El juez de Garantías Nº2 de Paraná, José Eduardo Ruhl, dispuso un cuarto intermedio hasta el viernes 15 de septiembre, a las 13, para anunciar su resolución respecto del pedido de sobreseimiento que formuló la defensa de Domingo Daniel Rossi y Patricia Díaz, ambos imputados por el presunto delito de enriquecimiento ilícito.

Tal como adelantó Entre Ríos Ahora, el fiscal Álvaro Piérola se opuso al sobreseimiento por considerar que es improcedente que un juez de Garantías resuelva sobre un asunto que todavía es materia de investigación. Citó como argumento el reciente fallo de la Cámara de Casación Penal que señaló que los jueces de Garantías no pueden dictar un sobreseimiento, salvo en casos puntuales.

La audiencia llevada a cabo este lunes al mediodía en los Tribunales de Paraná fue solicitada por Carlos Guillermo Reggiardo y Marciano Martínez, abogados defensores del ex vicegobernador y ex intendente de Santa Elena y su esposa, la ex diputada provincial por el PJ del departamento La Paz. Los imputados estuvieron en el Salón N°3 acompañados por su joven hija.

La investigación se abrió de oficio a fines de 2016 por orden del procurador general Jorge García, luego de una publicación de la revista “Análisis”, en la que se informó que la ex legisladora tendría en el Scotia Bank de Montevideo, Uruguay, una cifra de u$s 1.160.000, como así también inversiones en bonos en Chile, Brasil, Estados Unidos, México y el Uruguay por 886.148 dólares.

En primer lugar expuso el abogado Reggiardo, quien dijo que la publicación de la revista “Análisis” se conoció a pocos días de que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) le corriera traslado al Estado Argentino para que dé precisiones sobre la condena por enriquecimiento ilícito que tuvo Domingo Daniel Rossi en 2006.

El letrado remarcó ante el juez Ruhl que la defensa de los imputados buscó colaborar con la investigación, pero que desde el Ministerio Público Fiscal no obtuvieron respuestas.

“A las 24 horas de la publicación nos presentamos de manera espontánea poniéndonos a disposición para viajar a Uruguay para quitar cualquier obstáculo que pueda tener este proceso por enriquecimiento ilícito. El 23 de diciembre nos presentamos para viajar a Uruguay. Propusimos costear el viaje, ir al Scotia Bank o cualquier banco del planeta donde haya una cuenta a nombre de Domingo Daniel Rossi o Patricia Díaz, levantamos el secreto bancario y vemos si existe esa suma o cualquier otra”, dijo Reggiardo.

El letrado remarcó que propusieron esa medida de prueba pero que no fue contestada por el Ministerio Público Fiscal. “Creo que esta causa no se origina porque Rossi se hizo una mansión en un lago, o porque anda en un auto importado, o porque tiene un nivel de vida que no puede justificar. Surge del legajo que vive en la misma casa desde hace muchísimos años, que tiene un Volkswagen Gol 2007 y una moto 110. Realmente no tiene un nivel ostentoso de vida donde realmente se requiere una investigación que pueda determinar que ese nivel de vida responde a un enriquecimiento ilícito”, afirmó el abogado defensor.

En esa dirección, señaló que el 4 de junio pasado presentaron en la fiscalía una nota del banco Scotia Bank que, según el letrado, dice que Patricia Díaz, que fue diputada entre 2007 y 2011, no posee una cuenta allí. También dijo que no la tiene Rossi.

“Creemos que es la prueba fundamental porque es lo que originó que el Procuración abriera la causa”, indicó Reggiardo y agregó que “la causa no tiene razón para continuar abierta”. A continuación, sostuvo que “pedimos el sobreseimiento de los imputados porque creemos que acreditamos que esa publicación es mentirosa, porque esa cuenta no existe. Subsidiariamente, porque queremos colaborar y limpiar el bueno nombre de honor de Díaz y Rossi, vamos al Uruguay a nuestro costo, porque acá hay un hecho que es mentira”.

A su tiempo, el abogado Marciano Martínez, afirmó que a su defendido “se le ha colgado el San Benito”. Y explicó que “en la Edad Media, en el sistema inquisitivo, a los imputados se le obligaba a salir a la calle con un mano de color amarillo, a eso le llamaban San Benito. Ahora no se usa más el manto amarillo, pero igual se inicia una acción a través de una investigación por un delito muy grave”.

