A través del decreto N° 2.052, del 15 de noviembre, la Municipalidad de Paraná dispuso suspender «por el término de 90 días a partir del 01/10/18», todo tramite que tenga por objeto la autorización de un permiso para la explotación del servicio regulado de remises en la ciudad.

La medida  alcanza a «las de alta por reemplazo o por cupo de móviles» y se mantendrá, «hasta tanto se resuelva la regularización del subsistema de remises, con excepción de aquellos casos en que sea por reemplazo por un modelo a incorporar de no más de tres años de antigüedad y más nuevo del que se desea reemplazar y no afecte el actual promedio de antigüedad de flota de cada empresa».

El decreto, que lleva las firmas del intendente de Paraná, Sergio Varisco, y del titular de Servicios Públicos, Ricardo Frank, instruye a la Secretaria de Servicios Públicos para que «a través de la Dirección de Transporte Urbano, se realice una actualización del informe de la situación de las actuales empresas que se encuentran prestando servicios, dentro de los siguientes 30 días de la puesta en vigencia de la presente normativa, como así también en base al resultado de dicho informe se, elabore proyecto de normativa que modifique el actual marco regulatorio o sugiera la sanción de uno nuevo para ser puesto a consideración del Honorable Concejo Deliberante».

El artículo 3° de la norma señala que la medida «podrá ser renovada por idéntico periodo por parte de este Departamento Ejecutivo Municipal, siempre y cuando no se haya realizado la modificación del actual marco regulatorio o la sanción de uno nuevo, que disponga el vencimiento del Decreto 1115/09».

La medida oficial parte de un informe elaborado por la Dirección de Transporte Urbano «sobre la situación de las prestadoras del servicio de remis que se encuentran incluidas bajo los alcances del Decreto 1115/08 ratificatorio de la Resolución N°66/08 de Subsecretaria de Transporte y Transito, normativa esta que expresa que mientras dure el proceso de regularización de dicho subsistema se las exceptúa a las prestatarias del cumplimiento del artículo 10° de la Ord. 7635 (porcentual de titularidad de los móviles a nombre del titular de la empresa), situación está que no ha sido cumplida hasta la fecha por ninguna de las prestadoras, resultando también necesario dar una fecha de vencimiento del mentado Decreto».

Pero además, argumenta que «a los efectos de lograr un orden administrativo, que derive en la reorganización y regularización del servido, resulta necesario adoptar medidas tendientes a normalizarlo, siendo necesario entre ellas la de suspender los trámites que tengan por objeto la obtención de un permiso habilitante conforme el artículo 2°y concordantes de la Ordenanza 7.635, como también las de aquellas que tengan por objeto las de nuevas altas y/o reemplazos de móviles según artículo 8°- Inc.8) de idéntica normativa, y la de suspender los alcances del artículo 3°-inciso 11 de la Ordenanza 7635 —Las empresas que prestan el servicio de remis no podrán tener una cantidad mayor a los 100 (cien) vehículos habilitados afectados al servido, debiendo mantenerse el actual cupo total de vehículos registrado en el sistema informático; Que, en analogía con lo expuesto, éste Departamento Ejecutivo Municipal entiende prudente la adopción de criterios tendientes a lograr la definitiva regularización del subsistema de remises; Que, conforme lo expresado y a las facultades otorgadas, debe resolverse en consecuencia».

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora.