Por Paola Robles Duarte (*)
El tema es complejo y requerirá de lograr ensamblar diferentes piezas de la historia, para poner en evidencia la ausencia de políticas públicas a nivel local que garanticen a las trabajadoras municipales -seguramente cabe profundizar en este sentido en diversos ámbitos laborales- la prevención y protección en materia de violencia de género en el ámbito laboral.
Con frecuencia se reduce a la violencia de género a aquella violencia contra la mujer que ocurre exclusivamente en el ámbito doméstico o en el aspecto sexual; y habitualmente nos encontramos con la necesidad de profundizar el debate sobre la condición pública de esta violencia y la necesidad de políticas públicas que den respuesta a esta necesidad. E incluso una vez cada 24 horas sufrimos el cachetazo de un femicio como expresión más cabal de esta necesidad. Pero incluso más difícil resulta lograr el abordaje de casos de violencia de género en el ámbito laboral, que no sean considerados simplemente como casos de “violencia laboral” -donde pueden ser víctimas hombres y mujeres-, sino que sean atendidos como situaciones de “violencia de género en el ámbito laboral” -que son padecidas por mujeres en tanto su condición sexual-. A lo largo de esta nota voy a insistir en esta cuestión, porque si bien en el caso al que voy a referirme existe un aspecto vinculado al acoso sexual y a la violencia psicológica y emocional, donde la víctima manifiesta su permanente temor sobre que “las cosas pasen a mayores”, también existe un aspecto vinculado al desempeño laboral, a la preparación y la dedicación al trabajo, al reconocimiento tanto en remuneración como en la toma de decisiones o a la asimetría frecuente en la comparación entre el trabajo que realiza un hombre al que realiza una mujer. Existe en este caso, como en la inmensa mayoría de los casos de violencia de género en el ámbito laboral, un vínculo tan estrecho como dialéctico, que hacen que esta situación exista.
El espiral de la violencia de género que hace 13 años crece sostenidamente dentro del Laboratorio de Obras Sanitarias finalmente llegó este miércoles a la Justicia Penal, por la falta de respuesta del Ejecutivo local ante el creciente temor de la victima al denunciado -5Jefe de Producción del área-, quien atraviesa un proceso sumarial por violencia laboral. Cabe destacar que el sumario recién fue iniciado en marzo de este año sin que esto involucrara la coordinación con otras acciones que respondan a un abordaje integral frente a la violencia de género. Una trabajadora municipal -de la cual preservaremos la identidad- radicó una denuncia por violencia de género en el ámbito laboral en la Fiscalía a cargo de la doctora Natalia Bartolo, solicitando “medidas de protección , atento a que no he recibido adecuada respuesta por parte del Ejecutivo Municipal, y hasta tanto resuelvan que pasa con su situación laboral”. La denunciante especificó que “tenemos que estar constantemente bajo el mismo espacio físico, el continúa siendo jefe mío, sigue firmando mis licencias y/o compensatorios”.
Asimismo la mujer, pidió que “se le imponga una prohibición de acercamiento a mi domicilio y a donde me encuentre, ya que me he enterado a través de mi vecino -a quien nombra en la denuncia- que lo ha visto pasar en reiteradas oportunidades, lo cual le conté a la abogada sumariante del Municipio, Dra. Belén Pascual”.
Respecto de su desempeño laboral, la mujer dejó en claro que “todo lo que he dicho acá está en el sumario administrativo también, yo deseo quedarme en el lugar donde trabajo, debido a que mi profesión -detallada en el ámbito de la denuncia- es lo que amo hacer y es mi sustento”.
Una historia de 13 años de violencia
A partir de la necesidad de hablar y de resguardarse ante los que considera “posibles acontecimientos futuros”, esta mujer quiso contar su historia: “Sufrí el acoso en sus diferentes formas -no brindaremos detalles de los hechos con el objetivo de no revictimizar a la víctima-, desde que era becaria, y aún pasando a planta permanente esto se mantuvo. La situación de hostilidad también tiene que ver con el desempeño de mi trabajo el cual ha sido con absoluta dedicación y compromiso, comprendiendo la sensibilidad de mi materia; incluso realizando doble jornada durante el año 2010 y 2011 hasta tanto esta persona hizo nuevas incorporaciones en el área. Nunca fue reconocido ni remunerado ese aspecto de mi trabajo, sumado al hostigamiento permanente por parte de esta persona tanto a mi como a mis compañeros. Incluso en la actualidad el Estado no me paga por reemplazar a este hombre en sus tareas, mas allá de todas las notas que he presentado”, comenzó a contar la mujer, para luego agregar: “Sinceramente siento que no sólo soy víctima de la violencia y el acoso de este hombre – de quien, a pedido de la víctima, nos reservaremos nombre y apellido- sino que también he sido discriminada en el desempeño de mi trabajo, el cual transité en soledad, sin orientación y buscando ayuda psicológica de manera particular”.
“Después de tanto insistir, presentar notas, acudir al sindicato, hablar con todos los jefes de personal, directores y responsables que pasaron durante estos años, logré recién en marzo de 2017 que me escucharan, gracias a que mis compañeros y mi jefa -que pidió en varias oportunidades mi ascenso- me acompañaron en este reclamo. Aunque no así quienes tomaban las verdaderas decisiones tal vez por cuestiones políticas”, continuó.
“Logré que se iniciara el proceso sumarial -bajo el decreto 1006/2017-, pero yo tuve que tomarme forzadamente las vacaciones porque no se tomaba ninguna decisión y me veía obligada a seguir trabajando con el, después de padecer situaciones inapropiadas, gritos, golpes de puño en su mano junto a mi rostro y en el escritorio, maltratos varios, acoso, sintiéndome permanentemente amedrentada y con temor, temblando en mi lugar de trabajo. Volví de mis vacaciones forzadas y nada había pasado, hasta que el Jefe de Personal -Hernán Ayala-, gracias a Dios, hizo lugar a mi pedido de no tener contacto con mi agresor y elaboró una nota estipulando que el no podía dirigirme la palabra. Por otra parte me pidieron que a los informes de producción se los entregara al director -Iván Mataitis- vía mail para no tener que establecer contacto con este hombre. Pero todo sigue igual, yo sigo expuesta a que este hombre tenga alguna reacción en mi contra, más allá de todas las cosas que ha dicho de mi desempeño en el trabajo, encontrando eco en directivos, como si yo puedo tomar algún tipo de represalia ante todas las cosas que me hace, cuando es al revés, me acosa, me violenta y encima habla mal de mi trabajo que es todo lo que tengo, que lo hago con amor, que es mi orgullo porque vengo de una familia muy laburadora”, contó.
“El proceso sumarial todavía está en curso, declararon todos mis compañeros, mi jefa que también ha padecido la violencia de género de este hombre -esta persona que no concursó, y que no está en el organigrama vigente, que nos pide cosas y oficia de nuestro jefe con la connivencia de los superiores-, y se que hay compañeros que han declarado con miedo. Si el resultado llega a ser desfavorable para el, tengo mucho miedo de que cargue en mi contra. Esta persona me ha hecho tener miedo de todo, de las consecuencias directas contra mi persona, de que me cambien de área y pierda la oportunidad de seguir creciendo en mi trabajo, de encontrarlo en la calle: miedo a todo”, remarcó.
Consultada sobre si hubo alguna intervención del área de Género y Diversidad de la Municipalidad de Gualeguaychú, la trabajadora contó: “Estando en conocimiento las personas a cargo de este tema, Ayala y la abogada sumariante me hablaron del área de Género, pero nunca nadie se comunicó conmigo y quedó como una cosa que era por mi cuenta si hablaba o no. Nadie nunca me habló de un protocolo ni nada: lo único que quiero es no tener palpitaciones, trabajar con libertad, con un trato cordial, sin miedo, creo que es mi derecho y el de todos. Movida por esta situación volví a pedir ayuda y decidí dar un paso más y radicar la denuncia en Fiscalía, para que esta persona no se pueda acerca a mi”.
Y concluyó: “Pedí un abogado durante la ampliación del sumario, y me lo negaron porque era la denunciante y así como funciona la norma, pero el reclamo no habla de todo lo demás, sino que se refiere a lo laboral, lo que no me entienden es que tengo miedo”.
Aquí cobra importancia la necesidad de una herramienta que no deje todo en manos de las subjetividades e individualidades, sino que organice y sobre todo, garantice, medidas mínimas para la prevención de la violencia y la protección de la víctima.
De marcos jurídicos y la gravedad de desconocerlos
Días atrás leí declaraciones periodísticas de funcionarios municipales en relación a un tema vinculado al abordaje de la violencia de género, que “uno puede adherir como un gesto pero los protocolos hay que aplicarlos: no hay opciones”. Entonces, a raíz de esta información, asumí que existía un protocolo para el abordaje de este tipo de problemáticas. Encontré bastante información, pero nada que a nivel local indicara que se estaba aplicando un protocolo de violencia de género en el ámbito laboral que se desempeñara en el marco de normas superiores.
Encontré por ejemplo, considerandos como que “las violencias sexistas constituyen conductas y acciones lesivas de derechos humanos y que las mismas han sido objeto de diferentes instrumentos normativos aprobados por la comunidad internacional, tales como: la Declaración Universal de los Derechos Humanos; la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre; los diversos instrumentos de Derechos Humanos de Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos (OEA), en especial la Resolución 2807/2013 de Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad y Expresión de Género; el Pacto de San José de Costa Rica; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; la Convención sobre los Derechos del Niño; la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Conv. de Belem do Para) y la Convención sobre Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Los tratados y convenciones internacionales antes nombrados gozan de jerarquía constitucional en nuestro país y por tal condición, los derechos allí consagrados deben ser garantizados por el Estado Argentino arbitrando, a través de sus diferentes jurisdicciones y dependencias, las acciones y políticas públicas tendientes a garantizar su plena vigencia. Existen Leyes Nacionales que salvaguardan tales Derechos Humanos y reprimen la violencia y la discriminación basada en el género tales como: la Ley Nacional Contra Actos Discriminatorios (N°23.592); el Decreto Nacional (N° 2.385/93) de Acoso sexual en la Administración Pública Nacional; la Ley Nacional de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales (N° 26.485) y su Decreto de Reglamentación (N° 1011/2010); la Ley Nacional de Identidad de Género (N°26.743)”.
También encontré que “la Provincia de Entre Ríos, desde el año 1988 implementa políticas específicas referidas a las diferentes expresiones de la violencia sexista, propiciando espacios institucionales específicos así como también crea normativas y leyes que fortalecen acciones. En este sentido, en 1999 se sanciona la Ley 9.198 denominada de Prevención de la Violencia Familiar: Protección y Asistencia Integral de las personas involucradas en la problemática, que fue Reglamentada por Decreto 1.468/2009. Que en la Reforma de la Constitución Provincial de 2008 se establece en el artículo 17 que “Se garantiza la igualdad real de oportunidades y de trato para mujeres y varones en el pleno ejercicio de los derechos que fueren reconocidos en el ordenamiento jurídico. Una política de estado prevendrá en forma continua todo tipo de violencia y dispondrá acciones positivas para corregir cualquier desigualdad de género”.
También “que en el año 2012, por Decreto 1.507, se suscribe el “Protocolo interministerial e intersectorial de acciones destinadas a la prevención, protección y asistencia integral de la violencia de género y violencia familiar” cuyo objetivo es potenciar, reforzar y fortalecer las políticas públicas vinculadas a la prevención y asistencia integral de la violencia de género y violencia familiar con la participación de los distintos poderes y de instituciones de la sociedad civil. Que la Provincia de Entre Ríos adhiere a la Ley Nacional 26.485 de “Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”, mediante la Ley N° 10.058, publicada el en febrero de 2012 en el Boletín Oficial. A su vez el Concejo Deliberante del Municipio de Paraná adhiere a la misma según Ordenanza N° 1606 del 23/5/2012″.
