El bloque de senadores de Cambiemos le reclamó al gobernador Gustavo Bordet que dicte la reglamentación de la ley sancionada en 2011 en la Legislatura y que crea en Entre Ríos un Registro de Violadores.

Se trata de la Ley N° 10.015 que establece la creación de un Registro de Defensa de la Integridad Sexual. El pedido de Cambiemos se funda en un hecho de estricta coyuntura: el femicidio de la estudiante Micaela García, en Gualeguay, y sobre todo el fallo del juez de Ejecución de Penas de Gualeguaychú, Carlos Rossi, que liberó en 2016 a Sebastián Wagner, con dos causas por violación y con una pena de 9 años de prisión, que el magistrado decidió reducir.
Por esa determinación, adoptada en 2016, dos años antes de que se cumpliera impuesta a Wagner, Rossi tiene sobre sus espaldas cinco pedidos de jury, con acusación por mal desempeño. Hasta el presidente Mauricio Macri y el ministro de Justicia, Germán Garavano, han pedido su cabeza.

«Los hechos acontecidos en la ciudad de Gualeguay ponen de manifiesto la urgente necesidad de reglamentar la Ley Provincial 10. 015, promulgada en el año 2011. Dicha ley crea el Registro de Defensa de Integridad Sexual, así como también, contempla la creación de un Banco o Registro de Datos Genéticos de autores de Delitos contra la Integridad Sexual, que debe contar con datos personales, fotos, ADN y antecedentes judiciales de los condenados por delitos sexuales. Sin su debida reglamentación, la ley está vigente pero no se encuentra operativa siendo, en los hechos, letra muerta», dicen desde Cambiemos.

El Registro de Defensa de la Integridad Sexual, o Registro de Viladores, se conformará, dice la ley sancionada en 2011, “con los datos personales, físicos, fecha de condena, pena recibida y demás antecedentes procesales valorativos de su historial delictivo, de los condenados” por delitos contra la integridad sexual, información que se complementará con las correspondientes fotografías y registros de ADN.

“Los datos obrantes en dicho registro serán comunicados a las Policías de la Provincia de Entre Ríos, quienes deberán instrumentar un sistema de notificación y provisión de esos datos a sus respectivas seccionales”, dice el artículo 2°. Pero hay aspectos de la norma que, según algunos expertos, chocaría con garantías constitucionales. Por ejemplo, los registros fotográficos de los condenados por abusos sexuales “y las principales características de su historial delictivo, se destinarán a un sitio especialmente creado en Internet que podrá ser consultado por quienes demuestren interés legítimo”.

El registró además se constituirá en un banco de datos genéticos de las personas condenadas por delitos contra la integridad sexual. Aclara la ley que la realización del examen genético y la incorporación de la información al Registro se hará solo por orden judicial previa sentencia firme.

“El registro contará con una sección especial destinada a autores ignorados. En ella constarán las huellas genéticas identificadas en las víctimas de delitos sexuales. Su incorporación será ordenada judicialmente y será dada de baja de acuerdo con los términos previstos en el Código Penal para la prescripción de la acción penal”, agrega el texto de la ley.

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.