El juez de juicio Juan Francisco Malvasio hizo lugar al amparo colectivo y ordenó al Gobierno que «se abstenga de ofrecer, servir, entregar odistribuir en los establecimientos educativos públicos provinciales dependientes del Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos productos alimenticios no perecederos destinados a desayunos y meriendas que contenganuno o más sellos de advertencia o leyendas precautorias en los términos del artículo 12 de la Ley N.° 27642, debiendo garantizar en forma simultánea eininterrumpida la provisión de productos no alcanzados por dicha prohibición».
El juez dijo que lo resuelto «no importa -como se dijo. que este Tribunal se arrogue facultades de gestión que la Constitución reserva al Poder Ejecutivo. El control aquí ejercido se ciñe a un juicio de legalidad estricto, circunscripto a la verificación del cumplimiento de un mandato legal puntual, previamente definido por el legislador». Y agregó: «Es precisamente esa verificación -el control de que la Administración se sujete a la ley y, en particular, a los derechos de quienes gozan de protección constitucional- la función que la Carta Magna encomienda a la magistratura. No juzgar sería, en este caso, la verdadera abdicación de una atribución propia. Ese mandato -la exclusión de productos con sellos de advertencia frontal en los entornos escolares- no constituye una formalidad normativa prescindible o postergable según las conveniencias de la gestión administrativa. Es la expresión concreta de una política de salud pública dirigida a sujetos de tutela constitucional reforzada, cuyo cumplimiento no admite matices ni excepciones fundadas en razones de conveniencia práctica».
En el Gobierno consideraron la resolución de Malvasio como «un triunfo» y explicaron por qué: «Prohíbe el fallo la distribución de productos con sellos frontales. Y Teknofood SA tiene prohibido distribuidor productos con sellos frontales. No va a repartir ningún producto con sello frontal».
En el marco del amparo colectivo impulsado por un grupo de padres, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) y la Fundación Cauce, el proceso judicial por la nutrición en los comedores escolares, el juez Malvasio dispuso, el 5 del actual, la apertura de una convocatoria pública dirigida a todas las personas que se consideren afectadas o tengan un interés directo en la causa, permitiéndoles comparecer en el expediente para defender sus derechos o autoexcluirse en un plazo de siete días.
Esa etapa se produjo tras una resolución anterior de gran impacto, en la cual el magistrado hizo lugar a una medida cautelar que frenó el sistema de alimentación implementado por la provincia a través de la empresa Teknofood SA. Dicha cautelar obligó al Gobierno de Entre Ríos a abstenerse de distribuir productos con sellos de advertencia o leyendas precautorias (según la Ley de Alimentación Saludable) y a retomar, de forma inmediata, la modalidad de provisión anterior a la centralización del sistema.
La resolución judicial estableció que la convocatoria se realizará durante dos días a través del Servicio de Información y Comunicación (SIC) del Poder Judicial. Las personas que se consideren alcanzadas podrán comparecer en el expediente para hacer valer sus derechos o manifestar su voluntad de autoexclusión. El plazo fijado fue de siete días, y venció el último domingo. En total, se recibieron 1.763 adhesiones.
El objeto del proceso es la tutela del derecho de niños, niñas y adolescentes que concurren a establecimientos educativos públicos provinciales y reciben el programa alimentario escolar. En particular, se plantea la protección de su derecho a no recibir alimentos que resulten aptos para causar un perjuicio a su salud, en relación con los productos industrializados señalados y las previsiones de las Leyes Nº 25.724 y Nº 27.642.
La resolución también identifica como causa fáctica común la implementación provincial de un nuevo sistema uniforme de desayunos y meriendas, mediante productos predeterminados destinados a los niños, niñas y adolescentes incluidos en el programa.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.

