La Cámara de Casación Penal rechazó una impugnación extraordinaria presentada por el abogado Nelson Schlotahuer, defensor de Juan Alberto Forcher, que entre 2005 y 2013 estuvo al frente del exjefe del Grupo Scout San Cipriano, de Diamante, condenado en 2018 a la pena de 14 años de cárcel por el delito de promoción a la corrupción de menores.
La causa había sido caratulada en un principio “Forcher, Juan Alberto s/Promoción a la corrupción agravada”, y se originó tras una presentación que hicieron en junio de 2015 dos jóvenes, exintegrantes del Grupo Scout San Cipriano, que revelaron en la Justicia una serie de hechos de abuso sexual que el Ministerio Público Fiscal consideró como promoción a la corrupción.
Durante el juicio a Forcher -que se desarrolló entre el 24 y el 28 de septiembre de 2018-, el fiscal Gilberto Robledo planteó: “La Fiscalía demostró que a lo largo de 20 años el señor Forcher se valió de su condición de líder del grupo scout de Diamante para corromper la sexualidad de jóvenes que tenía a su cargo”.
En tanto, el fiscal Laureano Dato enumeró los “reiterados hechos ilícitos atribuidos a Juan Alberto Forcher, en perjuicio de las víctimas L.A.N.; C.M.D.; B.N.J. y el joven N.J.E. en relación a los ilícitos atribuidos; esto es, los continuos y prolongados ataques a la sexualidad e indemnidad de los menores cometidos por quien tenía un deber positivo, por ser el líder de la agrupación scout y profesor del Instituto Santa María, de formar en cuanto a valores y velar por la educación de los mismos y su normal desarrollo. No obstante, y sin embargo, hizo lo contrario, captó un grupo de niños que integraban la rama ´raiders´, o caminantes scout, dando lugar a distintas actividades de trato sexual ilícito reiterado con la finalidad espúrea de tener un acercamiento y realizar comportamientos que están severamente sancionados” por la ley vigente.
Así, en el caso de L.A.N.,y bajo la excusa del “control de vellosidad“ por una técnica de lo que sería de higiene, tuvo contacto con los genitales del menor estando en presencia del joven C.M.D. y también de los dos jóvenes B.N.J. y N.J.E.. “Esos actos perversos tuvieron un contexto corruptor porque todos ellos se encontraban en ese momento desnudos al igual que su propio líder y formador Juan Forcher en el interior de su domicilio en calle Urquiza de la ciudad de Diamante, siendo los hechos perpetrados entre los años 2013/2015. Es decir, que partiendo de las valientes denuncias de C.J.M., C.L.E. y de V.G.R., se ha demostrado un patrón de comportamiento en los últimos 20 años del señor Juan Forcher, quien valiéndose de la imagen que generaba en los menores vulnerables como líder de scout y formador en la educación, se consolidó fácticamente como prueba ese patrón de conductas de comportamientos que afectaron de forma prematura, en forma excesiva y perversa porque los filmaba, actos en contra la integridad sexual de menores entre 14/18 años que era la franja que el señor Forcher captaba como dirigente”.
Tras aquella primera presentación en Tribunales, los fiscales ordenaron un allanamiento a la vivienda particular de Forcher, en Diamante, de donde secuestraron material filmado por el exjefe scout que mostraba a los chicos y adolescentes desnudos en compañía del dirigente en los distintos campamentos que organizaba.
El miércoles 18 de octubre de 2017 la causa fue elevada a juicio oral por el juez de Garantías de Diamante, Julián Vergara. En tanto, el 11 de noviembre de 2017, juez Rafael Martín Cotorruelo, vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, rechazó el planteo del defensor Schlotahuer, y confirmó la resolución que ya había adoptado el juez Vergara: elevó la causa a juicio oral.
El 5 de octubre de 2018 un tribunal conformado por los camaristas Carolina Castagno, Alejandro Cánepa y Gervasio Labriola dio a conocer el veredicto al cabo de las audiencias orales y condenó a 14 años de cárcel a Forcher. Fue enviado directamente a la cárcel, pero un planteo ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) posibilitó que recuperase la libertad hasta que la condena adquiera firmeza.
En agosto de 2020, la Cámara de Casación Penal confirmó la condena a 14 años de Forcher, que a través de su defensor intentó una impugnación extraordinaria contra esa resolución. Pero los jueces Marcela Badano, Marcela Davite y Hugo Perotti volvieron a rechazar el planteo. La resolución está fechada el 23 de febrero de 2021.
«Soslaya así el recurrente los argumentos que, en respuesta a los agravios casatorios, fueron desarrollados por este tribunal al concluir que la prueba fue analíticamente considerada, sin darse los extremos que pretende el recurrente; que se encuentra acreditado que los actos realizados por Forcher con los jóvenes resultaron idóneos para promover su corrupción, que realizó actos de contenido sexual con ellos, y que esos actos resultaron capaces de afectar su crecimiento y libre desarrollo sexual; que precisamente, la no comprensión de sí mismos como víctimas, es demostrativa del modo comisivo de engaños elegido por Forcher, cuyo rol no era imponerles un modo de sexualidad, sino respetar la intimidad y sexualidad de los jóvenes», dice la resolución de Casación.
Y agrega: «También insiste el Señor Defensor en la alegada violación del principio de imparcialidad mediante la actuación de los Jueces de grado durante el debate; al respecto, visto y oídos los pasajes señalados por la defensa, este tribunal rechazó enfáticamente tal acusación observando incluso la ausencia del desarrollo de un fundamento serio que la sustente».
El caso, claro, lejos está de cerrarse. A la defensa de Forcher le queda el camino de llegar en queja a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ). Y ya anticipó que, agotada la instancia provincial, acudirá a la Corte Suprema de Justicia. Mientras, el exjefe scout aguarda la resolución final de su causa en libertad.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora