembre de 2019,
pero diez días antes se suspendió a pedido de un grupo de abogados defensores por cuanto las audiencias se iban a superponer con la sustanciación  de las causas Narcomunicipio y Narcoavioneta que se tramitaba en el Tribunal Oral Federal (TOF) de Paraná, juicio en el que finalmente terminó condenado el exintendente de Paraná, Sergio Varisco. La resolución, firmada por los jueces Rafael Cotorruelo, Gervasio Labriola y Alejandro Grippo, dispuso la suspensión en base a la petición hecha por los abogados defensores de los imputados, quienes argumentaron que la denominada «causa de la vaca», que investiga el pago de retornos en la distribución de contrataciones publicitarias en vía pública, supone una recarga de trabajo porque su realización coincide con el juicio por la causa narco que sustancia el Tribunal Oral Federal (TOF), en la que están imputados, entre otros, Daniel «Tavi» Celis y el intendente de Paraná, Sergio Varisco, de la que participan los mismos defensores.

Fue el segundo aplazamiento. En realidad, el juicio tenía fecha de inicio para el 29 de julio de 2019, pero la petición de dos abogados defensores, Marcos Rodríguez Allende y Emilio Fouces, que argumentaron problemas de salud, derivó en la primera suspensión.

Restaba, sin embargo, un tercer juicio de Urribarri.

En febrero último se conoció la resolución judicial que fijó fecha a un nuevo juicio, el tercero, que iba a enfrentar este año el exgobernador y designado embajador en Israel Sergio Urribarri: los días 26, 28, 28 y 30 de octubre de 2020 fueron las fechas que se fijaron para los debates en la causa en la que está acusado de negociaciones incompatibles con la función pública en la que también están involucrados el exministro de Cultura y Comunicación y exlegislador provincial Pedro Ángel Báez, y el empresario pizzero Germán Buffa.

La resolución de los jueces Gervasio Labriola,  Gustavo Pimentel y Alejandro Grippo se dio en el marco de la causa en la que Urribarri y Báez están procesados por supuestas negociaciones incompatibles con la función pública, por el otorgamiento de una pauta de $118 mil a la empresa Global Means SA, del empresario pizzero Germán Buffa. El empresario también está procesado y se le endilga el mismo delito, pero en grado de partícipe necesario.

En la causa se investigaron hechos sucedidos en 2011, cuando Urribarri era gobernador y Báez director de Información Pública. En 2013 el diputado nacional radical Jorge D’ Agostino (mandato cumplido) denunció la situación. El caso se tramitó bajo el viejo Código Procesal Penal de la provincia, y por ello la instrucción estuvo a cargo de un juez de Transición.

Buffa fundó la empresa Global Means SA junto a Leonardo Víctor Poma.  El acta de constitución de esa empresa está fechada el 15 de agosto de 2011. Pero extrañamente , un mes antes la firma ya operaba como proveedora del Estado entrerriano.  Todo fue extraño, a decir verdad: la orden de publicidad que le pagó la administración Urribarri/Báez está fechada el 1° de julio de 2011; Global Means SA presenta presupuesto recién el 15 de julio de 2011, y la sociedad se constituiría el 15 de agosto de ese año.

La imputación precisa que siendo Urribarri gobernador, y Báez Director de Información Pública,  el 1° de julio de 2011 habrían direccionado hacia Global Meanas SA dos avisos para publicar en el diario Agroempresario, en las ediciones de agosto y septiembre de 2011.

El primero fue bajo la consigna de “Entre Ríos Exporta”; y el segundo se dirigía al turismo, con el speech “Entre Ríos Invita”. Uno y otro aviso se publicaron en las ediciones 91 y 92 de Agroempresario, por un monto de $118 mil.

Esa cifra, se supo además, fue aprobada por el decreto N°1057 del 18 de abril de 2012, que lleva las firmas de Urribarri y Báez. La tesis de la fiscalía es que hubo un “direccionamiento arbitrario” que se habría realizado en connivencia con el empresario Buffa.

Según la fiscalía, para la presunta contratación amañada también se sortearon los mecanismos legales de contratación, como la competencia de oferentes, es decir la licitación pública. Otro detalle que surgió, es que el pago de los $118 mil se dio cuando la empresa beneficiada ni siquiera se encontraba inscripta en el Registro de Medios.

Buffa está sindicado por el Ministerio Público Fiscal de ser «testaferro» de Báez. “Claramente esta empresa pertenece a Báez”, llegó a decir en una audiencia la fiscal Matilde Federik en relación a Global Means.

Pero ese juicio ni siquiera se pensó realizar: en agosto, dos meses antes del inicio de las audiencias, se dispuso la unificación de las tres causas en el ahora megajuicio.

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora