La presidenta del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná María Carolina Castagno decidió correr traslado al Ministerio Público Fiscal la decisión de los defensores del exgobernador Sergio Urribarri, el exministro de Cultura y Comunicación Pedro Báez y el cuñado de Urribarri Juan Pablo Aguilera, que resolvieron no objetar el cómputo de las penas que deberán cumplir tras las rejas, y que además renunciaron a los plazos de impugnación para acelerar la resolución del traslado a otra unidad carcelaria de sus defendidos, hoy alojados en la Unidad Penal de Paraná.
Luego de las las presentaciones formuladas por los defensores -Leopoldo Cappaz, por Urribarri; Ignacio Díaz y José Velázquez, por Báez; y Marcos Rodríguez Allende, por Aguilera-, en las que “se allanan a los cómputos confeccionados en autos, dando cuenta que no tienen objeciones ni observaciones que realizar, renunciando a los plazos de impugnación, al encontrarse aún vigente el término oportunamente dispuesto en fecha 05.09.2026, córrase vista al Ministerio Público Fiscal, a sus efectos”, dispuso Castagno.
Urribarri ya estuvo tras las rejas. Fue detenido el 19 de noviembre de 2024 por resolución de la Cámara de Casación Penal de Paraná a partir de una petición del Ministerio Público Fiscal y recuperó la libertad el 8 de enero de 2025 luego de que la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) en feria hiciera lugar a una impugnación extraordinaria. Permaneció 51 días privado de la libertad. Vuelto tras las rejas, el exgobernador estará en la cárcel hasta el 15 de julio de 2034, cuando cumpla la condena a 8 años que recibió en el Megajuicio.
En el caso de Báez, fue detenido el 22 de noviembre de 2024 y salió para cumplir arresto domiciliario en su vivienda de calle Jozami, en la zona de la Toma Vieja, medida que cumplió hasta este viernes, cuando la Justicia ordenó su alojamiento en la Unidad Penal N° 1. Cumplirá la condena que se le impuso, 6 años y 6 meses de prisión, el 22 de mayo de 2031.
El cuñado de Urribarri, Aguilera, condenado a 6 años y 6 meses de cárcel, fue detenido el 19 de noviembre de 2024 y alojado en la Unidad Penal N° 1, donde permaneció 51 días hasta que fue liberado el 8 de enero de 2025. Detenido nuevamente el 4 del actual y alojado en la cárcel de Paraná, permanecerá tras las rejas hasta el 12 de enero de 2033.
El Servicio Penitenciario de Entre Ríos pidió a Castagno que resuelva el traslado de Urribarri, Báez y Aguilera de la Unidad Penal N° 1, con sobrepoblación, a la Unidad Penal N° 9, de Gualeguaychú, pero esa decisión sólo puede adoptarla la jueza de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, Cecilia Bértora quien de momento no puede acctuar.
Sin embargo, la jueza Bértora aclaró que su juzgado todavía no tiene intervención formal en el expediente. La magistrada explicó que, como ocurre habitualmente, su participación comienza una vez que recibe la sentencia y el cómputo correspondiente a través de los canales oficiales.
“En todos los casos el juzgado de ejecución empieza a intervenir cuando llega sentencia y cómputo. Eso se hace por un sistema virtual que es la mesa virtual. También se envía por mail esta información y a partir de ahí se le da un número de ingreso, un legajo, que tiene un número distinto a lo que tuvo antes porque este es un proceso diferente”, detalló en declaraciones al programa Puro Cuento por Radio Plaza.
Bertora explicó que, antes de comenzar con la ejecución de las penas, debe verificarse el cómputo de los períodos que cada condenado permaneció en prisión preventiva.
“Una vez que hay una condena termina un proceso o una parte del proceso y continúa otra que es completamente distinta. Por eso hay un juez distinto, fiscales distintos y por eso puede haber defensores diferentes también”, señaló.
En este caso, el cómputo fue realizado durante el fin de semana y puesto en conocimiento de las partes para que puedan realizar observaciones. La jueza explicó que se debe controlar si fueron contabilizados correctamente los días de prisión preventiva de cada uno de los condenados.
Según indicó, cuando finalice ese procedimiento y el cómputo quede firme, el expediente será remitido al Juzgado de Ejecución y comenzará formalmente la etapa de cumplimiento de las penas.
La magistrada también remarcó que no puede actuar a partir de información publicada en medios de comunicación, aunque se trate de un caso de alta repercusión pública.
“La mayoría de los casos no se publican las cosas y estaría muy mal que uno actuara por publicaciones. Tengo que actuar con lo que es la información oficial, legal. No puedo ejecutar una condena por lo que dijo un periodista o un medio”, sostuvo.
Bértora aclaró además que los plazos que se están cumpliendo son los habituales y que la notoriedad de los condenados no modifica el procedimiento. “Estos son los plazos comunes”, afirmó.
Respecto de su intervención futura, explicó que también deberá definirse la representación legal de los condenados durante la etapa de ejecución de la pena.
Finalmente, fue contundente al explicar la situación actual: “Por más que quisiera no puedo intervenir y si lo hiciera sería ilegal”.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora

