El 7 de abril de 2023, alrededor de las 13,30, Sergio Maximiliano Vega ingresó intempestivamente al domicilio de la señora OO, en calle Enrique Carbó al 900, de Paraná, arrojándola al piso y exigiéndole dinero mientras le pegaba. En su violenta incursión, logró que la mujer le diera su billetera en la que tenía apenas $80. Vega siguió con sus golpes y en su huida se llevó consigo una caja con bijouterie de fantasía, elementos con los cuales intentó huir del lugar, siendo aprehendido por un vecino del lugar.

No era su primer robo. Tuvo cuatro condenas previas a ese hecho por distintos ilícitos. La primera, en 2013, a cuatro años de prisión y el último del 1/11/2018 a cuatro años y que venció en octubre de 2022, cuando retomó su estado de libertad. El juez de Garantías Pablo Zoff rechazó, el 19 de septiembre último, el planteo de la defensa de Vega para acceder a la suspensión del juicio a prueba. Pero esa decisión fue apelada y revocada el 28 del mes último por el juez de juicio Mauricio Marcelo Mayer.

En su resolución, el juez Mayer revocó la decisión de su colega Pablo Zoff, y dispuso la suspensión del juicio a prueba en favor de Sergio Maximiliano Vega por el plazo de dos años, y le impuso las siguientes normas de conducta:

  1. realizar trabajo comunitario por una carga de 120 horas por cada año en una institución de bien público que la OMA (Oficina de Medios Alternativos del Poder Judicial) lo derive;
  2. realizar tratamiento de rehabilitación por consumo de sustancias psicoactivas en la institución Casa Crescer, en calle Leónidas Echagüe N° 1375 de Paraná, por el plazo de un año, “o el que establezca el criterio profesional de dicho espacio terapéutico”;
  3. Prohibición de acercamiento en un radio inferior a cien metros a la redonda del domicilio de la víctima; prohibición de acercamiento personal a la misma y de realizar actos molestos o perturbadores a la víctima o testigos de la presente, por el plazo de un año.
  4. Hacer lugar al ofrecimiento de reparación económica por la suma de $30.000 en favor de la víctima, “debiendo cancelar la obligación una vez que le sea comunicada la aceptación, que debe ser recabada por la Fiscalía y sucesivamente comunicarla al probado”.

 

El rechazo del acceso a la suspensión del juicio a prueba ya se había discutido antes, y el 22 de mayo último el juez Mayer había dado vuelta otra resolución Zoff que ya había anticipado su posición: rechazo a esa medida. Y había resuelto disponer «que las partes de forma conjunta se entrevisten con la víctima y se recabe su opinión en relación a la solución del caso por medio de la probation. En el mismo sentido, instar a las partes para que incorporen mayor cantidad de datos sobre las circunstancias personales de Vega y su comportamiento luego del hecho».

De acuerdo a lo que pudo recabar Entre Ríos Ahora, el Ministerio Público Fiscal apelará la resolución del juez Mayer e irá con el planteo a la Cámara de Casación Penal.


De la Redacción de Entre Ríos Ahora