Dichos argumentos son el sustento del proyecto que la Universidad Nacional de Entre Ríos debate actualmente en el marco de establecer un protocolo de actuación de las expresiones y acciones discriminatorias basadas en las violencias sexistas en el ámbito universitario. Estamos hablando de un organismo público entrerriano. Esto no se está debatiendo en una convención de Estocolmo, se debate en Entre Ríos. Y hasta donde sabemos, la Municipalidad de Gualeguaychú también está sujeta a estas normas, más allá de que adhiera o no formalmente a la Ley N° 10.058. Además de que “uno puede adherir como un gesto pero los protocolos hay que aplicarlos: no hay opciones”. Es decir, a la luz de los hechos, no se estaría cumpliendo. Y en el caso en que aceptemos que no se cuenta con las herramientas, porque tooooodo lo mencionado anteriormente es para los gualeguaychuenses letra muerta -como si esto fuera posible- hace falta crear desde las necesidades específicas herramientas concretas, más allá de todo.
Entonces: ¿Tiene la Municipalidad de Gualeguaychú un protocolo de actuación ante un hecho de violencia de género, específico en tanto organismo público o un protocolo interministerial e intersectorial de acciones destinadas a la prevención, protección y asistencia integral de la violencia de género y violencia familiar para que la mujer que denuncia en Fiscalía para que el tipo que la violenta no se acerque a su casa no sea revictimizada padeciendolo en su trabajo? Misma mujer, mismo hombre, diferentes criterios: ¿Cómo se le explica desde el sentido común esto a la víctima?
En busca del protocolo (y no el de Prensa y Ceremoniales)
Durante el proceso de confección de esta nota, me encontré con diversas situaciones que dan cuenta de la falta de cumplimiento de la legislación vigente en materia de prevención de la violencia como así también el abordaje integral en cuestiones de violencia de género en los organismo públicos.
Comparto dos situaciones para graficar que el proceso de naturalización de la violencia de género en el ámbito laboral, al cual se enfrentan las trabajadoras municipales, goza de excelente salud:
La Fiscalía tomó la denuncia de esta mujer como un hecho ocurrido en el ámbito laboral, sin especificar que la denuncia busca respuestas de la Justicia ante una situación de violencia de género en el ámbito de lo laboral, que no es lo mismo, por lo tanto la solución al problema no puede tramitar solo el camino administrativo. La respuesta ante el reclamo laboral llegará – o no- de la mano del proceso sumarial iniciado, pero mientras tanto hay una serie de cuestiones que revictimizan a esta mujer y que no han sido consideradas hasta el momento por no existir un protocolo de acción conjunta entre los organismos públicos intervinientes y desde ya, por carecer los mismos de un enfoque de género. Así es que el Juez de Garantías envió un oficio al director del área de Asuntos Legales del Municipio, comunicando las medidas inhibitorias dispuestas por un plazo de 30 días que comenzaron a correr desde el mediodía de este jueves. Entre ellas consta la prohibición de que el agente municipal denunciado no pudiera acercarse a una distancia menor a 200 metros al domicilio que la denunciante, con todas las aclaraciones pertinentes a una resolución de estas características. Pero al tratarse la Municipalidad de un organismo público, el Juez no dice nada respecto de las medidas que debe tomar el Municipio con el denunciado dentro del Municipio. Claramente la Justicia tampoco cita en el oficio la normativa vigente. Así es que la mujer concurrió a su lugar de trabajo el viernes por la tarde, de acuerdo al horario que le correspondía cumplir, y se encontró con el hombre al que denuncio por violencia de género en el ámbito laboral. La restricción para el “sentido común”.
Otro dato: El titular del Sindicato de Trabajadores Municipales, Mario López, reconoció: “no tenemos ningún protocolo para intervenir ante un hecho de violencia de género, pero la Municipalidad estoy casi seguro que tiene, deberías comunicarte a Mesa de Entradas y hablar con el área correspondiente”. Intenté comunicarme con la titular del área de Género y Diversidad, Florencia Bugnone, pero al no poder hacerlo llamé al número proporcionado por López y me atendió amablemente una persona que ante la pregunta quiso derivar mi llamada al área de Protocolo Ceremonial y Prensa; al explicarle que el protocolo al que me refería es una guía de acción ante un hecho de violencia de género, con absoluta honestidad, la persona que me atendió el llamado reconoció que no sabía con qué oficina comunicarme. Así las cosas…
(*) Periodista. Publicado en Reporte 2820.