El Gobierno entendió que no corresponde que se les liquide a los músicos que integran la Orquesta Sinfónica de Entre Ríos un adicional salarial creado en 2022 y que alcanza a los trabajadores de la Secretaría de Cultura, organismo del cual depende la Orquesta.
Los integrantes de la Orquesta Sinfónica de Entre Ríos reclamaron ser incluidos en los alcances del decreto Nº 3.918, del año 2022, que estableció “una bonificación especial de carácter remunerativa no bonificable para el personal de planta permanente que desempeña funciones en la Secretaría de Cultura, consistente en una suma mensual resultante de aplicar un coeficiente al sueldo básico previsto para el cargo nivel 33”.
Ese adicional se dispuso en función de la “intensa actividad que debe desarrollar la Secretaría de Cultura en cumplimiento de sus funciones, con horarios atípicos, feriados, requieren planificación, coordinación, organización y celeridad en el tratamiento de las mismas”.
Los integrantes de la Sinfónica pidieron ser incluidos en los alcances de ese decreto al considerar que los alcanzan las motivaciones que llevaron a las autoridades a crear ese adicional. En los fundamentos de la medida, se señala que “los horarios de las distintas reparticiones están en relación a las actividades, son discontinuas y generalmente en horarios nocturnos y fines de semana”.
A través del decreto Nº 1.220, firmado el lunes 9 por el gobernador Rogelio Frigerio y el ministro de Hacienda y Finanzas, Fabián Boleas, se resolvió denegar «la liquidación del adicional – código 233- establecido por el decreto Nº 3.918/22 GOB, solicitado por los agentes de la Orquesta Sinfónica de Entre Ríos nucleados en la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN)».
Al fundamentar la decisión, y en base a informes técnicos de los distintos organismos, el Poder Ejecutivo señaló que «no puede soslayarse que lo pretendido por la norma (el decreto 3.918) es compensar a aquellos agentes que desarrollen actividades para la Administración Pública por encima del horario laboral previsto en la normativa correspondiente, asistiendo a sus lugares de trabajo desde las 7 de la mañana y hasta las 13 o 14, de lunes a viernes, según la categoría que revistan, y adicionalmente concurren fuera de ese horario habitual a eventos propios de la Secretaría de Cultura que se desarrollan a la tarde o la noche y también en los fines de semana. Es decir se puede entender que se `premia` a los agentes que, además de
prestar sus servicios en los días y horas estipuladas, lo hacen también fuera de los mismos».
Luego señala que los músicos de la Orquesta Sinfónica, que representan la mayor parte de los agentes que dependen de Cultura (más de la mitad del personal) «tienen una jornada que se limita a los ensayos ordinarios que se realizan los días miércoles, jueves y viernes, entre las 14,30 y las 17,30 horas y su participación en los conciertos programados, resultando que la jornada laboral de los mismos es significativamente inferior a la desarrollada por el resto del
personal de la Administración Pública. En ese razonamiento, entiende que los músicos de la Sinfónica «desarrollan sus actividades en una jornada notoriamente inferior, consistente en 9 horas semanales de ensayos ordinarios y conciertos, los cuales generalmente no se realizan todas las semanas».
Además, la disposición menciona que los músicos de la Orquesta «desde noviembre de 2015 perciben el adicional por actividad orquestal (decreto Nº 4.090/15) y la compensación establecida por el artículo 2º de dicho decreto. El artículo 3º del decreto mencionado, expresamente establece, que estos dos conceptos son incompatibles con la percepción
del código 170, es decir los agentes de la Orquesta Sinfónica jamás percibieron el código reemplazado por el decreto 3.918/22».
De la Redacción de Entre Ríos Ahora