Las elecciones en la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), convocadas para el próximo 2 de noviembre para renovar la conducción provincial y las juntas ejecutivas de las 17 seccionales, llegaron a la Justicia. Alllí, de momento sólo compiten dos listas, Integración por un Agmer de Todos, que representa al oficialismo, y la agrupación Fuentealba. La tercera opción, Convergencia de Luchadores –aliada de la Rojo y Negro–, quedó de momento afuera del proceso electoral.
Aunque esa decisión de la junta electoral de no oficializar esa tercera lista se debate ahora en la Justicia.
La agrupación Convergencia de Luchadores, que pretendió presentarse como tercera opción para disputar la conducción de la seccional Uruguay de Agmer (de los 30.920 afiliados que tiene el sindicato en la provincia, 6.302 se concentran en Paraná, y 3.397 en Uruguay, el segundo distrito con mayor número de afiliados), y cuya lista fue rechazada por la junta electoral por no reunir los requisitos establecidos, decidió ir a la Justicia.
A primeras horas de este sábado, el abogado Ramiro Pereira, “en nombre y representación de Américo José Dubied, en su condición de candidato a secretario general de la comisión directiva departamental de la Seccional Uruguay de Agmer de la lista N° 17 denominada Convergencia de Luchadores, y Roberto Oscar Fernández, en calidad de candidato a secretario adjunto y apoderado de la referida lista, vengo a interponer formal acción de amparo contra la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos , con domicilio en Alameda de la Federación N° 114 de Paraná, persiguiendo que V.S al dictar sentencia declare la nulidad y/o deje sin efecto la decisión de la Junta Electoral Provincial del referido sindicato del 09/10/2017 contenida en el acta N° 44, por la cual se dispuso el rechazo de la solicitud de prórroga para cumplimentar los requisitos de la lista de candidatos a la comisión directiva departamental y congresales de mis representados y se resolvió no oficializar las mismas y en consecuencia, se ordene a Agmer la oficialización de la lista de mis representados para las categorías de comisión directiva departamental y congresales departamentales para las elecciones a celebrarse el 2 de noviembre del corriente año”.
El abogado Ramiro Pereira, al momento de la presentación judicial.
La acción de amparo recayó en el Juzgado Laboral N° 2, a cargo de Viviana Edith Murawnik, y reprocha la decisión de la junta electoral de Agmer de excluir a la agrupación Convergencia de Luchadores como de una “ilegitimidad por arbitrariedad y discriminación”.
“Es arbitraria por cuanto la junta electoral provincial de Agmer convalidó el obrar de la Junta electoral departamental de Agmer Uruguay de no comunicar debidamente que 9 candidatos de su lista de comisión directiva departamental no reunían requisitos estatutarios y resolver sin más no otorgar plazos pues, como señalan los integrantes de tal organismo en su informe, ante los groseros de los errores, entendieron que la lista presentada de comisión directiva departamental no está en condiciones de ser oficializada, sin dar plazo alguno para subsanar las deficiencias, en violencia del derecho de defensa en juicio”, dice el escrito presentado en Tribunales.
Y agrega: “Es discriminatoria, por cuanto la resolución adoptada por la junta electoral provincial de convalidar la decisión de la junta departamental se apartó del criterio de permitir la participación democrática de la mayor cantidad de afiliados, seguida para todas las listas oficializadas de la provincia”.
El trato fue distinto, dice, respecto de lo resuelto para la oficialización de la lista Integración por un Agmer de Todos de la seccional Federación.
Y recuerda que, impugnada esa lista el 4 de octubre “por no reunir algunos de sus candidatos los requisitos estatutarios, en fecha de 05/10/2017, la junta electoral provincial resolvió en el Acta N° 35 otorgarles un plazo de 48 horas hábiles (hasta el lunes 09/10/2017 a la hora 12) para reemplazar las candidatas consignadas en todos los cargos propuestos”.
La decisión contenida en el Acta N° 44 “tiene apariencia de fundamentación, pues la junta electoral provincial justifica su resolución en que ´la junta electoral departamental actuó otorgando plazos y formas para favorecer la participación de todas las agrupaciones´, en tanto la propia junta departamental en su informe refiere que primero se quedaron sin copia alguna ´para comenzar a verificar si los candidatos cumplían o no con los requisitos y antigüedad correspondiente´ y luego ´ante la celeridad de los tiempos establecidos por el calendario, y lo grosero de los errores, esta Junta entiende que la lista presentada a comisión directiva departamental no está en condiciones de ser oficializada´, es decir, reconoce que no le otorgaron tiempo para reemplazar los candidatos que no cumplían los requisitos porque apremiaba el tiempo y los errores eran, a su criterio groseros. Ello torna nulo el acto en cuestión, pues carece de fundamentación”.
Así pues, la junta electoral de Agmer Uruguay “resolvió no oficializar las listas de congresales y comisión directiva departamental por falta de cumplimiento de requisitos de 3 y 9 candidatos respectivamente. Insisto, los incumplimientos que derivaron en la no oficialización no fueron debidamente comunicados a la lista de mis pupilos procesales, lo que además de ser una grosera, salvaje arbitrariedad, vulnera de modo elemental el derecho de defensa”, plantea el abogado en su escrito ante la Justicia.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.