La defensa del cura Juan Diego Escobar Gaviria, condenado en 2017 a 25 años de cárcel por cuatro hechos de abuso y corrupción de menores, ocurridos mientras ejerció como párroco en San Lucas Evangelista, de Lucas González, departamento Nogoyá, pena que más tarde fue reducida a 23 años por la anulación de uno de los cuatro casos, argumentó este martes ante la Cámara de Casación Penal por qué entiende que el monto debe ser bajado todavía más: a tan solo 8 años de cárcel.
El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay fijó a finales de agosto de 2022 en 23 años la prisión efectiva para el cura Escobar Gaviria, condenado en 2017 por corrupción de menores, hechos cometidos mientras estuvo destinado en Lucas González, en el departamento Nogoyá, entre 2005 y octubre de 2016. El sacerdote cumple la pena en la Unidad Penal de Victoria.
El Tribunal que emitió la resolución estuvo integrado por los camaristas María Carolina Castagno, Mariano Caprarulo y Fernando Martinez Uncal.
Se trata de una reducción de dos años de la pena impuesta el 6 de septiembre 2017 por el mismo Tribunal -con otra integración de jueces-. Entonces, el cura había sido condenado a 25 años de cárcel por haber abusado a cuatro menores. En tres casos se lo acusó de promoción de la corrupción de menores reiterada, agravada por su condición de guardador; y en uno por abuso sexual simple agravado por ser cometido por ministro de culto.
En octubre de 2020, la Sala Penal del STJ hizo lugar a un recurso extraordinario presentado por los defensores del cura y revocó parcialmente el fallo.
El máximo tribunal provincial dispuso «absolver» al sacerdote por uno de los cuatro hechos por los que fue condenado, un abuso sexual simple, por cuanto la víctima no declaró en el juicio -estaba bajo tratamiento médico durante el tiempo en que se desarrolló el debate- y ordenó devolver el expediente al Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay para que emita una nueva condena.
Ese caso por el cual fue absuelto Escobar Gaviria, era el «más gravoso», en opinión del defensor Milton Urrutia por cuanto se agravó por cuanto fue cometido por ser miembro del culto. El primer tribunal que condenó al sacerdote en 2017, que presidió María Angélica Pivas -magistrada ya jubilada-, indicó el defensor, «debió al momento de mensurar la pena ir degranando hecho por hecho, y a cada uno aplicarle monto de la pena. Y de ahí, sumar. Eso había pedido el defensor oficial Oscar Rossi, y había pedido 34 años. Pero el Tribunal lo que hizo fue reducir 3 hechos a 1, en su condición de guardador; y al cuarto, por su condición de ministro de culto. Por ese último hecho fue sobreseído. Por los tres hechos que sí quedaron, el máximo de la pena es 10 años. Entonces, deberían reducirle la pena a 8 años».
La resolución de Casación se conocerá el próximo 25 de abril. Si la Justicia accede al planteo de la defensa, el sacerdote podría recuperar su libertad.
La Cámara de Casación -que interviene con un tribunal conformado por los jueces Gustavo Pimentel, Rafael Cotorruelo y Alejandro Grippo- tiene la tarea de dar respuesta al planteo del defensor de Escobar Gaviria. «A Gaviria le corresponde el mínimo por esos tres hechos; el mínimo son 8 años. Es la pena por la mensuración de tres hechos. Si el primer tribunal hubiese mensurado la pena en forma separada por cada uno de los hechos, no se habría presentado este problema. Pero acá estamos en una nebulosa», aseveró.
Y agregó que «como nosotros pedimos que al quedar la calificación legal como abuso sexual simple por los tres hechos que la pena sea reducida al mínimo».
El cura fue condenado el 6 de septiembre de 2017 por haber abusado a cuatro menores. En tres casos se lo acusó de promoción de la corrupción de menores reiterada, agravada por su condición de guardador; y en uno por abuso sexual simple agravado por ser cometido por ministro de culto.
El fallo, que se conoció de forma íntegra el jueves 14 de septiembre de 2017, contiene 304 páginas, en las que se encuentran todas las actuaciones del caso. Desde las primeras testimoniales tomadas a los menores cuando denunciaron los abusos, hasta las declaraciones de testigos –familiares, amigos, colaboradores de la parroquia-, y otros elementos que le permitieron al Tribunal llegar a la conclusión de que Escobar Gaviria cometió abusos, condenándolo a una pena proporcional a la gravedad de los delitos: 25 años de prisión efectiva.
La condena a Escobar Gaviria fue confirmada en Casación, pero cuando el caso se debatió en la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), el alto cuerpo anuló una parte de la sentencia y ordenó al Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay computar de nuevo la pena. Fue sentenciado por tres casos de corrupción de menores y uno de abuso sexual simple. Este último caso por el que fue condenado encontró una anulación en el STJ.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora