El Ministerio de Salud condenó la actitud del Colegio de Odontólogos de Entre Ríos que, en base a la imposición de un índice arancelario, mantiene cortados los servicios a la principal prestadora de salud de la Provincia, el Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper), y así deja sin cobertura a 300 mil personas.

Salud consideró que los aranceles que pretende imponer el Colegio –so pena de aplicar sanciones a los profesionales que no se allanen a esos valores- suponen “valores excesivos que afectan y repercuten negativamente en la salud odontológica de la población”, y por tanto la cartera sanitaria manifestó “su desacuerdo por la actitud ilegítima adoptada por dicho ente público en tal sentido”.

Odontólogos: una disputa que tiene en vilo a obras sociales

 

El Colegio de Odontólogos dictó una resolución interna, la N° 404, el 27 de noviembre de 2021, y estableció un protocolo arancelario para convenios y contratos asistenciales «mediante los cuales se brindan prestaciones odontológicas a beneficiarios del sistema de la seguridad social (mutuales, obras sociales, empresas de medicina prepaga, etc.)». Además,  impuso a todos los profesionales la obligación de firmar una declaración jurada en la que asumen la responsabilidad de respetar los aranceles que fije la entidad so pena de aplicar sanciones.

Ante eso, el Iosper  acudió a Fiscalía para que dictamine  sobre la “obligatoriedad, alcance y legalidad de la normativa interna que aplica el Colegio de Odontólogos de la Provincia para establecer los aranceles mínimos para sus colegiados y para la obra social, lo que para ese Colegio se consideran de cumplimiento obligatorio”. Los aranceles que impone el Colegio resultan “excesivamente onerosos y por lo tanto inconvenientes” en comparación con las tarifas que cobran los Cïrculos Odontológicos, con los que el Iosper pretende rubricar convenios prestaciones.

Disputa Iosper-odontólogos: qué dice el dictamen de Fiscalía de Estado

 

En opinión de la Fiscalía de Estado, por aplicación de la Ley N° 7.468, de creación del Colegio de Odontólogos, “existe una facultad expresa consagrada” de negociar aranceles con el Poder Ejecutivo, “pero no para establecer o imponer, sin más, aranceles mínimos y obligatorios para sus colegiados y para las obras sociales, sino para propiciar ante el Poder Ejecutivo la fijación de esos aranceles mínimos”.

“Del análisis de esa norma –dice el dictamen que firma el fiscal de Estado, Julio Rodriguez Signes, surge entonces que dicha facultad se limita a la posibilidad  de proponer al Poder Ejecutivo los aranceles mínimos que se pretendan, siendo este último quien, en definitiva decidirá respecto de ello mediante la emisión del respectivo acto administrativo que así lo determine. Recién en esa instancia, y para el caso que el Poder Ejecutivo acepte como conveniente la fijación de tales aranceles, podrá ese Colegio imponerlos a sus matriculados y a las obras sociales. Lo cierto es que el propio Iosper desconocer la existencia de decreto o resolución emitida por el Poder Ejecutivo”, instrumento mediante “los cuales se haya avalado o aprobado la fijación de los aranceles mínimos que el Colegio pretende aplicar”.

Desde el Ministerio de Salud sostienen que el Colegio de Odontólogos asume una postura “corporativa”, contraria a lo dispuesto en la misma ley de colegiación Nº 7.468, cuyo artículo 15 establece categóricamente que, “el Consejo Directivo tendrá las siguientes atribuciones: (…) k) propiciar ante el poder ejecutivo la fijación de los aranceles mínimos para el ejercicio profesional…”.
Al respecto, la cartera que dirige Sonia Velázquez dice que “el Colegio, si quiere una regulación de honorarios profesionales, debe promover ante la autoridad competente en la materia –el Poder Ejecutivo- la determinación reglamentaria de aranceles fijos o móviles para compensar la actividad profesional de los profesionales de la odontología, debidamente matriculados en la provincia. Lo que no puede es disponer en tal sentido como lo ha hecho en el caso, con efectos lesivos al sistema de la seguridad social y sanitario, público y privado”.

“Dicho acto del Colegio -así dictado-, se alza como una vía de hecho, administrativa o acto inexistente; toda vez que se trataría de una grosera o violación del orden jurídico, que lesiona la juridicidad y el interés público y sanitario, conforme ha quedado exhibido en el dictamen del Fiscal de Estado”, apunta. En tal sentido, -se agrega- dicho acto institucional dictado en tales condiciones, no produciría ningún efecto legal, como si no hubiese existido nunca por su manifiesta ilegalidad en razón de la contradicción manifiesta con la norma de creación del mismo ente que lo dictó.

El pronunciamiento del Ministerio de Salud se da en el marco de una situación sanitaria crítica: desde hace un años los afiliados al Iosper están sin prestaciones odontológicas.

 

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora