Se trata de una medida inédita. La Justicia dispuso que un residente uruguayo imputado por violar la cuarentena haga una donación de $50 mil al Hospital Centenario, de Gualeguaychú.

La resolución, rubricada por el juez federal de Gualeguaychú Hernán Viri, se dio en el marco establecido por el Código Procesal Penal Nacional en el artículo 22, que dispone que en el marco de la solución de conflictos, «los jueces y los representantes del Ministerio Público procurarán resolver el conflicto surgido a consecuencia del hecho punible, dando preferencia a las soluciones que mejor se adecuen al restablecimiento de la armonía entre sus protagonistas y a la paz social».

Según se supo este jueves, con el acuerdo del fiscal federal Pedro Rebollo y por pedido del defensor público federal Iván Gueller, el juez federal de primera instancia de Gualeguaychú resolvió que el vecino residente en Uruguay Octavio Ramón Aybar, imputado por violar las medidas dispuestas en el artículo 205 del Código Penal Argentino, deberá donar la suma de $50 mil al Hospital Centenario.

Cabe destacar que la causa penal fue iniciada cuando miembros del destacamento local de Gendarmería Nacional interceptaron al hombre a la altura del kilómetro 38 de la ruta internacional 136, el pasado 20 de abril a las 15.30 horas. En ese momento, el vecino residente en la localidad de Montevideo argumentó que había ingresado al país el pasado 15 de abril para despedir los restos de su madre que había fallecido el día anterior. Corroborándose que no había cumplido con los 14 días de aislamiento preventivo, social y obligatorio dispuestos por el Ejecutivo Nacional, se labró una causa penal que prosperó en el marco de la investigación conducida por la Unidad Fiscal Federal.

Apelando «a la racionalidad que debe guiar la solución del conflicto sobre la base de los institutos de la conciliación y la reparación integral del daño», según habilita el artículo 22 del mencionado código procesal, el juez fundamentó los motivos por lo cuales resolvió homologar el acuerdo de reparación integral realizado por Octavio Ramón Aybar, con el fiscal federal Dr. Pedro Rebollo, en los términos establecidos por el artículo 59 (inciso 6° del Código Penal de la Nación) y el citado artículo 22 dle Código Procesal Penal Federal, imponiéndose la obligación de donar la suma de 50 mil pesos al principal efector de salud del sur entrerriano, en el marco de la pandemia en curso.

Aybar tendrá un plazo de 10 días para hacer efectiva la donación y de esta manera concretar el acuerdo que puso fin a la carga penal en su contra.

Fuente: Reporte 2820.