El veterano abogado invocó el artículo 397, inciso 1, del Código Procesal Penal (CPP), como argumento para que los imputados sean sobreseídos. Dicho artículo señala que el juez de Garantías puede dictar el sobreseimiento cuando “el hecho investigado no ha existido”.

“La mejor prueba es que no hay indagatoria”, dijo Martínez quien se quejó porque aún la fiscalía no citó a los imputados a esa instancia. “Esto nos ha perturbado mucho porque el mismo que lo condenó es el mismo que no permite que se le haga la indagatoria”, disparó el defensor, en clara alusión al jefe de los fiscales, Jorge García, quien en 2006 integró el Tribunal que condenó a Rossi.

“Queremos la garantía de que nos liberen de la imputación porque no hay ni siquiera sospecha de que los hechos hayan ocurridos”, finalizó el letrado.

La fiscalía se opuso


A su tiempo, el fiscal Álvaro Piérola solicitó al juez de Garantías que rechace el pedido de sobreseimiento por considerar que es improcedente. El acusador citó el fallo del pasado 27 de julio de la Cámara de Casación, en la causa por la escuela de Vialidad, en la que están imputados el extitular de la Dirección de Vialidad Provincial, Jorge Rodríguez, Néstor Kemerer y Mario Heyde, también del organismo.

El fiscal recordó esa causa que tiene un dato que no es una buena noticia para Rossi y Díaz. En ese caso el juez Ruhl, el pasado 17 de febrero, se declaró incompetente para tratar el pedido de sobreseimiento de los acusados.
El fiscal Piérola citó el fallo de Casación que, palabras más palabras menos, indica que el juez de Garantías no puede decidir sobre un pedido de sobreseimiento, cuya petición sólo es atendible “cuando se esgrima la extinción de la acción penal”. Es decir, la prescripción.

Piérola también recordó que se puede dictar el supuesto evidente de la “falta de acción” –inexistencia del delito- que sostienen los defensores, pero que “claramente este no es el caso. Estamos frente a una sospecha de corrupción que existe sobre Díaz y Rossi, sin animosidad personal”, aclaró.

Luego el acusador puntualizó que el delito de enriquecimiento ilícito de un funcionario público es difícil de probar, ya que “intenta ocultarlo, y ese ocultamiento es materia de investigación”.

Enseguida, rechazó la acusación de la defensa en relación a que exista una dilación de la investigación e informó al juez que la fiscalía llevó a cabo 20 medidas de prueba desde la apertura de la causa, entre las cuales existe una que está pendiente y que consideró fundamental para la investigación. Se trata de un informe solicitado a la Administración Federal de Impuestos Públicos (AFIP) sobre los movimientos bancarios de Rossi y Díaz.

“Si bien en la investigación periodística se refería a un banco, lo cierto es que la sospecha de la fiscalía tiene que ver con otras posibilidades, no sólo con ese banco”, aclaró Piérola y añadió que “la defensa pretende que nos conformemos con una nota que dice Scotia Bank firmada por quién sabe quién. Ese no es lo modo en que los fiscales investigamos”.

Más adelante el fiscal le informó al juez Ruhl que la Afip respondió el pasado 7 de junio que el informe de Dirección de Fiscalidad Internacional, dependiente del organismo, “demandará un tiempo prudencial”. Enseguida, el representante del Ministerio Público Fiscal dijo que “la causa no está dormida, no se trata de tener a alguien en la ‘parrilla’, como dice la defensa”. En esa dirección, resaltó que es una investigación vigente con medidas pendientes. Por todo ello, pidió al juez que declare improcedente la solicitud de sobreseimiento.

El juez Ruhl pidió a la fiscalía el legajo caratulado “Díaz Patricia Teresa y otro s/ Enriquecimiento Ilícito”, para analizar las medidas dispuestas, y dispuso un cuarto intermedio hasta el viernes 15, a las 13, cuando dará a conocer su resolución.

 

 

Gonzalo Núñez

Especial para Entre Ríos Ahora