El juez de Garantías N°2 de Paraná, José Eduardo Ruhl, no hizo lugar al pedido de sobreseimiento del ex vicegobernador y exintendente de Santa Elena, Domingo Daniel Rossi y su mujer, la ex diputada provincial Patricia Díaz, en la causa en la que están imputados por presunto enriquecimiento ilícito. De esta manera, la fiscalía continuará investigando.

En la audiencia de este viernes al mediodía, el juez de Garantías consideró que esta instancia no era la oportunidad para solicitar el sobreseimiento “ y porque no se verifica los extremos requeridos y no observo dilaciones graves o quebrantamientos al principio de plazo razonable que goza toda persona sometida a proceso”.

La causa en la que están imputados ambos dirigentes peronistas se abrió de oficio a fines de 2016 por orden del procurador general Jorge García, luego de una publicación de la revista “Análisis”, en la que se informó que la ex legisladora tendría en el Scotia Bank de Montevideo, Uruguay, una cifra de u$s 1.160.000, como así también inversiones en bonos en Chile, Brasil, Estados Unidos, México y el Uruguay por 886.148 dólares.

El pedido de sobreseimiento fue solicitado por los abogados de Rossi y Díaz, Marciano Martínez y Carlos Guillermo Reggiardo, y se formalizó en la audiencia del lunes de esta semana. El juez analizó el legajo de la Investigación Penal Preparatoria, y los argumentos de la defensa, y este viernes dio a conocer su resolución.

El juez Ruhl explicó que el pedido de sobreseimiento puede formularse “a partir de la declaración indagatoria de los imputados o en cualquier otro momento del proceso si es que la acción esta extinguida”. Asimismo, indicó que “esos extremo no están verificados” en este momento. “Para que proceda el dictado de sobreseimiento se requiere certeza negativa acerca de la existencia misma del hecho, acerca de que los imputados no son los autores o que el hecho imputado resulta atípico”, agregó y resaltó que “el dictado de sobreseimiento tiene efecto de cosa juzgada y hace operativa la garantía Non Bis in Ídem (No dos veces por lo mismo), es decir, que se cierra definitivamente el proceso, ya que tiene el valor de una sentencia, pero ninguno de dichos extremos se verifica en autos”.
“He advertido que se trata de una investigación compleja, de pocos meses de inicio, donde restan producir pruebas que se dispuso inmediatamente al haber tomado noticia de este hecho presuntamente ilícito”, señaló luego el juez, en referencia a que la causa se inició en diciembre de 2016, luego de la publicación periodística de la revista “Análisis”.

En ese sentido, el magistrado coincidió con el representante del Ministerio Público Fiscal, Álvaro Piérola, quien en la audiencia del lunes solicitó rechazar la petición de la defensa por improcedente porque aún restan que se produzcan pruebas fundamentales en la investigación.

Ruhl mencionó que lo que falta diligenciar es información que debe ser remitida desde la República Oriental del Uruguay. “La AFIP ya remitió un informe en fecha 7 de junio, donde la División de Fiscalización Internacional, dice que de la base de datos no surge la información solicitada la que debe ser requerida al país correspondiente a través de un trámite que demandará un tiempo prudencial”.

En cuanto a esa información, el magistrado aconsejó a la fiscalía a reiterar el pedido a la Administración Federal de Impuestos Públicos (AFIP). “Dicha información es de vital importancia para la investigación emprendida y de ninguna manera puede ser suplida por esos informes escuetos que trae la defensa donde el Scotia Bank informa de que las personas investigadas no registran nuevas cuentas”.

Más adelante, el juez Ruhl dijo que este tipo de investigación es compleja y que “lleva cierta tardanza”. Enseguida, remarcó que no advierte dilación en el proceso por parte de la fiscalía, como argumenta la defensa de Rossi y Díaz. Recordó que la causa comenzó en diciembre de 2016, antes de la feria judicial de febrero y que aún restan pro producir pruebas. Por todo ello, resolvió no hacer lugar al pedido de sobreseimiento de los encartados.

Por último, el juez de Garantías aclaró que los imputados Rossi y Díaz “gozan del principio de inocencia que rige durante todo el proceso y que sólo puede ser quebrantado en nuestro Estado de Derecho por una sentencia condenatoria firme”.

Al finalizar la audiencia, en diálogo con Ente Ríos Ahora, el exvicegobernador reiteró que a su criterio la causa en su contra es “política”. Aserguró que la investigación es un modo de “coaccionar”. “A mí no me detiene, me da más fuerza y seguiremos hablando del pacto político judicial”, afirmó y apuntó al jefe de los fiscales Jorge García, quien integró el Tribunal que lo condenó por enriquecimiento ilícito en 2006.

Para Rossi existe un “acuerdo político, histórico” que fue pergeñado por el ex gobernador Jorge Busti –de quien fue su vicegobernador-. Según el exintendente de Santa Elena, Busti puso a siete de los nueves jueces del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y designó en la Procuración a García. “De los siete jueces del Superior, nueve los puso Busti cuando era gobernador. Al procurador después de que terminó el juicio lo ascendieron. Son cosas muy casuales. Seguiremos tranquilos, que sigan investigando”.

 

 

 

Gonzalo Núñez
Especial para Entre Ríos Ahora.