El viernes 6 de diciembre, la Justicia resolvió hacer lugar a la acción de amparo interpuesta por seis personas trans contra la Municipalidad de Paraná luego de que se resolviera dar de baja sus contratos laborales.

La resolución, firmada por el juez Penal de Niños y Adolescentes Pablo Barbirotto, ordenó al Departamento Ejecutivo Municipal a que en el término de tres días hábiles a partir de la notificación de la sentencia dispusiera su reincorporación, computada a partir del 1 de noviembre de 2019. 

El fallo de Barbirotto supuso que el gobierno de la ciudad deberá renovar los contratos en las mismas condiciones que prestaban servicios, con el consecuente abono de los sueldos devengados en el mes de noviembre del corriente y hasta que se implemente efectivamente el mecanismo de selección y designación de agentes trans que reglamente el municipio, conforme el cupo establecido en la ordenanza Nº 9.834.

Las seis personas trans que accionaron contra la Municipalidad de Paraná.

En los fundamentos de la sentencia, el magistrado señaló que «la incorporación de esta crucial perspectiva en la labor jurisdiccional, implica cumplir la obligación constitucional y convencional de hacer realidad el derecho a la igualdad, remediando las relaciones asimétricas de poder y situaciones estructurales de desigualdad, así como visibilizando la presencia de estereotipos discriminatorios de género en la producción e interpretación normativa y en la valoración de hechos y pruebas».

Pero el sábado 7 la Municipalidad de Paraná apeló el fallo, con efectos suspensivos: esto es que la sentencia no se aplicara hasta tanto un tribunal de alzada resolviera la cuestión. Barbirotto, si bien dio curso a la apelación, resolvió que fuera con efecto devolutivo: esto esto, que la reincorporación se efectivizara. Mientras, el caso está a estudio del pleno del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que de momento no se expidió.

Este viernes 27, el grupo de seis personas tras que plantearon el pleito en la Justicia, reclamaron una definición a la administración del actual intendente Adán Bahl. «Creemos que esta situación debía ser resuelta por parte de la gestión que culminó el 10 de diciembre, pero al no haberlo hecho, confiábamos en que la entrante lo resolvería ya que se trata de una orden judicial dictada para el cumplimiento por parte del estado municipal independientemente de los gobiernos que la administren», señalaron.

En el gobierno de Bahl niegan que haya existido un acto de «discriminación» hacia las seis personas trans, enmarcan la caída de los contratos en una decisión adoptada por el exintendente Varisco que había abultó la planta de personal de la Municipalidad durante el primer semestre del año en forma desproporcionada, en coincidencia con las dos elecciones, las primarias de abril y las generales de junio.

La caída de contratos, según afirmó la propia Municipalidad en la Justicia, involucró a un listado de 400 personas. Esas contrataciones, según había advertido Bahl antes de asumir, se dispusieron sin contar con las partidas presupuetarias para pagar salarios, por lo que se debió echar mano a otros recursos, como el Presupuesto Participativo, y fue uno de los elementos fundamentes de la denuncia penal contra Varisco por los delitos de fraude a la administración pública, malversación de fondos públicos e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Cuando Bahl, siendo intendente electo, en octubre último, anunció la presentación de esa denuncia penal, habló de las cuentas de la Municipalidad y advirtió que los nombramientos y recategorizaciones del último año de gestión de Varisco «son nulos», y que los empleados que han sido beneficiados con esas decisiones «han sido estafados».

«Si nosotros reincorporamos a estas personas estaríamos incurriendo en el delito que denunciamos en la Justicia. Estos seis contratos son parte de las contrataciones de Varisco que denunciamos», argumentó un funcionario del gabinete de Bahl. Y por eso acudieron ante el STJ, que debe resolver la apelación del amparo, y explicaron por qué no cumplimentaron la manda que firmó el juez Barbirotto.

Y usan tres argumentaciones: la Municipalidad se quedó virtualmente sin partidas para nuevas contrataciones; las seis personas despedidas son parte de un paquete mayor de desvinculaciones, y «no fueron despedidas» sino que sus contratos vencieron a finales de octubre. Y por eso mismo niegan el fundamento de Barbirotto respecto a que hubo «discriminación».

Y ahora aguardan la resolución del STJ. Las fuentes consultadas coinciden en un punto: aguardan un fallo revocatorio de la sentencia de Barbirotto.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.