El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Urribarri, presentó este miércoles un proyecto de Ley para reglamentar el derecho a réplica, establecido en el artículo 13 de la Constitución provincial. La información fue revelada este miércoles por la Agencia de Informaciones Mercosur (AIM), que tuvo acceso a la iniciativa.
En la práctica, se trata de una ley mordaza que condiciona el trabajo de los medios, y los ubica en una situación de altísima indefensión ante el humor de los funcionarios o legisladores, que bien podrían iniciar acciones legales cuando una información no les plazca, ventile situaciones que prefieren mantener en reserva o revelen algo de su patrimonio.
Raro que Urribarri motorice una iniciativa de ese tenor. Durante su gobierno, ejecutó una política de control de los contenidos mediante la utilización de la pauta publicitaria del Estado o con la designación de “comisarios políticos” en los medios, tarea que ejecutó su ministro de Cultura y Comunicación, el ahora diputado Pedro Ángel Báez.
En su informe sobre la situación de los medios en Entre Ríos, el periodista Jorge Riani escribió un dossier sobre la realidad de la provincia para el libro «Periodismo Cercado», editado por el Foro de Periodismo Argentino (Fopea) en 2015. «El gobierno de Urribarri –escribió Riani– ha sido exitoso en su propósito de manejar a la prensa», y se refirió al caso específico de «El Diario», en estos términos: «En las páginas del centenario diario, que supo conformar la agenda mediática de la provincia, desaparecieron las críticas de la oposición, de los sindicatos independientes, los conflictos que involucran al gobierno, las demandas a las autoridades gubernamentales, las denuncias de corrupción producidas por medios más chicos, los casos de inseguridad».
El manejo de la pauta no estuvo exento de irregularidades que ahora investiga la Justicia.
Ajeno a todo eso, Urribarri decidió reglamentar el derecho a réplica con un sesgo intervencionista, otra vez, sobre el contenido de los medios.
“El derecho a réplica consagrado en el artículo 13 de la Constitución Provincial será ejercido, de acuerdo con la reglamentación establecida por esta ley, por toda persona afectada en su honor o reputación por informaciones maliciosas, inexactas o agraviantes, emitidas en su perjuicio a través de un medio de comunicación social de cualquier especie, y que se dirijan al público en general, tiene derecho a efectuar en el mismo medio su respuesta u obtener su rectificación”, dice el texto de Urribarri en su artículo primero.
Y agrega que el proceso “se iniciará con una presentación escrita ante las autoridades del medio, en un plazo de quince días corridos desde que se emitiera la información que se pretende responder o rectificar. El medio deberá publicar la respuesta o rectificación en el plazo de tres días corridos de recepcionada la solicitud o en el siguiente número si se tratase de un medio gráfico o en el programa más próximo de similar audiencia en caso de medios audiovisuales y de radio”.
El proyecto del exgobernador fija que la “respuesta o rectificación deberá ser proporcional y con los mismos caracteres que la información que diera origen al reclamo. Los medios gráficos y digitales deberán procurar la misma extensión, tipografía y diseño que los utilizados en la información maliciosa, inexacta o agraviante. Los medios audiovisuales o radiofónicos deberán emitir la respuesta o rectificar la información en el mismo programa y como mínimo durante el mismo tiempo”.
Además, la iniciativa de Urribarri establece que en caso de rechazarse la solicitud o no realizarse la publicación “en tiempo y forma, la persona perjudicada podrá acudir ante la Justicia ordinaria por la vía sumarísima prevista en el Código Procesal Civil y Comercial de Entre Ríos, siendo competente el juez del domicilio del afectado o del medio a elección del actor. La acción deberá deducirse dentro de los treinta días corridos contados a partir de la fecha en que debió realizarse la publicación”.
“En caso de acogerse la acción –dice el artículo 9°, la publicación deberá realizarse dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) horas de quedar firme la resolución judicial”. Y en caso de negarse el medio a publicar el derecho a réplica, “el juez que hubiere dispuesto la misma está facultado a aplicar una multa diaria cuyo monto estará vinculado al valor de los espacios publicitarios en dicho medio. A elección del afectado el juez además podrá disponer de que la rectificación se publique o difunda en otro medio similar a costa del editor o responsable del medio condenado”.
“La publicación parcial, defectuosa o que por cualquier otro motivo no se ajuste a las pautas establecidas en esta ley, será tenida como negativa del medio dando lugar a la aplicación de las sanciones que el juez interviniente determine”, insiste la iniciativa de Urribarri.
Al dar cuenta de la noticia del proyecto, AIM recuerda estos datos, también: «A 20 meses de haber dejado el sillón de Urquiza, imputado en cinco causas judiciales -una por enriquecimiento ilícito-, con algunas ollas que se van destapando y críticas que adquieren mayor resonancia que antes; ahora que algunas balas le pican cerca, Urribarri tiene interés en que en la provincia se reglamente el derecho a réplica, consagrado en el artículo 13° de la Constitución provincial».
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.