El fiscal Juan Francisco Ramírez Montrull participó, junto a sus colegas Gonzalo Badano y Patricia Yedro, del cuerpo de acusadores públicos en el megajuicio que se siguió al exgobernador Sergio Urribarri que se inició en 2021 y que concluyó en 2022 con el fallo condenatorio a 8 años de cárcel para el extitular del Poder Ejecutivo.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso de impugnación extraordinaria presentado en 2025 y confirmó la condena.
De las 14 personas que se sentaron en el banquillo, 5 fueron absueltas (una falleció en octubre de 2021).
Por unanimidad, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná -conformado por José María Chemez, María Carolina Castagno y Elvio Osir Garzón- declaró a Urribarri «autor material y responsable de los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y peculado en concurso ideal en la modalidad de delito continuado», en la primera de las causas que se ventilaron en el megajuicio, “la causa de la vaca” o de “las imprentas”, en la que se le reprochó que durante su gobierno se direccionaron las pautas de publicidad del Estado en vía pública en beneficio de las empresas de su cuñado, Juan Pablo Aguilera, Tep SRL y Next SRL, que a pesar de la discusión, el tribunal confirmó que le pertenecen y que quienes dijeron ser sus dueños son en realidad testaferros.
En diálogo con el programa Puro Cuento de Radio Plaza 94.7, Ramírez Montrull explicó: “Después del fallo de la Corte, ahora se tiene que comunicar formalmente la resolución al Poder Judicial de Entre Ríos, y, una vez que esto suceda, nosotros formalmente vamos a pedir la detención, que se ejecute la condena. En realidad, que se empiece a cumplir la condena”.
-¿Ya no es prisión preventiva, es condena firme?
-Exactamente. Se empieza a computar la condena.
-¿No quedan caminos alternativos para recurrir?
-No. Esto es el cierre de un proceso muy complejo, con muchas incidencias, y esta confirmación de la Corte entiendo yo que restablece la confianza en las instituciones, la confianza en la justicia, fundamentalmente la confianza en el Ministerio Público Fiscal. El mensaje es que las personas, aún con poder, poder político, poder económico, si cometen delitos, también van presos. Me parece que eso es lo más importante que rescato de todo este proceso. En el medio hubo destituciones, tuvo un montón de conflictos en todo lo que fue el ámbito político y en el ámbito judicial también. Esta confirmación de la Corte ratifica que en todo el proceso se respetaron los derechos de los imputados y sus garantías. Además, que se pudo determinar la responsabilidad de estas personas y que deben cumplir su condena. Hay que recordar que la condena también incluye el decomiso de bienes que fueron utilizados para cometer los delitos.
-En el medio ocurrió el jury y destitución de la Procuradora Adjunta Cecilia Goyeneche, que fue respuesta por la Corte.
-No solamente eso. Salieron concursos rápidamente, se intentó modificar el Código Procesal Penal de la provincia, se cuestionó el sistema acusatorio, se cuestionaron las facultades de los fiscales para investigar y de los equipos técnicos del Ministerio Público Fiscal. Por eso, lo importante de esta confirmación de la Corte es que la gente puede volver a confiar en las instituciones.
También se lo condenó por el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en la causa en la que estuvo implicado el empresario todo terreno Germán Buffa, que consiguió del Estado una publicidad en tiempo tan veloz que la orden se firmó mucho antes de que su empresa, Global Means SRL, tuviera existencia real: no había sido inscripta todavía en la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip). El tribunal probó también acá el direccionamiento por cuanto Buffa tenía negocios con el exministro de Cultura y Comunicación de Urribarri, Pedro Báez, y su esposa, Sofía Riquelme.
La Justicia halló al exgobernador también autor del delito de peculado en la causa que investigó la publicación de una solicitada en diarios nacionales contra los fondos buitre, que le costó al Estado entrerriano la suma de $4 millones y que en realidad fue parte de la instalación nacional del «Sueño Entrerriano», su pretendida precandidatura a presidente de la Nación; le cargaron sobre sus espaldas también los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio del a función pública y peculado en concurso ideal en la investigación por el pago de una pauta publicitaria por $28 millones a la empresa Nelly Entertainment SA, del empresario Jorge “Corcho” Rodríguez, para difundir tres spots publicitarios en canales nacionales para, en teoría, promocionar la Cumbre de Presidentes del Mercosur, que se realizó en 2014 en Paraná, pero cuyo fin último fue instalar la figura de Urribarri a nivel nacional en su ansiado proyecto del “Sueño Entrerriano”: la posibilidad, frustrada al fin, de ser candidato a presidente de la Nación.
Además, en la quinta causa, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y peculado en concurso ideal en la causa del parador de Mar del Plata que se instaló en el verano de 2015 y que le costó al Estado entrerriano $14 millones. Oficialmente, fue presentado como una estrategia de difusión turística de la Provincia, pero para la Justicia cumplió la función de instalación de la figura de Urribarri como futuro candidato a presidente.
Así, sumados las causas “de la vaca”, la publicidad amañada direccionado hacia alguien del entorno del Gobierno y el costo del “Sueño Entrerriano” derivó en la aplicación de la condena de 8 años de cárcel de cumplimiento efectivo para el extitular del Poder Ejecutivo entrerriano, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua y una multa por $180 mil.
El resto de las condenas
A Pedro Ángel Báez, exministro de Cultura y Comunicación, exdiputado provincial del PJ, por la comisión en calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, 4 hechos, le pidieron la pena de 10 años de cárcel, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La condena fue de 6 años y 6 meses de prisión, más la inhabilitación absoluta perpetua y multa por $90 mil.
A Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, funcionario del Senado de Entre Ríos, como partícipe necesario de los delitos de peculado ynegociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, en dos hechos, le fue solicitada una pena de 10 años de prisión. Además, la accesoria de la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue condenado a 6 años y 6 meses de cárcel. Además, la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos y multa por $180 mil.
A Corina Elizabeth Cargnel, contadora de las empresas Next SRL y Tep SRL, que se adjudican al cuñado Aguilera, se la acusa como partícipe necesaria de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública en 2 hechos. Por esos hechos, la Fiscalía pidió para Cargnel 8 años de cárcel, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal consideró excesiva la pena pedida por Fiscalía y le aplicó 3 años de prisión condicional -no va a la cárcel- e inhabilitación absoluta perpetua. Además, deberá pagar una multa de $90 mil.
A Gustavo Rubén Tamay, en carácter de partícipe necesario de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, Fiscalía pide la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Le aplicaron 3 años de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua, más pago de multa de $90 mil.
A Luciana Belén Almada, esposa de Aguilera, también acusada de ser “testaferro”, le achacan en carácter de partícipe secundaria el delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal y piden la pena de 3 años de prisión de carácter condicional, y la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La pena aplicada 2 años y 6 meses de ejecución condicional, inhabilitación absoluta perpetua y multa de $90 mil.
A Emiliano Oscar Giacopuzzi, acusado por Fiscalía de ser “testaferro” de Aguilera, se le imputa como partícipe secundario del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal y se pidió para él la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La pena aplicada por el tribunal es de 2 años y 6 meses de ejecución condicional, inhabilitación absoluta perpetua y multa de $90 mil.
A Germán Esteban Buffa, el empresario suertudo que obtuvo una pauta publicitario del Estado antes de que pudiera constituir su empresa, Global Menas, y que fue parte del gerenciamiento de El Diario, de Paraná, como partícipe necesario en el delito de negociaciones incompatibles con la función pública, Fiscalía pide una pena de 3 años de ejecución condicional y la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal le aplicó la pena de 1 año y 2 meses de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua.
Al empresario Gerardo Daniel “Foia” Caruso el Ministerio Público Fiscal lo imputó como partícipe necesario en la comisión del delito de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública, en concurso ideal. Y pidió la pena de 5 años de prisión y la inhabilitación absoluta perpetua. El tribunal le aplicó la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación absoluta perpetua y el pago de una multa de $90 mil.
Además, el tribunal fijó como regla de conducta para Cargnel, Tamay, Luciana Almada, Giacopuzzi, Buffa y Caruso, por el término de dos años, la fijación de domicilio, que no podrán variar sin autorización judicial, con la obligación de compararecer ante la Oficina de Medios Alternativos (OMA) del Poder Judicial «con la frecuencia que este organismo aconseje», y la realización de tareas no remuneradas, a razón de 8 horas mensuales, que serán fijadas desde Tribunales. La OMA quedará a cargo del «control del efectivo cumplimiento de dichas reglas, que deberá elevar la propuesta a este tribunal, y receptado dicho informe, deberá labrarse por OGA (Oficina de Gestión de Audiencias) acta compromisoria».
Absueltos
A Maximiliano Romeo Sena, otro “prestanombre”, según Fiscalía, fue acusado por Fiscalía como partícipe secundario del delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal, pidieron 2 años y 6 meses de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal lo absolvió y declaró «que el proceso no afecta su buen nombre y honor».
A Alejandro Luis José Almada, cuñado de Aguilera, Fiscalía le achacó ser partícipe secundario en el delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal, y le pidió la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional. También, la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal decidió absolverlo. Almada actualmente es funcionario de la Cámara de Diputados. Fue absuelto de culpa y cargo, y declaró que «el proceso no afecta su buen nombre y honor».
Hugo Félix Céspedes, que falleció a comienzos de octubre, a menos de un mes de iniciado el megajuicio, también fue absuelto. Fue coordinador de la Unidad Operativa Mercosur, que funcionó en 2014, cuando sesionó en Paraná la Cumbre de Presidentes del Mercador Común del Sur (Mercosur). Murió el sábado 9 de octubre. El exfuncionario estaba imputado y tenía un pedido de condena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación absoluta perpetua en la denominada causa del Sueño Entrerriano por la contratación de la difusión de spots en medios nacionales con la productora Nelly EntertainmentSA, de Jorge «Corcho» Rodríguez. Durante la audiencia del martes 5 de octubre, cuando fue identificado por el tribunal, contó que se había jubilado, que tenía 63 años y que estaba en tratamiento oncológico. «Si bien se ha extinguido la acción penal por el fallecimiento de Céspedes -explicó el tribunal- creemos necesario, siguiendo el ordenamiento que fija el Código no se ha probado la materialidad de la autoría. Cremos que esto es un hecho de justicia, no solamente por haberse extinguido la acción penal»
A Gustavo Javier Tórtul, funcionario del Estado provincial, como partícipe necesario del delito de peculado y de negociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, la Fiscalía solicitó la pena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal entendió que no tuvo participación en los delitos reprochados, y lo absolvió. El tribunal declaró que «el proceso no afecta su buen nombre y honor».
Al exministro de Turismo de Urribarri, Hugo José María Marsó, acusado como autor del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, le pidieron la condena a 5 años de prisión más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue absuelto de culpa y cargo y se declaró que «el proceso no afecta su buen nombre y honor».
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.

