La Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo rechazó por «inadmisible» un recurso de reposición presentado por la concesionaria del transporte urbano de pasajeros en Paraná San José SA contra la resolución del tribunal que, a finales de marzo último, había confirmado la vigencia de la medida cautelar dictada en noviembre de 2025 por el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 7 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Claudio Fabián Loguarro, que, mediante el acogimiento de una cautelar, obligó a la permisionaria a absorber 237 trabajadores de Buses Paraná.
San José había presentado un recurso de reposición, un remedio procesal que se interpone cuando se entiende que el tribunal o el juez incurrieron en un error al dictar sentencia. Al respecto, la Cámara señaló que el recurso de reposición “procederá únicamente contra las providencias simples, causen o no gravamen irreparable, a fin de que el juez o tribunal que las haya dictado las revoque por contrario imperio. Aunque entendió que “el remedio intentado (por San José SA) contra la sentencia interlocutoria dictada por este Tribunal en forma pretérita luce formalmente inadmisible”.
La discusión gira en torno a la vigencia de aquella medida cautelar que debe acatar San José y que consiste en incorporar, hasta que haya sentencia de fondo, a los 237 trabajadores que quedaron desafectados por la anterior concesionaria, Buses Paraná, que prestó el servicio en Paraná hasta el 6 de diciembre último.
El juez y la Cámara hicieron lugar a un planteo en ese sentido impulsado por la Unión Tranviarios Automotor (UTA). Pero San José se resiste a aceptar esa medida y por eso acudió con un recurso de reposición. Con el nuevo revés, dicen desde el sindicato de los choferes, sobrevendrán dos caminos: o San José acata la medida cautelar y abosrbe a los chofers, o asumirá el costo de pagar costosísimas multas, que fuentes sindicales estiman en el orden de los $20 millones diarios, más los salarios caídos desde enero a la fecha.
El eje de la discusión
El 26 de noviembre de 2025 -a días de que San José asumiera la concesión, hecho que ocurrió el domingo 7 de diciembre último- el titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 7 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Claudio Fabián Loguarro, hizo lugar a una medida cautela presentada por la UTA nacional y obligó a San José a absorber 237 trabajadores de Buses Paraná.
San José discutió esa resolución, pero la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmó la medida cautelar que obliga a Transporte San José SA a absorber transitoriamente al personal de Buses Paraná UTE (Grupo ERSA) desde el inicio de la nueva concesión en Paraná hasta que se dicte sentencia definitiva.
En forma paralela, la concesionaria planteó una cuestión de competencia y pidió que un Juzgado Laboral de Paraná intervenga en el pleito.
En diciembre la titular del Juzgado Laboral N° 4, Carmen Prevedel, rechazó intervenir en el conflicto suscitado entre la Unión Tranviarios Automotor (UTA) y la empresa San José, que este domingo asume la concesión del servicio de transporte urbano de pasajeros de Paraná.
«De inicio entonces advierto que constituye, sin dudas, un dislate pretender que un órgano jurisdiccional otorgue en forma amplia y genérica una especie de autorización o venia al peticionante para no cumplir ninguna orden judicial», planteó la jueza Prevedel en su resolución.
Pero a finales de febrero, la Sala II de la Cámara Tercera de Apelaciones del Trabajo de Paraná declaró la competencia del Juzgado Laboral N° 4, a cargo de la jueza Carmen Prevedel, en el pleito planteado en los Tribunales de la Ciudad Autónona de Buenos Aires por la conducción nacional de la Unión Tranviarios Automotor (UTA) y que en noviembre derivó en el dictado de una medida cautelar que impuso a la empresa San José SA, prestataria del servicio de transporte urbano de pasajeros en Paraná, la obligación de absorber los 237 trabajadores que habían pertenecido a la expermisionaria Buses Paraná.
De ese modo, los camaristas Guillermo Federik, María Alejandra Abud y Emilio Matorras revocaron el fallo de primera instancia de la jueza laboral Carmen Prevedel que había rechazado intevenir.
El lunes 23 de febrero, la jueza Prevedel hizo lo que la Cámara le ordenó: se abocó al tratamiento de la competencia. «Atento a lo resuelto por la Excma. Cámara del Trabajo – Sala II- en fecha 19/02/2026 y en cumplimiento de lo allí ordenado, corresponde librar oficio al Juzgado Nacional del Trabajo Nº 7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con copia de las presentes actuaciones, a fin de que el Juzgado oficiado disponga, si acepta el requerimiento de inhibitoria, el archivo de lo allí actuado o, en caso de que decida mantener su competencia, la elevación a la Corte para dirimir la contienda, implicando la suspensión del procedimiento producida a causa de la cuestión de competencia y la suspensión de los efectos de la
medida cautelar dispuesta por el Juzgado Nacional mencionado en la Resolución que dictara el 26/11/25».
Pero el juez laboral porteño Fabián Loguarro reafirmó su competencia en el conflicto. Así, dispuso que al no encontrar «mérito para apartarme de lo decidido, dispongo la
elevación de esta causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a los efectos de que sea dirimida esta cuestión».
La cuestión de competencia que definirá la Corte es sobre la causa de fondo. Desde UTA insisten en que la cautelar no perdió vigencia y que San José debe acatarla.
De la Redacción de Entre Ríos Ahoraz

