La Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial respaldó de forma enfática la actuación de la titular del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Concordia, Belén Esteves, en su intervención en el caso de aborto no punible que se practicó en el Hospital Delicia Masvernat, de Concordia, y rechazó «los cuestionamientos realizados a través de algunos medios de prensa».

“Esos cuestionamientos escapan al marco de respeto y prudencia que debería guiar la vida institucional de una sociedad democrática”, dijo la entidad, en referencia a las críticas formuladas hacia la jueza Esteves.

Esteves tiene escasos meses en la magistratura -antes fue funcionaria del área de Medioambiente en la administración del gobernador Gustavo Bordet-: fue designada en acuerdo por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) a comienzos de octubre para ocupar el cargo que dejó vacante Rodolfo Guillermo Jáurgui, que asumió como Sala II de la Cámara Segunda en lo Civil y Comercial de Paraná.

En realidad, Esteves no intervino judicialmente en el caso de aborto no punible, según aclaró el propio Poder Judicial. Oficialmente, desde la Justicia indicaron que «ningún juez de esa ciudad (Concordia) otorgó autorización judicial para la interrupción del mencionado embarazo, dado que se trata de un caso no judiciable por existir normativa que regula el aborto no punible».

Asimismo detalló que «en este sentido, no hubo solicitud de autorización judicial, sino un pedido de audiencia por parte de los padres de la menor para ser escuchados respecto a esta cuestión, la que fue fijada con fecha y hora, y luego quedó suspendida a pedido de los propios solicitantes, atento la aplicación de protocolos que nuestra normativa establece para este tipo de casos; tal como lo informó el Ministerio de Salud de la provincia en el día de la fecha.

El caso ocurrido en Concordia es de una niña de 13 años, que accedió a la interrupción legal de un embarazo producto de una violación.

Desde el Ministerio de Salud de la Provincia indicaron que «una Interrupción Legal de Embarazo (ILE) en niñas y/o adolescentes, es en primera instancia para respetar la integridad de la persona, e intentar terminar con un cruento camino de violencias, frente a flagrantes violaciones de estos derechos, el estado debe reparar aplicando la ley sin dilaciones, para restituir en parte la condición de dignidad de esa niña, niño, o adolescente».

«Los profesionales de la salud frente a situaciones complejas de riesgo de salud, riesgo de vida o violaciones/abuso sexual, están habilitados a proceder según lo establecido en el Código Penal Art. 86, inc. 1 y 2, siempre y cuando la niña o adolescente así lo demande.
Es importante aclarar que siempre se actúa respetando la legislación argentina que reconoce situaciones en las que el aborto está permitido -aseguró la cartera sanitaria, y agregó:- Además, el programa provincial de Salud Sexual y Reproductiva, trabaja en forma coordinada con el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación, cuya Secretaría de Gobierno de Salud está a cargo de Adolfo Rubinstein, para garantizar que el acceso a los derechos sexuales y reproductivos sean una realidad y por ende garantizar estas prácticas. 
Por eso ambas carteras de salud compartimos la preocupación por la manipulación de información, exponiendo a niñas, niños o adolescentes, porque se vuelve a dañar la integridad de esas personas, vulnerabilizándolas nuevamente».
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.