Marcelino Ricardo Moya, nacido en María Grande, Entre Ríos, hace 55 años, ordenado cura por el ahora cardenal, arzobispo emérito de Paraná, Estanislao Esteban Karlic, el 3 de diciembre de 1992, denunciado en 2015 por abuso y corrupción de menores, condenado en 2019 a 17 años de cárcel por un tribunal de Concepción del Uruguay, confirmado ese fallo en 2020 por la Cámara de Casación Penal, beneficiado con el instituto de la prescripción en 2021 por un fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), no ha vuelto a pisar los altares para dar misa en público, no tiene a cargo ninguna parroquia, no volvió a pisar las aulas de ninguna escuela parroquial, y aunque continúa siendo cura, vive en un completo ostracismo.
No está jubilado, aclaran en el Arzobispado de Paraná, pero tampoco tiene a cargo ninguna parroquial. Sobreseído por la Justicia de los cargos que pesaban sobre él por haber abusado de niños y adolescentes que participaban de los grupos parroquiales de Santa Rosa de Lima, en Villaguay, en los años 90, vive con un riguroso bajo perfil en su ciudad, María Grande. Pero no se esconde: se lo ha visto caminar las calles y hasta acudió, enfundado en traje de cura, al bautizo de un familiar. Su caso fue tan escandaloso que en medio de la investigación penal por los abusos, una médica del Hospital San Martín pidió ser relevada del secreto profesional para dar cuenta del motivo que llevó a que permaneciera internado en el Servicio de Infectología, y luego derivado a una clínica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El 30 de junio de 2015, un día después de la denuncia que efectuaron en la Justicia Pablo Huck y Ernesto Frutos -contaron de qué modo fueron abusados siendo adolescentes por el cura de la parroquia Santa Rosa de Lima, de Villaguay-, el Arzobispado de Paraná informó que Marcelino Ricardo Moya había sido pasado a cuarteles de invierno. No podría oficiar misas en público y se le retiró toda función pastoral. Hasta entonces, hasta ese año, era apoderado legal del Instituto Padre Enrique Laumann y de la Escuela Primaria Santa Teresita, ambas de Seguí, y párroco en Nuestra Señora de la Merced.
«Ni bien se conocieron las denuncias periodísticas que involucraban a un sacerdote de la Arquidiócesis, el Arzobispo (Juan Alberto Puiggari) dio inicio a las investigaciones preliminares según lo expresa el Código de Derecho Canónico en el canon nº 1717, regulados por las normas de Gravioribus Delictis», anunció la Iglesia aquel año. Y dijo que «como medida cautelar, el sacerdote involucrado ha sido separado de la atención pastoral de la comunidad y se le ha impedido el ejercicio público del ministerio, según lo determina el Derecho Canónico, hasta que la Justicia se expida».
Moya no volvió a salir del ostracismo. El 5 de abril de 2019, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay lo condenó a 17 años de cárcel por corrupción de menores y abuso sexual. La sentencia fue firmada por los vocales María Evangelina Bruzzo, Melisa Ríos y Fabián López Mora.
La jueza Bruzzo coincidió en su voto con el planteo de los fiscales Mauro Quirolo y Juan Manuel Pereyra y los querellantes Florencio Montiel y Juan Cosso en que «la actividad ilícita cuya comisión se le atribuye al imputado constituye sin resquicio a duda alguna y de manera evidente, un grave atentado a los derechos humanos de las víctimas».
La «perspectiva de niñez» que volteó la prescripción en la causa del cura Moya
En diciembre de 2020, la Cámara de Casación Penal de Concordia -con el voto de Darío Perroud, Silvina Gallo y Aníbal Lafourcade- confirmó la condena a 17 años para Moya.
Pero el caso llegó luego a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), y entonces la investigación se cerró con la aceptación del planteo del cura Moya: la prescripción. La resolución se adoptó con los votos de los vocales Daniel Carubia y Miguel Giorgio, y la disidencia de Claudia Mizawak. Así, el cura, condenado por dos tribunales por abuso y corrupción de menores, fue sobreseído por el beneficio de la prescripción: Carubia planteó que el tiempo transcurrido entre la época en la que ocurrieron los abusos, entre 1993 y 1995 en la parroquia Santa Rosa de Lima, de Villaguay, y el momento de la denuncia judicial, el 29 de junio de 2015, «se verifica que se excede con creces el plazo máximo de 12 años previsto en la ley para que opere la prescripción de la acción penal que se ha intentado ejercer».
La Sala Penal del STJ trabó la vía de la Corte para el cura Moya
De la Redacción de Entre Ríos Ahora