Un grupo de jubilados de la Legislatura interpuso acción de inconstitucionalidad contra el Gobierno provincial “por actos emanados de la Honorable Cáamra de Senadores”, y pidió que “se declare la inconstitucionalidad del artículo 1° del decreto N° 017 del 11 de marzo de 2026 dictado por el Senado, y “cualquier otra norma que dispusiere el del incremento salarial dispuesto por dicho decreto con carácter de ´no remunerativo´ y ´no bonificable´ con expresa imposición de costas a la demandada”.

En su presentación ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo señalan que el pago de un incremento salarial “no remunerativo y no bonificable para el personal en actividad que se desempeña en la órbita del Poder Legislativo” ha afectado “el derecho al 82% móvil de su haber previsional, violentando el artículo 82 de la Constitución Provincial, además de avasallar el carácter integral e inviolable de las jubilaciones y pensiones”.

Ese decreto de la Legislatura dispuso el pago de una “suma fija extraordinaria, no remunerativa, no bonificable y no acumulativa equivalente al 15,8% de la remuneración correspondiente al mes de junio  de 2025, cuya suma no podrá ser inferior a $150.000 ni superior a $320.000 pagadero a partir del 1° de febrero de 2026 a todo el personal de planta permanente, personal superior fuera del escalafón, contratados de servicios y además funcionarios pertenecientes” al Senado.

La Fiscalía de Estado ya fue notificada de la demanda

Ese camino judicial contra los montos en negro en los salarios ya lo siguió la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), que acudió  a la Justicia para reprochar por inconstitucional el texto del decreto N° 500/2026 a través del cual el Gobierno dispuso el pago del aumento al sector docente y que los gremios rechazaron en paritaria.

La vía judicial había sido anunciada un mes atrás por el sindicato, pero recién se concretó este martes 7. El camino de la Justicia se adoptó, explicó Agmer, con el objetivo “de que se declare la inconstitucionalidad del decreto 500/26 GOB del Poder Ejecutivo Provincial en cuanto al carácter ´no remunerativo´ de las sumas que dispuso incrementar” en concepto de Fondo Provincial de Incentivo Docente (Fopid) y Conectividad, y que representaron una suma de $60 mil.

A través del decreto 500/26 -y luego de que su propuesta salarial fuera rechazada por todos los sindicatos docentes en negociaciones paritarias-, el Gobierno fijó “de manera unilateral un aumento que incluyó montos en negro, para trabajadores activos y jubilados”, planteó el sindicato.

 

 

El artículo 82° de la Constitución de Entre Ríos contiene un inciso, el d), que establece: “El salario mínimo para los obreros del Estado, el que se fijará conforme el costo de vida, no será inferior al vital y móvil. Todo incremento salarial, otorgado a partir de la presente Constitución, deberá estar sujeto a aportes y contribuciones”.

 

 


De la Redacción de Entre Ríos Ahora