El Superior Tribunal de Justicia (STJ) hizo lugar parcialmente a la demanda de una afiliada y ordenó hoy a la Obra Social de Entre Ríos (ORES) “que en el plazo de dos días hábiles”, se le garantice “la cobertura del 70% del costo del medicamento Dienogest, a razón de 2 mg diarios, y por el período de 6 meses, conforme lo prescripto por la profesional tratante”.
La resolución fue en el marco del legajo “D.M.C. c/ Obra Social de Entre Ríos s/Acción de amparo”. La obra social propuso una cobertura del 40 % del costo de la medicación prescripta a la afiliada.
M.C.D. promovió acción de amparo contra la OSER con el fin de obtener la “cobertura total, inmediata e ininterrumpida del medicamento Dienogest 2 mg diarios, prescripto por su médica tratante”. Explicó que es una mujer de 41 años, afiliada a la obra social, que padece de endometriosis profunda, conforme surge de los estudios médicos acompañados. Señaló que es atendida por la doctora Florencia Dettler, especialista en Tocoginecología, quien constató que padece engrosamiento fibrótico del peritoneo retrocervical con adherencias hacia asas ileales (compromiso intestinal/digestivo), fondo uterino adherido al peritoneo parietal anterior, hidrosalpinx en el anexo derecho (obstrucción/dilatación de la trompa) y cambios heterogéneos a nivel del miometrio, con sospecha deadenomiosis.
En su presentación en la Justicia dijo que la OSER le comunicó que cubriría solo el 40% de la prestación, y argumentó que esa negativa le resultó “arbitraria e ilegítima, pues desconoce su cuadro clínico y compromete su derecho a la salud, a una vida digna y a la salud reproductiva”.
En primera instancia, el planteo fue rechazado por la vocal de la Cámara de Casación Penal Marcela Badano, al entender que la OSER había dado respuesta al cubrir el 40% del costo del medicamento.
La representante del Ministerio Público Fiscal Mónica Carmona emitió dictamen y consideró que debía confirmarse el fallo de primera instancia y rechazarse la apelación ante el STJ.
En su voto, la vocal Gisela Schumacher entendió que “la postura resistente de la Obra Social frente al claro diagnóstico de cronicidad de la enfermedad, no solo es una afrenta a la salud de su afiliada que tiene que preservar sino también a la consideración de una situación que coloca a la señora Dure en una desventaja solo por su condición de mujer, minusvalidada (SIC) en su cobertura médica como si fuera cualquier enfermedad ocasional, lo que resulta a todas luces un tratamiento estereotipado a la luz de las contundentes fuentes médicas que cita el dictamen del señor médico forense que dan cuenta del carácter crónico de la
enfermedad, contribuyendo -aún sin que esto implique acusar de estos comportamientos explícitos a OSER en esta causa- a perpetuar ideas de ´mala suerte´ por tener dolor menstrual intenso, o una figuración o exageración por parte de la mujer, entre otras”.
Luego, señaló que “es probable que la justicia normativa mandara a que el programa médico obligatorio otorgara cobertura al 100% a esta enfermedad. Sin embargo, no encontrándome en posición de legislar, resulta indubitable, como referencié antes, que el medicamento solicitado se encuentra dentro de aquellos que tratan enfermedades que reciben especial”. Y por eso propuso que el reconocimiento que debía otorgar OSER sea del 70%.
La posición de Schumacher fue compartida por los vocales Leonardo Portela y Claudia Mizawak.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora

