«Vuelvo a decir que yo soy inocente, que si esta instancia considera que no es así, observando quizá alguna tendencia de los últimos fallos que ha emitido esta Cámara, que terminan siendo penalmente accesibles al criterio del Ministerio Público Fiscal, tengo mucha fe, tengo esperanza en ustedes. (Espero) que analicen todo esto que nosotros les hemos fundamentado. Y que de verdad consideren que yo soy una persona inocente. Yo no cometí ningún delito, nunca me interesé, siempre cumplí con lo que el Código me mandaba. Creo que estamos en un tiempo de cambios, y que los mensajes deben llegar no solo desde el actual Presidente (Alberto Fernández), sino desde el Papa Francisco, que ha hablado de Lawfare -una contracción gramatical de los vacablos del inglés law (ley) y warfare (guerra), y que refiere a la utilización del Poder Judicial como elemento de presión hacia un sector de la clase política con el interés de desprestigarlo mediante condenas o investigaciones penales, NdelR-, y creo que todos nos merecemos una justicia justa y digna».
De ese modo, el abogado Juan José Canosa, quien fuera presidente del Sistema de Crédito Entre Ríos (Sidecreer) durante las dos gestiones del exgobernador Sergio Urribarri -2007/2015-, ejerció su defensa ante los integrantes de la Cámara de Casación Penal, que tienen en sus manos resolver el planteo formulado por sus defensores para que se anule la condena que le aplicaron en septiembre de 2018 por el delito de negociaciones incompatibles con la función pública -haberse interesado, desde el Estado, en contratar empresas ligadas a su familia o a sus amigos- y le dicte el sobreseimiento. Canosa se defendió con un ataque: reprochó elípticamente que Casación -tribunal que integran los jueces Hugo Perotti, Marcela Davite y Marcela Badano- no suele atender los argumentos de la defensa, y se inclina por favorecer el criterio de los fiscales.
Canosa habló ante el tribunal esta mañana después de que lo hicieran sus abogados defensores, Raúl Barrandeguy y Candelario Pérez, que buscan echar por tierra con una sentencia que dictó en 2018 el Tribunal de Juicios y Apelaciones conformado por los jueces Alejandro Grippo, Alejandro Cánepa y Gustavo Pimentel. En un fallo unánime del 12 de septiembre de 2018, los magistrados condenaron al extitular de Sidecreer a la pena de 3 años de cumplimiento condicional, más la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. La Fiscalía había pedido 5 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo.
El tribunal dio por probado el rango de funcionario público de Canosa mientras estuvo al frente de Sidecreer, una característica que el ahora condenado negó de modo cerrado, y que la empresa, aún cuando está regulada por la legislación comercial privada, es una empresa con base estatal ya que sus dos socios son el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (Iafa) y el Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (Iapser). En ese caracter, se le pudo achacar el delito de negociaciones incompatibles con la función pública.
El tribunal hizo notar la peculiaridad que las tres empresas ligadas a familiares y amigos, Excelcom, Texmer y JDR Construcciones, empezaron a ser proveedoras de Sidecreer cuando Canosa asumió en la presidencia, y que desaparecieron del listado de oferentes cuando abandonó ese puesto. “Se convirtieron de manera repentina en proveedores”, entendió el tribunal.
Así, hizo notar que la firma Excelcom, ligada a Diego Urba, amigo personal de Canosa, contrató una sola vez previo a la presidencia del ahora condenado, en 2005, pero a partir de 2008, fue contratado en 16 oportunidades, “y ganó todas las contrataciones para insumos informáticos, reemplazando así a proveedores históricos, a los cuales ni siquiera se los volvió a invitar”, dice el texto de la resolución condenatoria.
E hizo notar que el propio Canosa firmaba las notas de invitación a los proveedores y también ponía su rúbrica en la resolución de adjudicación. Así, siendo presidente pudo beneficiar a parientes y amigos en las contrataciones. “Su relación con esas firmas nunca fue informado al directorio de Sidecreer, para así delegar la tarea de la adjudicación en otro miembro del directorio, lo que no hizo”, destaca la sentencia.
JDR Construcciones, empresa del tío de Canosa, “se convierte en contratista sólo en la presidencia” del actual asesor legal de Diputados. Además, autorizó la contratación de la empresa de la suegra de su hermano, Carlos Canosa, aún siendo monotributistas, cuando las reglas de Sidecreer impiden contratar con una empresa que no sea responsable inscripto ante el IVA. Mirta Gueler, titular de Texmer, compartía dirección fiscal con el domicilio de su yerno, cuando fue adjudicada por Sidecreer para entregar prendas textiles, “ni siquiera tenía facturero”.
Este jueves, Canosa fue enfático en su defensa: dijo que después de ocho años de gestión al frente de Sidecreer, dejó la tarjeta son superavit, que nunca privilegió a nadie en las contrataciones, y que además las normas internas se lo impiden. «El presidente (de Sidecreer) no administra, lo hace el directorio. El presidente solo responde a las órdenes del directorio. No podía tomar ningún tipo de decisiones, por lo tanto no podía decidir quiénes eran proveedores. Ni tampoco adjudicaba. Lo hacía el comité de compras. Nunca invité a personas», explicó.
«Lo único que hice es lo que el reglamento me ordenaba», planteó. Después, hizo referencia a un texto periodístico publicado por El Diario en el que se aludía a una diferencia de criterios dentro de la Procuración sobre Sidecreer, pero no pudo ampliar. El presidente del tribunal, Hugo Perotti, lo llamó al orden.
–Perdón señor Canosa: cumplamos el objetivo de la Casación, que es objetar la sentencia -intervino.
Argumentos
Los defensores de Canosa argumentaron por qué la sentencia debe quedar sin efecto.
“Hemos objetado desde el comienzo la imputación”, dijo Raúl Barrandeguy. A su criterio, Canosa no cometió delito, la acusación pierde sentido y por ende se debe dictar el sobreseimiento. Dijo que los fiscales “no tienen la competencia de acusar por un hecho que no está bien imputado. Y si no está bien imputado, se afecta el principio de legalidad”.
En su opinión, la imputación se trata de una cuestión moral. “Se le imputa un ser: ser pariente de personas que contrataron. No hay un enunciado de un verbo que se pudiera considerar delito”, señaló.
A su turno, Candelario Pérez dijo que se le atribuye a Canosa un delito propio de un funcionario público, las negociaciones incompatibles con la función pública, cuando Sidecreer que es un organismo que esté bajo la esfera pública. “Sidecreer es una sociedad privada. Y tenía un objeto netamente particular. No obstante, el tribunal, para sostener que es pública, se basa en un decreto, el N° 1.994, que es el decreto de creación de Sidecreer. Ese decreto fue hecho por alguien que no conoce de Derecho Público, ni de sociedades comerciales, ni de Derecho Administrativo”, sentenció.
Pérez apuntó que “la naturaleza jurídica de Sidecreer es netamente privada. No ejerce actos públicos, no emite actos administrativos. Canosa fue nombrado por la asamblea, y después por el directorio. Son dos actos sucesivos pero no son actos administrativos. Son actos comerciales, privados”.
Al final volvió a hablar Barrandeguy y pidió a la casación que se lo declare a Canosa inocente y se dicte su absolución.
En contraposición, la Procuradora Adjunta Cecilia Goyeneche reclamó la confirmación de la condena, y el rechazo del planteo de los defensores. Tomó partes del texto de la sentencia y explicó por qué Sidecreer es una entidad que está bajo el Estado y justificó por qué a Canosa se lo puede sentenciar como funcionario público. “El 100% del patrimonio de Sidecreer es público. Y hay un dato fundamental: los controles los hace el Tribunal de Cuentas”, aseveró.
Además, hizo notar la “autopercepción” de Canosa como funcionario público al presentar, ante el Poder Ejecutivo, su declaración de bienes.
El 17 de febrero de 2020 a las 12,30, se dará lectura del veredicto. Asi lo resolvió el tribunal de Casación Penal, integrado por Hugo Perotti, Marcela Davite y Marcela Badano.
Foto: Análisis
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.