La Justicia de Entre Ríos comenzará a juzgar desde hoy, en Gualeguaychú, a un policía acusado de un delito por el cual ya fue juzgado pero en el que no fue condenado. Como fue sometido a un proceso de juicio por jurado, al no llegar a un voto por unanimidad los jurados populares el proceso se declaró “estancado” y se sometió a un nuevo juicio. Hay un principio que declara que ninguna persona puede ser sometida dos veces a proceso por un mismo hecho. La paradoja es que el juez a cargo de este segundo juicio carga con un sumario en su contra dispuesto por el Poder Judicial luego de que fuera denunciado por violencia familiar.

En marzo de 2023, el primer juicio por jurados que se celebró en Gualeguaychú cerró sin que los 12 jurados populares pudieran ponerse de acuerdo en un dictamen por culpabilidad o inocencia del policía Mauricio Javier Gómez, sentado en el banquillo acusado del homicidio del joven Iván Pérez con un disparo con su arma reglamentaria, hecho a una distancia de unos 90 metros, y por la espalda.

La causa, caratulada «Gómez, Mauricio Javier S/ homicidio agravado por tratarse su autor de un miembro de las fuerzas de seguridad en abuso de sus funciones», investigó la responsabilidad del sargento Mauricio Gómez imputado por el homicidio de Iván Pérez, quien falleció por impacto de una bala 9 mm en el marco de una fuga y persecución policial.

Gatillo fácil: no hubo acuerdo del jurado popular y se hará un nuevo juicio

En el proceso, la jueza Alicia Vivian actuó como jueza técnica, en tanto que la acusación pública estuvo a cargos de los fiscales Lisandro Beherán y Martina Cedres, y la querella particular, a cargo de Pablo di Lollo. La defensa del policía fue ejercida por Alfredo Vitale.

El 9 de octubre de  2019, aproximadamente a  las 10:48 horas, en el marco de un procedimiento policial efectuado a raíz de una denuncia por sustracción de efectos del interior del domicilio en Barrio Molinari Sector 5 casa 25 de Gualeguaychú, acuden al lugar en el móvil  N°647 de Comisaría Octava los funcionarios policiales Sargento Ayudante Juan Alberto Zapata y  Sargento Javier Mauricio Gómez. Ambos comienzan una persecución de una de las personas sindicadas como posible autora del ilícito en curso.

La persecución se extiende hasta la continuación de calle Los Algarrobos y calle Furquez, momento en el cual los policías detienen la marcha del vehículo y el sargento Gómez se baja del mismo y con un arma de fuego, tipo pistola calibre  9 mm (que sería la reglamentaria y asignada al funcionario  por la autoridad policial), abusando del cargo policial -de manera injustificada y antirreglamentaria-,  efectúa un disparo en dirección a la persona perseguida y que se intentaba aprehender, a una distancia aproximada entre los 90 y 100 metros,  dando el proyectil en la zona del cráneo de  Iván Pérez , quien fallece inmediatamente en el lugar de mención.

Ese mismo hecho va a ser juzgado nuevamente. En 2021, la jueza técnica fue la vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú Alicia Vivian. Ahora, ese lugar lo ocupará su colega, Arturo Exequiel Dumón, un magistrado que fue sumariado por el Poder Judicial luego de que su expareja lo denunciara por violencia familiar en la Justicia de Familia del sur provincial.

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Ese proceso en Gualeguaychú, un mismo delito que se juzga dos veces, choca con un principio que enarbola la Suprema Corte de Justicia de la Nación: técnicamente se lo conoce como non bis in idem (no dos veces por lo mismo, en latín). Es el principio que plantea la abogada de Jorge Julián Christe ante la Suprema de Justicia de la Nación para evitar que su defendido sea sometido a un segundo juicio por jurado por el crimen de su pareja María Julieta Riera. La defensora Mariana Barbitta aguarda que ese planteo tenga acogida favorable.

Una interpretación amplia de la garantía contra el múltiple juzgamiento conduce no sólo a la inadmisibilidad de imponer una nueva pena por el mismo delito, sino que lleva a la prohibición de un segundo proceso por el mismo delito, sea que el acusado haya sufrido pena o no la haya sufrido, y sea que en el primer proceso haya sido absuelto o condenado”, dice un documento de la Corte que analiza ese principio de doble juzgamiento. “La prohibición de la doble persecución penal tiene rango constitucional”, asevera.

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora