El Procurador General Jorge Amílcar García se expidió por el rechazo al recurso de apelación planteada por la Fiscalía de Estado a la medida cautelar dictada por el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones Juan Francisco Malvasio en el marco del amparo colectivo presentado por un grupo de padres, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) y la ONG ambientalista Fundación Cauce y que trabó la puesta en marcha del nuevo sistema de provisión de insumos a comedores escolares para preparar desayunos y meriendas.

García opinó que «debe declararse inadmisible por mal concedido el recurso de apelación, manteniendo la medida cautelar dispuesta». Y afirmó: «La disposición de la medida cautelar ordenada es, en el caso, absolutamente necesaria y correcta por lo que deviene irrazonable que se revoque la misma pues se dejaría sin tutela judicial urgente al colectivo que lo requiere, máxime existiendo riesgo de imposible o dificultosa reparación ulterior».

Comedores: presentan amparo para frenar los cambios

 

En el dictamen de la Procuració, dictado en el marco de la revisión de lo resuelto por el juez Malvasio que tiene en sus manos el pleno del Superior Tribunal de Justicia (STJ), el jefe de los fiscales advirtió «que la medida cautelar emitida está debidamente motivada y que la misma
resulta necesaria en tanto lo que se encuentra en debate es la tutela de derechos colectivos vinculados a niños, niñas y adolescentes con concurrencia a escuelas públicas provinciales».

«Del análisis del objeto de la acción y demás planteos, es palmario que la emisión de la cautelar se sustenta en la necesidad de brindar urgente protección a los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes, grupo de preferente tutela constitucional y convencional. Se cumplimenta así con diversos principios y normas tanto legales, constitucionales y convencionales. Y concretamente con lo previsto en artículos de la Constitución de Entre Ríos que tutelan diversos derechos como: la vida, la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, la salud, la alimentación, la defensa de los usuarios de bienes y servicios y a la educación, entre otros», dictaminó García.

El STJ resuelve la cautelar por comedores

En una resolución que se conoció el 5 de este mes, el juez Malvasio hizo lugar «a la medida cautelar solicitada, y en consecuencia ordenar al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos que, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en autos o se disponga el cese o modificación de la presente medida, se abstenga de ofrecer, servir, entregar o distribuir en los establecimientos educativos públicos provinciales dependientes del Consejo General de Educación productos alimenticios no perecederos destinados a desayunos y meriendas que contengan uno o más sellos de advertencia o leyendas precautorias en los términos del art. 12 de la Ley 27.642, debiendo garantizar en forma simultánea e ininterrumpida la provisión de productos no alcanzados por dicha prohibición, bajo la modalidad vigente antes de la implementación del sistema centralizado, mientras dure la sustanciación del presente proceso».

 

Amparo por comedores: el STJ rechazó la recusación del juez

Este domingo 16 venció el plazo dispuesto por el magistrado para que se presenten ciudadanos interesados en sumarse al amparo colectivo -entre otros, se presentó la Defensoría del Pueblo de Paraná- y ahora se aguarda la resolución de fondo. También se espera el fallo del STJ en torno a la medida cautelar dictada.

Ya hubo un revés para el Gobierno en su pretensión de recusar al juez Malvasio: el Superior Tribunal rechazó ese camino.

Lo que sigue es que el máximo tribunal resuelva sobre la pertinencia y vigencia de la cautelar dictada por el juez Malvasio.

 


De la Redacción de Entre Ríos Ahora