El Centro de Ojos Doctor Pablo Lódolo, que funciona en la calle La Paz al 400, en Paraná, quedó en la mira del Ministerio de Salud luego de atravesar, en medio de la pandemia de coronavirus, por una situación poco corriente.
El Centro de Ojos inició los trámites ante Salud para la renovación de la habilitación como centro especializado en la realización de ablación e implante de córneas y escleras tanto en adultos como en niños, y también implantes de membrana amniótica.
Ya tenía autorización para realizar esas prácticas, que el Estado se la otorgó a través de la resolución Nº 1.453, dictada el 6 de noviembre de 2019, pero en medio de la tramitación de la renovación ocurrió la existencia del expediente RU Nº 2622990, “que tiene por objeto la remisión al Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai) de irregularidades que habrían acaecido en el establecimiento en el marco de prácticas referentes a trasplantes de córneas”.
El hecho ocurrió el 9 de septiembre de 2021 cuando se enviaron córneas a Paraná destinadas a distintos pacientes “debidamente rotuladas y en condiciones de conservación”. La resolución Nº 2.809 dictada el 7 de este mes por el Ministerio de Salud y por la que se abrió un sumario administrativo al Centro de Ojos Doctor Lódolo, da cuenta de que “una de las córneas no se habría implantado en virtud de que desde el establecimiento no se habrían percatado que los dos tejidos se encontraban en un mismo contenedor. Además, se habrá trasplantado la córnea asignada a la paciente S al paciente G, quedando la córnea (…) proveniente de la localidad de Corrientes sin ser utilizada ya que se produjo la pérdida de la cadena de frío”.
“Que corresponde destacar que el organismo rector de transplantes de la Provincia de Misiones ha requerido informe de lo sucedido al Dr Pablo Lódolo. Según se desprende de la copa obrante a fs 324, el Dr. Lódolo ha reconocido en forma expresa y categórica tanto el error respecto de la persona a la cual debía transplantársele la córnea como la pérdida de la cadena de frío de la otra córnea, por lo cual no pudo ser utilizada”.
Luego de citar el marco legal que regula la actividad y las sanciones que caben ante incumplimientos, el Ministerio de Salud concluyó de todo lo expuesto “se desprende que la práctica de tansplantes en el establecimiento de marras a la fecha no cumpliría con los requisitos de idoneidad establecidos en la normativa vigente para ser habilitada comunicando ello al Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA). Respecto de los hechos acaecidos en el Centro de Ojos Dr. Lódolo SRL, es decir haber trasplantado la córnea PD 507829 asignada a la paciente ARS al paciente ATG, y la pérdida de la cadena de frío y por lo tanto de la propia córnea con número de proceso PD 507673 asignada al Sr G, correspondería proceder a sustanciar un sumario administrativo”.
Entre Ríos Ahora lo consultó a Lódolo sobre ese incidente, y minimizó el asunto. «Es un error administrativo. Se nos había vencido la resolución por la cual nos autorizaban a hacer transplantes, y justo nos habían mandado unas córneas que tuvimos que devolverlas. Fue un error administrativo y quedamos pegados. Pero ya hicimos el descargo, ya hablamos con el Ministerio de Salud y en teoría ya está por salir la resolución que nos avala nuevamente, así que no pasó de eso, explicó.
Este sitió lo contactó al profesional el martes por la mañana. Lódolo respondió y a la tarde de ese día envió un audio de whatsapp en el que adelantó que estaba todo resuelto. «De hecho, me informan del Ministerio de Salud que están firmando la resolución donde echan para atrás esto por el error que cometieron», explicó.
Efectivamente una nueva resolución de Salud cita una presentación de Lodolo en la que pidió que se “revea” la decisión de iniciar un sumario al Centro de Ojos Dr Lódolo SRL.
La disposición cita un informe de la Dirección General de Prestaciones que “informa que se trata de un establecimiento asistencial dedicado a las prácticas de trasplante de córneas, debidamente habilitado por este Ministerio y el Incucai, siendo uno de los pocos dedicados a dicha tarea prestacional que redunda en beneficio de la sociedad, garantizando el derecho a la salud”.
Luego de señalar que la medida adoptada por la resolución Nº 2.803/23, que dispuso un sumario, “puede tornarse excesiva e inconveniente” Salud resolvió “dejar sin efecto la resolución en cuestión, con retroactividad a partir del dichado de dicha norma, restituyendo la habilitación pertinente al Centro de Ojos Dr Lódolo SRL”.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora