Dos afiliados al Sindicato de Personal de Industrias Químicas y Petroquímicas de Zárate-Campana y exempleados de la empresa Fademi, con asiento en Larroque, en el departamento Gualeguaychú, fueron condenados a pena condicional por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay por una nueva amenaza de tipo mafioso. Dejaron en la puerta de la casa de un directivo de la firma un paquete que contenía dos balas y la leyenda “Familia de Miguel”.
El conflicto entre la principal industria de Larroque, la fábrica de baterías Fademi, y el Sindicato Químico y Petroquímico de Zárate sumó, a comienzos de 2025, un nuevo y grave capítulo. Luego de meses de acampe en el ingreso de la planta y coacción contra directivos, personal jerárquico y compañeros no adheridos a la medida de fuerza, dos ex empleados fueron detenidos. Los hermanos Mauricio y Cristhian Taffarel fueron sindicados y apresados como responsables del gravísimo mensaje mafioso amenazante con el propósito de lograr que los directivos/personal, abandonen su tarea en la empresa.
En el marco de la causa “Taffarel Mauricio Javier y Taffarel Cristhian Aurelo s/ Coacciones agravadas”, el juez Darío Ernesto Crespo, vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay, condenó a Mauricio Javier Taffarel como autor penalmente responsable de la comisión del delito de coacciones agravadas en perjuicio de María Sylvia De Miguel y María Laura Diaz De Miguel, y le aplicó la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
Además, le impuso las siguientes reglas de conducta: mantener el domicilio denunciado como constituido, “el cual no podrá variar sin antes dar noticia fehaciente a este Tribunal o Fiscalía interviniente; la prohibición de realizar actos perturbadores, molestos y/o agresivos a las víctimas por cualquier medio o vía, por sí o por interpósita persona, como así también la prohibición de acercamiento a una distancia inferior a los 100 metros de sus domicilios, de sus lugares de trabajo o de concurrencia habitual; la realización de trabajo comunitario gratuito en favor de la institución de bien público que los imputados designen y acepte sus servicios, debiendo acreditar 200 horas de trabajo dentro de los primeros dos años de plazo, de esta condena, lo que podrán organizar junto a la institución que en definitiva resulte a los fines de agrupar días y horarios que no entorpezcan el desarrollo de otro tipo de tareas laborales remuneradas.
Cristhian Aurelo Coronel fue condenado por el delito de coacciones agravadas a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, más las siguientes reglas de conducta: mantener el domicilio denunciado como constituido, el cual no podrá variar sin antes dar noticia fehaciente a este Tribunal o Fiscalía interviniente; la prohibición de realizar actos perturbadores, molestos y/o agresivos a las víctimas por cualquier medio o vía, por sí o por interpósita persona, como así también la prohibición de acercamiento a una distancia inferior a los 100 metros de sus domicilios, de sus lugares de trabajo o de concurrencia habitual; realización de trabajo comunitario gratuito en favor de la institución de bien público que los imputados designen y acepte sus servicios, debiendo acreditar 200 horas de trabajo dentro de los primeros dos años de plazo, de esta condena, lo que podrán organizar junto a la institución que en definitiva resulte a los fines de agrupar días y horarios que no entorpezcan el desarrollo de otro tipo de tareas laborales remuneradas.
En cambio, el magistrado rechazó la pretensión de la querella de imponerles a los condenados el pago de una indemnización a las víctimas por la suma de $ 20.000.000 en concepto de daño moral.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora

