La decisión del Concejo Deliberante de Victoria, que por unanimidad declaró Área Natural Protegida a la zona de colinas ubicadas frente la Costanera de esa ciudad, generó la inmediata reacción del intendente municipal Domingo Maiocco (Cambiemos) que decidió vetar de forma íntegra la ordenanza N° 3.785, impulsada por la concejala Graciela Bar.
A través del decreto N° 800, dictado el 10 del actual, el Ejecutivo vetó la ordenanza que declara Área Natural Protegida a la zona de las colinas de Victoria, que así quedarían bajo la órbita de la Provincia en el marco de la Ley N° 10.479. En el veto, Maioco argumenta que la Municipalidad de Victoria “tiene previsto realizar un Plan General de Mejoramiento y Puesta en Valor del Borde Costero, que se vería seriamente restringido si se somete la zona a la jurisdicción provincial”.
Al respecto, el decreto de veto añade que el primer inconveniente que se encuentra es que la Ley N° 10.479, “sancionada en abril de 2017, no se encuentra reglamentada al día de la fecha, razón por la cual se desconoce los pormenores del funcionamiento de la misma. Resulta al respecto muy llamativo que transcurridos dos años de vigencia de la ley, aún no se conocen los aspectos prácticos y concretos de la norma”.
Pero además, Maioco entiende que el Concejo Deliberante carece de “competencia” para crear un Área Natural Protegida, facultad que la ley le otorga a la Provincia. “Es decir que si el Departamento Ejecutivo Municipal debe gestionar una declaración ante el Gobierno Provincial, a su vez no puede promulgar una norma que exprese la misma declaración, puesto que incurriía en una contradicción normativa”, señala.
Pero también argumenta la administración Maiocco que “existen razones de índole técnicas, relativas a la Planificación Urbana local, que aconsejan no entregar a la jurisdicción provincial las decisiones sobre tan importante zona, que cuenta con propiedades fiscales públicas y privadas”, que abarcan una superficie total de 40 hectáreas, de las cuales 10 hectáreas son terrenos privados.
La autora de la iniciativa, la concejala Graciela Bar, del bloque del Frente para la Victoria, señaló que la ordenanza fue votada en forma unánime por el Concejo. “El Intendente la vetó aduciendo que vulnera la autonomía municipal. Pero la Constitución Provincial fija que el poder de policía en materia ambiental es ´competencia concurrente entre la provincia y el municipio» y que “el Estado propicia por ley la creación de áreas protegidas´, como por ejemplo, los humedales e islas de Victoria”.
“No se pretende vulnerar la autonomía sino que, como cientos de otros sitios en la provincia, se proteja nuestra naturaleza con una ley específica”, aduce Bar. “Así están dadas las cosas, donde parecería imposible que el gobierno municipal pueda coordinar con el provincial, slogan tan pregonado en recientes declaraciones públicas”.
La concejal ahora impulsa un rechazo al veto por medio de una nueva ordenanza en la que señala que la ordenanza aprobada por unanimidad de los miembros del Concejo “no es contradictoria tal como manifiesta el Presidente Municipal en el quinto considerando del Decreto 800, pues en su artículo 3° sólo establece que realice una gestión, previo posicionamiento político sobre nuestra intencionalidad y autonomía municipal”.
Y cita que el mismo procedimiento se siguió para que las islas de Victoria fueran declaradas Área Natural Protegida, según Ordenanza 2.185/2003.
Luego, da una serie de argumentos: que el Decreto 800 “manifiesta una errónea interpretación de la Ordenanza 3.875 cuando expresa ´no entregar a la jurisdicción provincial las decisiones sobre tan importante zona que cuenta con propiedades fiscales públicas y privadas…´ pues es intencionalidad de este Cuerpo que, por tratarse de un tema ambiental y en consecuencia concurrente entre provincia y municipio, la Municipalidad de Victoria coordine con la Provincia en la protección de nuestra naturaleza”.
Y destaca que la presentación de la ordenanza 3.785 “surge como medida precautoria, para evitar una posible intervención, municipal o privada, que pueda ocasionar un daño o deterioro en el paisaje natural que nos identifica”. Y que la delimitación que se propone “no involucra al ´sector de balneario´ porque el límite es la vía del ferrocarril, no se interpone con la intervención con la que ya cuenta el sector, ni con el desarrollo de la propiedad privada, pues al sector privado se lo excluye expresamente”.
Y subraya después que “si el Presidente Municipal no reconoce la competencia de la provincia, a través de leyes específicas, en la definición de Áreas Naturales Protegidas y en consecuencia la participación de la Secretaría de Ambiente como autoridad de aplicación, deberá plantear la inconstitucionalidad de la ley 10.479”.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.